Convenio de Coordinación en Materia de Promoción y Desarrollo Turístico que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Contraloría y Desarrollo Administrativo y de Turismo, y el Estado de Campeche

Fecha de disposición22 Febrero 2000
Fecha de publicación22 Febrero 2000
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación en Materia de Promoción y Desarrollo Turístico que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Contraloría y Desarrollo Administrativo y de Turismo, y el Estado de Campeche.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.

CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE PROMOCION Y DESARROLLO TURISTICO QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LAS SECRETARIAS DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, DE CONTRALORIA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO Y DE TURISMO, Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CAMPECHE.

El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la que en lo sucesivo se denominará la SHCP , representada por su titular licenciado José Angel Gurría Treviño; la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, a la que en lo sucesivo se denominará la SECODAM , representada por su titular licenciado Arsenio Farell Cubillas; la Secretaría de Turismo, a la que en lo sucesivo se denominará la SECTUR , representada por su titular licenciado Oscar Espinosa Villarreal; y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Campeche, al que en lo sucesivo se denominará el ESTADO , representado por el L.A. José Antonio González Curi, en su carácter de Gobernador Constitucional, y asistido por los Secretarios de Gobierno, licenciado Carlos Felipe Ortega Rubio; de Finanzas y Administración, C.P. Víctor S. Pérez Aguilar; de Turismo, C.P. Ricardo Rodríguez Dives; y por el de Contraloría, C.P. Francisco J. Fernández Pérez, y con fundamento en los siguientes artículos: 25, 26, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9o., 22, 26, 31, 37 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 al 36 de la Ley de Planeación; 1o., 2o., 4o. y 5o. de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 6o. de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas; 2o., 8o., 9o., 17, 18, 20 y 21 de la Ley Federal de Turismo; 19, 20 y 21 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999; y los artículos 1, 2, 3, 4, 23, 24, 26, 59, 71 fracciones XV inciso a) y XXXI y 73 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Campeche; y los artículos 1, 3, 4, 9, 17, 19, 20, 27 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; 19, 46 a 52 de la Ley de Planeación del Estado de Campeche; 1, 2, 3, 5 y 30 de la Ley de Control Presupuestal y Gasto Público del Estado de Campeche; 6 de la Ley de Obras Públicas del Estado; y 4 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Campeche y demás ordenamientos aplicables, el Ejecutivo Federal, por conducto de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Contraloría y Desarrollo Administrativo y de Turismo, y el Gobierno del Estado de Campeche, acuerdan celebrar el presente Convenio de Coordinación al tenor de los siguientes antecedentes y cláusulas.

ANTECEDENTES

  1. El Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 establece que se otorgará atención prioritaria a las zonas de rezagos mayores y que las mismas serán objeto de acciones diferenciadas, de acuerdo con la situación económica y social, por lo que parte medular de la estrategia del desarrollo regional consistirá en lograr una mejor asignación de los recursos de inversión públicos y privados entre las regiones.

  2. El mismo Plan Nacional en su apartado de políticas sectoriales señala que se dispondrá lo necesario para contar con una instancia de promoción a la que concurran el gobierno y el sector privado.

  3. El Programa de Desarrollo del Sector Turismo 1995-2000 establece como finalidad crear y fortalecer instrumentos y mecanismos de concertación y coordinación al interior del sector público, el sector privado y el sector social, de tal manera que toda la sociedad se involucre en los esfuerzos que realiza el Ejecutivo Federal en promoción turística, mediante aportaciones en efectivo y en especie y su participación en la toma de decisiones. Asimismo, establece como objetivo la consolidación y diversificación de la oferta turística.

  4. El Programa para un Nuevo Federalismo 1995-2000 señala que para contribuir al crecimiento económico se debe propiciar una mayor participación del sector privado en los planes de desarrollo de los estados; establecer dispositivos para que en el marco de las políticas sectoriales de descentralización, los estados ejerzan amplios márgenes de autonomía operativa, respecto de los recursos transferidos por parte de la Federación, así como proponer el rediseño e integración de los comités estatales de Planeación para el...

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