Convenio de Coordinación para promover el Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Nuevo León

Fecha de disposición03 Septiembre 2010
Fecha de publicación03 Septiembre 2010
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación para promover el Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Nuevo León. CONVENIO DE COORDINACION PARA PROMOVER EL PROGRAMA DE AUTOGESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVES DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL C. JAVIER LOZANO ALARCON, ASISTIDO POR LA C. FANNY ARELLANES CERVANTES, DELEGADA FEDERAL DEL TRABAJO EN EL ESTADO DE NUEVO LEON; A QUIENES EN ADELANTE SE LES DENOMINARA "LA SECRETARIA" Y, POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. RODRIGO MEDINA DE LA CRUZ, ASISTIDO POR LOS CC. JAVIER TREVIÑO CANTU, SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNO, Y ALVARO IBARRA HINOJOSA, SECRETARIO DEL TRABAJO; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA "EL GOBIERNO DEL ESTADO", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DELARACIONES Y CLAUSULAS: DECLARACIONES
  1. Declara "LA SECRETARIA" que: a) Es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con los artículos 2o., 26 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal a la que le corresponde, entre otras facultades, la de vigilar la observancia y la aplicación de las disposiciones contenidas en el Artículo 123 y otros de la Constitución Federal, en la Ley Federal del Trabajo y en el Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, así como de procurar el equilibrio entre los factores de la producción de conformidad con las disposiciones legales relativas, promover el incremento de la productividad del trabajo, entre otras; b) El Licenciado Javier Lozano Alarcón, Secretario del Ramo, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio, en los términos de los artículos 1, 2, 4, 5 y 6, fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; c) La Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal, por sí o a través de sus dependencias, y entidades paraestatales, podrá concertar la realización de acciones previstas en el Plan Nacional de Desarrollo y en los programas sectoriales, con los Gobiernos Estatales, las representaciones de los grupos sociales o con los particulares interesados; d) Se menciona en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en su eje rector "Economía competitiva y generadora de empleos" la necesidad de transformar la economía y competir de forma exitosa invirtiendo en valor humano e infraestructura y generando las condiciones propicias para aumentar la inversión por supuesto ampliando las oportunidades de desarrollo de los trabajadores; e) México tiene especial interés en garantizar las condiciones adecuadas para que los trabajadores desarrollen sus actividades...

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