Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco, que tiene por objeto transferir recursos presupuestales federales que permitan a la entidad la operación del Programa Caravanas de la Salud
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Salud |
CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco, que tiene por objeto transferir recursos presupuestales federales que permitan a la entidad la operación del Programa Caravanas de la Salud. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS, NÚMERO DGPLADES-CARAVANAS-CETR-JAL-01/10, SUSCRITO EL DÍA 28 DE ENERO DE 2010, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DRA. MAKI ESTHER ORTIZ DOMÍNGUEZ, SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDA POR EL DR. FRANCISCO JOSÉ BAÑUELOS TÉLLEZ, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL MTRO. JOSÉ LUIS DE ALBA GONZÁLEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y EL DR. ALFONSO PETERSEN FARAH, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD DEL ESTADO Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO "SERVICIOS DE SALUD JALISCO", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
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Que el Gobierno Federal estableció como uno de sus programas prioritarios a impulsar en el año 2010 el de "Caravanas de la Salud" que tiene por objeto acercar la oferta de la red de servicios de salud con criterios de calidad, anticipación, integralidad y resolutividad, mediante equipos itinerantes de salud a la población que habita en microrregiones con bajo índice de desarrollo humano que carecen de atención médica oportuna debido a su ubicación geográfica, dispersión y/o condiciones de acceso, en las cuales resulta muy complejo y en algunos casos imposible el establecimiento en el corto plazo de unidades médicas fijas.
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Con fecha 29 de febrero de 2008, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD", para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.
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Que en fecha 28 de enero de 2010, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" suscribieron el Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos número DGPLADES-CARAVANAS-CETR-JAL-01/10, por un monto de $8'322,684.44 (ocho millones trescientos veintidós mil seiscientos ochenta y cuatro pesos 44/100 M.N.), en lo sucesivo "EL CONVENIO", con el objeto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en los términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permita a "LA ENTIDAD" realizar gastos de la operación de Quince (15) Unidades Móviles, así como del aseguramiento de 52 Unidades Móviles del Programa de Caravanas de la Salud en el Estado de Jalisco, de conformidad con "EL CONVENIO" y sus Anexos 1, 2A, 2B, 3A, 3B, 4, 5, 6, 7, 8A, 8B, 9 y 10, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos, los compromisos que sobre el particular asumen LA ENTIDAD" y el Ejecutivo Federal, y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
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Que en la Cláusula Cuarta de "EL CONVENIO" se dispuso que: Los recursos presupuestarios federales que transfiere el Ejecutivo Federal a que alude la Cláusula Segunda del Instrumento, se destinarán en forma exclusiva a los gastos de operación de Quince (15) Unidades Móviles, así como del aseguramiento de 52 Unidades Móviles del Programa de Caravanas de la Salud.
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Que en la Cláusula Décima del "CONVENIO" las partes acordaron que el "CONVENIO" podría modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD" dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.
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En la Cláusula Novena Vigencia se estableció que "EL CONVENIO" comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el cumplimiento de su objeto, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial de "LA ENTIDAD" dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.
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Acorde a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Caravanas de la Salud, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de diciembre de 2009, vigentes así como en atención a la solicitud emitida por el Secretario de Salud en el Estado de Jalisco, mediante oficios 7061y 4547, y con la finalidad de atender las necesidades actuales para la operación del Programa Caravanas de la Salud en la entidad federativa, es indispensable hacer modificaciones a "EL CONVENIO" en cuanto al intercambio de una ruta, con la finalidad de cumplir con las metas programadas, para lo cual resulta necesario modificar el Anexo 6 de "EL CONVENIO" a efecto de dar continuidad a su ejecución y alcanzar los objetivos establecidos en el mismo, buscando que éstos se lleven conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
DECLARACIONES
De "LAS PARTES":
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Que reconocen su personalidad jurídica con la que intervienen en el presente Instrumento.
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Que de conformidad con lo establecido en el transitorio tercero del Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 11 de marzo de 2010, las referencias que se hacen en otros documentos a la Subsecretaría de Innovación y Calidad se entenderán hechas a la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud.
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Que es su voluntad el suscribir el presente convenio modificatorio en los términos que se planean.
Una vez expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en suscribir el presente instrumento al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Se modifica de "EL CONVENIO" el Anexo 6, para quedar como a continuación se describe:
SECRETARÍA DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD
COORDINACIÓN NACIONAL DEL PROGRAMA CARAVANAS DE LA SALUD
ANEXO 6
PROGRAMA DE CARAVANAS DE LA SALUD 2010
ACCIONES A REALIZAR EN EL ESTADO DE: JALISCO
No. de unidades Beneficiadas: 7 UMM Tipo 0, 3 UMM Tipo I, 3 UMM Tipo II y 2 UMM Tipo IIITipo de UMM y
año
Municipio
Localidades en ruta
Población
Beneficiada
Personal
Jornada de la
Unidad Móvil
Clve.
Nombre
Clve.
Nombre Localidad
TIPO I 2007015AUTLÁN DE NAVARRO0003AGUA HEDIONDA311
MÉDICO ENFERMERA PROMOTOR
8:00 - 16:00 HRS.
TIPO I 2007015AUTLÁN DE NAVARRO0009AYUTITA335
TIPO I 2007015AUTLÁN DE NAVARRO0011BELLA VISTA268
TIPO I 2007015AUTLÁN DE NAVARRO0023YERBABUENA269
TIPO I 2007015AUTLÁN DE NAVARRO0025EL CHACALITO387
TIPO I 2007015AUTLÁN DE NAVARRO0055MEZQUITÁN824
TIPO I 2007015AUTLÁN DE NAVARRO0060LA NORIA151
TIPO I 2007015AUTLÁN DE NAVARRO0075RINCÓN DE LUISA377
TIPO I 2007015AUTLÁN DE NAVARRO0077EL RODEO227
TIPO I 2007015AUTLÁN DE NAVARRO0081TECOMATLÁN164
1
1
10
3,313
3
-
TIPO I 2007019BOLAÑOS0013Barranca del Tule100
MÉDICO ENFERMERA PROMOTOR
8:00 - 16:00 HRS.
TIPO I 2007019BOLAÑOS0028La Ciénega70
TIPO I 2007019BOLAÑOS0092El Refugio18
TIPO I 2007019BOLAÑOS0102Tepec593
TIPO I 2007019BOLAÑOS0152Aguamilpa de Arriba27
TIPO I 2007019BOLAÑOS0153La Berenjena11
TIPO I 2007019BOLAÑOS0221Bajío del Tule55
TIPO I 2007019BOLAÑOS0224El Crucero7
TIPO I 2007019BOLAÑOS0268Zapotito11
1
1
9
892
3
-
TIPO II 2007027CUAUTITLÁN0034CHARCO AZUL207
MÉDICO ENFERMERA PROMOTOR
ODONTÓLOGO
8:00 - 16:00 HRS.
TIPO II 2007027CUAUTITLÁN0040LOS ESPINOS63
TIPO II 2007027CUAUTITLÁN0044LA GUADALUPE80
TIPO II 2007027CUAUTITLÁN0056LAGUNILLAS DE MACO319
TIPO II 2007027CUAUTITLÁN0068LA NANCE171
TIPO II 2007027CUAUTITLÁN0095EL REFUGIO (TEPEHUAJE)171
TIPO II...
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