Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Chiapas

Fecha de disposición29 Julio 2003
Fecha de publicación29 Julio 2003
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación y reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Chiapas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.

CONVENIO DE COORDINACION Y REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE DENOMINARA SECTUR , REPRESENTADA POR SU TITULAR LA LIC. BERTHA LETICIA NAVARRO OCHOA, Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL ESTADO , REPRESENTADO POR PABLO SALAZAR MENDIGUCHIA, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL Y ASISTIDO POR LA SECRETARIA DE TURISMO, KATYNA DE LA VEGA GRAJALES, Y POR LOS SECRETARIOS DE HACIENDA, JESUS EVELIO ROJAS MORALES Y DE PLANEACION, ROGER GRAJALES GONZALEZ, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LAS CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, está el de contribuir al logro de los objetivos sectoriales de turismo.

  2. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, dispone en su artículo 12 que las dependencias y entidades paraestatales que requieran suscribir convenios de resignación, deberán apegarse al convenio modelo que emitan las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública (antes de Contraloría y Desarrollo Administrativo -SECODAM-) y obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  3. Asimismo, el Decreto invocado dispone que los convenios a que se refiere el párrafo anterior los celebrará el Ejecutivo Federal, por conducto de los titulares de las dependencias que reasignen los recursos presupuestarios, o de las entidades paraestatales y de la respectiva dependencia coordinadora de sector con los gobiernos de las entidades federativas.

  4. La Dirección General de Programación y Presupuesto sectorial B de la SHCP mediante oficio número 312.A.-210005 de fecha 14 de abril de 2003, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que SECTUR reasigne recursos a EL ESTADO con cargo a su presupuesto autorizado.

    DECLARACIONES

  5. Declara la SECTUR :

    1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con las atribuciones necesarias para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que tiene entre otras facultades las de formular y conducir la política de desarrollo de la actividad turística nacional; determinar los mecanismos necesarios para la creación, conservación, mejoramiento, protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, preservando el equilibrio ecológico y social de los lugares de que se trate; así como fortalecer el patrimonio histórico y cultural de cada región del país.

    3. Que su titular tiene las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 4 y 5 fracciones XVI y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.

  6. Declara EL ESTADO :

    1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un Estado Libre y Soberano, que forma parte integrante de la Federación según los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por la Constitución Política del Estado de Chiapas y por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador del Estado, Pablo Salazar Mendiguchía, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 42 y 43 de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 1, 2 y 6 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, y demás disposiciones locales aplicables.

    3. Que de conformidad con los artículos 20, 27 fracciones II, III y IX, 29, 30 y 36 de Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, este Convenio es también suscrito por la Secretaria de Turismo, Katyna de la Vega Grajales; y por los secretarios de Hacienda, Jesús Evelio Rojas Morales, y de Planeación, Roger Grajales González.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 2, 8, 9, 17, 18, 20 y 21 de la Ley Federal de Turismo; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 12 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003; así como los artículos 42 y 43 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas y los artículos 1, 2, 6, 20, 27, 29, 30 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, y demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto reasignar recursos federales a EL ESTADO para coordinar la participación del Ejecutivo Federal y de EL ESTADO en materia de promoción y desarrollo turístico, transferir a éste responsabilidades; determinar la aportación de EL ESTADO para el ejercicio fiscal 2003; la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen EL ESTADO y el Ejecutivo Federal, y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

    Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal y las aportaciones de EL ESTADO a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán a los programas y hasta por los importes que a continuación se mencionan:

    PROGRAMAS IMPORTES

    PROMOCION $ 500,000.00

    DESARROLLO $12 450,000.00

    Los programas a que se refiere el párrafo anterior se prevén en forma detallada en el Anexo 1, el cual forma parte integrante del presente instrumento.

    Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo previsto en este Convenio, así como a los anexos que forman parte integrante del mismo.

    SEGUNDA.- REASIGNACION Y APORTACIONES.- Para la realización de las acciones objeto del presente...

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