Convenio para el cumplimiento de obligaciones en materia fiscal, del ejercicio presupuestal y de transparencia, que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Tenancingo, Estado de México   

Fecha de disposición09 Noviembre 2007
Fecha de publicación09 Noviembre 2007
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO para el cumplimiento de obligaciones en materia fiscal, del ejercicio presupuestal y de transparencia, que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Tenancingo, Estado de México.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

CONVENIO PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES EN MATERIA FISCAL, DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL Y DE TRANSPARENCIA, QUE CELEBRAN EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Y EL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE TENANCINGO, ESTADO DE MEXICO.

El Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por una parte, y el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Tenancingo, Estado de México, a quien en lo sucesivo se le denominará “el organismo , por la otra, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en el Decreto por el que se otorgan a las entidades federativas los estímulos fiscales que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo de 2003, y reformado mediante los artículos sexto, quinto, décimo y sexto de los decretos publicados en el citado órgano de difusión oficial el 23 de abril de 2003, el 26 de enero de 2005, el 12 de mayo y el 28 de noviembre de 2006, respectivamente, en adelante el Decreto; así como en los artículos 16 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 30 fracciones I y II, 32 y 33 de la Ley del Agua del Estado de México; Decreto número 82 fracciones I y II emitido por la H. LI Legislatura del Estado de México el 29 de abril de 1992; 2 del Reglamento de la Ley del Agua del Estado de México y en términos del Acta número Uno, de fecha 16 octubre del año 2006. Emitido por el Consejo Directivo del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Tenancingo.

CONSIDERANDO

Que en la Declaratoria a la Nación de la Convención Nacional Hacendaria dada a conocer el 17 de agosto de 2004 se reconoce, entre otros aspectos relevantes, la importancia de mejorar significativamente la transparencia y rendición de cuentas de la administración en sus diferentes órdenes de gobierno, para consolidar e incrementar la confianza de los ciudadanos sobre el manejo de los recursos públicos.

Que en ese marco, resulta necesario avanzar en el establecimiento de los mecanismos que permitan a los organismos y entidades que no forman parte de la administración pública centralizada, contar con medidas de transparencia sobre los pagos que...

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