Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco, que tiene por objeto transferir recursos presupuestales federales que permitan a la entidad la operación del Programa Caravanas de la Salud

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CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco, que tiene por objeto transferir recursos presupuestales federales que permitan a la entidad la operación del Programa Caravanas de la Salud. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS, NÚMERO DGPLADES-CARAVANAS-CETR-JAL-01/10, SUSCRITO EL DÍA 28 DE ENERO DE 2010, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DRA. MAKI ESTHER ORTIZ DOMÍNGUEZ, SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDA POR EL DR. FRANCISCO JOSÉ BAÑUELOS TÉLLEZ, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL MTRO. JOSÉ LUIS DE ALBA GONZÁLEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y EL DR. ALFONSO PETERSEN FARAH, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD DEL ESTADO Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO "SERVICIOS DE SALUD JALISCO", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Que el Gobierno Federal estableció como uno de sus programas prioritarios a impulsar en el año 2010 el de "Caravanas de la Salud" que tiene por objeto acercar la oferta de la red de servicios de salud con criterios de calidad, anticipación, integralidad y resolutividad, mediante equipos itinerantes de salud a la población que habita en microrregiones con bajo índice de desarrollo humano que carecen de atención médica oportuna debido a su ubicación geográfica, dispersión y/o condiciones de acceso, en las cuales resulta muy complejo y en algunos casos imposible el establecimiento en el corto plazo de unidades médicas fijas.

  2. Con fecha 29 de febrero de 2008, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD", para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.

  3. Que en fecha 28 de enero de 2010, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" suscribieron el Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos número DGPLADES-CARAVANAS-CETR-JAL-01/10, por un monto de $8'322,684.44 (ocho millones trescientos veintidós mil seiscientos ochenta y cuatro pesos 44/100 M.N.), en lo sucesivo "EL CONVENIO", con el objeto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en los términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permita a "LA ENTIDAD" realizar gastos de la operación de Quince (15) Unidades Móviles, así como del aseguramiento de 52 Unidades Móviles del Programa de Caravanas de la Salud en el Estado de Jalisco, de conformidad con "EL CONVENIO" y sus Anexos 1, 2A, 2B, 3A, 3B, 4, 5, 6, 7, 8A, 8B, 9 y 10, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos, los compromisos que sobre el particular asumen LA ENTIDAD" y el Ejecutivo Federal, y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

  4. Que en la Cláusula Cuarta de "EL CONVENIO" se dispuso que: Los recursos presupuestarios federales que transfiere el Ejecutivo Federal a que alude la Cláusula Segunda del Instrumento, se destinarán en forma exclusiva a los gastos de operación de Quince (15) Unidades Móviles, así como del aseguramiento de 52 Unidades Móviles del Programa de Caravanas de la Salud.

  5. Que en la Cláusula Décima del "CONVENIO" las partes acordaron que el "CONVENIO" podría modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD" dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.

  6. En la Cláusula Novena Vigencia se estableció que "EL CONVENIO" comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el cumplimiento de su objeto, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial de "LA ENTIDAD" dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.

  7. Acorde a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Caravanas de la Salud, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de diciembre de 2009, vigentes así como en atención a la solicitud emitida por el Secretario de Salud en el Estado de Jalisco, mediante oficios 7061y 4547, y con la finalidad de atender las necesidades actuales para la operación del Programa Caravanas de la Salud en la entidad federativa, es indispensable hacer modificaciones a "EL CONVENIO" en cuanto al intercambio de una ruta, con la finalidad de cumplir con las metas programadas, para lo cual resulta necesario modificar el Anexo 6 de "EL CONVENIO" a efecto de dar continuidad a su ejecución y alcanzar los objetivos establecidos en el mismo, buscando que éstos se lleven conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

    DECLARACIONES

    De "LAS PARTES":

  8. Que reconocen su personalidad jurídica con la que intervienen en el presente Instrumento.

  9. Que de conformidad con lo establecido en el transitorio tercero del Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 11 de marzo de 2010, las referencias que se hacen en otros documentos a la Subsecretaría de Innovación y Calidad se entenderán hechas a la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud.

  10. Que es su voluntad el suscribir el presente convenio modificatorio en los términos que se planean.

    Una vez expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en suscribir el presente instrumento al tenor de las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- Se modifica de "EL CONVENIO" el Anexo 6, para quedar como a continuación se describe:

    SECRETARÍA DE SALUD
    SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD
    DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD
    COORDINACIÓN NACIONAL DEL PROGRAMA CARAVANAS DE LA SALUD
    ANEXO 6
    PROGRAMA DE CARAVANAS DE LA SALUD 2010
    ACCIONES A REALIZAR EN EL ESTADO DE: JALISCO
    No. de unidades Beneficiadas: 7 UMM Tipo 0, 3 UMM Tipo I, 3 UMM Tipo II y 2 UMM Tipo III

    Tipo de UMM y
    año
    Municipio
    Localidades en ruta
    Población
    Beneficiada
    Personal
    Jornada de la
    Unidad Móvil
    Clve.
    Nombre
    Clve.
    Nombre Localidad
    TIPO I 2007
    015
    AUTLÁN DE NAVARRO
    0003
    AGUA HEDIONDA
    311
    MÉDICO ENFERMERA PROMOTOR
    8:00 - 16:00 HRS.
    TIPO I 2007
    015
    AUTLÁN DE NAVARRO
    0009
    AYUTITA
    335
    TIPO I 2007
    015
    AUTLÁN DE NAVARRO
    0011
    BELLA VISTA
    268
    TIPO I 2007
    015
    AUTLÁN DE NAVARRO
    0023
    YERBABUENA
    269
    TIPO I 2007
    015
    AUTLÁN DE NAVARRO
    0025
    EL CHACALITO
    387
    TIPO I 2007
    015
    AUTLÁN DE NAVARRO
    0055
    MEZQUITÁN
    824
    TIPO I 2007
    015
    AUTLÁN DE NAVARRO
    0060
    LA NORIA
    151
    TIPO I 2007
    015
    AUTLÁN DE NAVARRO
    0075
    RINCÓN DE LUISA
    377
    TIPO I 2007
    015
    AUTLÁN DE NAVARRO
    0077
    EL RODEO
    227
    TIPO I 2007
    015
    AUTLÁN DE NAVARRO
    0081
    TECOMATLÁN
    164
    1

    1

    10
    3,313
    3
    -
    TIPO I 2007
    019
    BOLAÑOS
    0013
    Barranca del Tule
    100
    MÉDICO ENFERMERA PROMOTOR
    8:00 - 16:00 HRS.
    TIPO I 2007
    019
    BOLAÑOS
    0028
    La Ciénega
    70
    TIPO I 2007
    019
    BOLAÑOS
    0092
    El Refugio
    18
    TIPO I 2007
    019
    BOLAÑOS
    0102
    Tepec
    593
    TIPO I 2007
    019
    BOLAÑOS
    0152
    Aguamilpa de Arriba
    27
    TIPO I 2007
    019
    BOLAÑOS
    0153
    La Berenjena
    11
    TIPO I 2007
    019
    BOLAÑOS
    0221
    Bajío del Tule
    55
    TIPO I 2007
    019
    BOLAÑOS
    0224
    El Crucero
    7
    TIPO I 2007
    019
    BOLAÑOS
    0268
    Zapotito
    11
    1

    1

    9
    892
    3
    -

    TIPO II 2007
    027
    CUAUTITLÁN
    0034
    CHARCO AZUL
    207
    MÉDICO ENFERMERA PROMOTOR
    ODONTÓLOGO
    8:00 - 16:00 HRS.
    TIPO II 2007
    027
    CUAUTITLÁN
    0040
    LOS ESPINOS
    63
    TIPO II 2007
    027
    CUAUTITLÁN
    0044
    LA GUADALUPE
    80
    TIPO II 2007
    027
    CUAUTITLÁN
    0056
    LAGUNILLAS DE MACO
    319

    TIPO II 2007
    027
    CUAUTITLÁN
    0068
    LA NANCE
    171
    TIPO II 2007
    027
    CUAUTITLÁN
    0095
    EL REFUGIO (TEPEHUAJE)
    171
    TIPO II...

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