Convenio de Coordinación por el que se crea la Comisión Ambiental de la Megalópolis, que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Gobierno del Distrito Federal y los estados de Hidalgo, México, Morelos, Puebla y Tlaxcala

Fecha de disposición03 Octubre 2013
Fecha de publicación03 Octubre 2013
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. CONVENIO DE COORDINACIÓN POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN AMBIENTAL DE LA MEGALÓPOLIS, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL ING. JUAN JOSÉ GUERRA ABUD, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL, ING. RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, EN ADELANTE "LA SEMARNAT"; EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADO POR SU JEFE DE GOBIERNO, EL DR. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, M. EN C. TANYA MÜLLER GARCÍA, EN ADELANTE "EL DISTRITO FEDERAL"; EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL LIC. JOSÉ FRANCISCO OLVERA RUIZ, CON LA PARTICIPACIÓN DEL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, LIC. HONORATO RODRÍGUEZ MURILLO, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO DE HIDALGO"; EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, CON LA PARTICIPACIÓN DEL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, M. EN C. EFRÉN TIBURCIO ROJAS DÁVILA, Y DEL SECRETARIO DEL MEDIO AMBIENTE, M. EN D. CRUZ JUVENAL ROA SÁNCHEZ, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO DE MÉXICO"; EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU, CON LA PARTICIPACIÓN DEL SECRETARIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE, M. EN C. EINAR TOPILTZIN CONTRERAS MACBEATH, EN ADELANTE "EL ESTADO DE MORELOS"; EL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL DR. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, CON LA PARTICIPACIÓN DEL SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL, SUSTENTABILIDAD Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DR. JULIO CÉSAR LORENZINI RANGEL, EN ADELANTE "EL ESTADO DE PUEBLA"; Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE TLAXCALA, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL LIC. MARIANO GONZÁLEZ ZARUR, CON LA PARTICIPACIÓN DEL COORDINADOR GENERAL DE ECOLOGÍA, ING. NÉSTOR MONTAÑEZ SAUCEDO, EN ADELANTE "EL ESTADO DE TLAXCALA", QUIENES ACTUANDO EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El 22 de agosto de 1996, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformó, entre otros, el artículo 122 Constitucional, en cuyo apartado G se estableció que para la eficaz coordinación de las distintas jurisdicciones locales y municipales entre sí y de éstas con la Federación y el Distrito Federal, en la planeación y ejecución de acciones en las zonas conurbadas limítrofes con el Distrito Federal, de acuerdo con el artículo 115, fracción VI, de la propia Constitución, en materias de asentamientos humanos; protección al ambiente, preservación y restauración del equilibrio ecológico; transporte, agua potable y drenaje; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos y seguridad pública, sus respectivos gobiernos podrán suscribir convenios para la creación de comisiones metropolitanas en las que concurran y participen con apego a sus leyes.

  2. Con fecha 13 de septiembre de 1996, se suscribió el Convenio de Coordinación por el que se crea la Comisión Ambiental Metropolitana, como órgano de coordinación para la planeación y ejecución de acciones en la zona conurbada limítrofe con el Distrito Federal relacionadas con la protección al ambiente, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, en la Zona Metropolitana del Valle de México.

  3. En virtud de las necesidades actuales de atención coordinada entre los gobiernos federal, estatales y del Distrito Federal, así como la trascendencia de enfrentar la problemática de la calidad del aire y otros temas ambientales en la zona centro de México, es necesario incorporar a las entidades que intervienen en la generación de contaminación en la región y privilegiar la imparcialidad en la conducción de la política ambiental, por lo que resulta necesaria la creación de la Comisión Ambiental de la Megalópolis, que incorpore a las entidades citadas, bajo una visión de megalópolis.

DECLARACIONES

  1. DE "LA SEMARNAT":

    1.1 Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal, integrante de la Administración Pública Federal, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 2o.,

    fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    1.2 Que de conformidad con lo establecido en las fracciones I, II, V, X, XVII y XXII del artículo 32 Bis de la referida Ley Orgánica, le corresponden, entre otros asuntos, el formular y conducir la política nacional en materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra dependencia; vigilar y estimular en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales el cumplimiento de las leyes, normas oficiales mexicanas y programas de su competencia; promover la participación social en la formulación, aplicación y vigilancia de la política ambiental y concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración del ambiente; así como coordinar, concertar y ejecutar proyectos de formación, capacitación y actualización para mejorar la capacidad de gestión ambiental y el uso sustentable de recursos naturales.

    1.3 Que de conformidad a lo establecido en los artículos 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, su Titular, el C. Ing. Juan José Guerra Abud, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación.

    1.4 Que le asiste en la firma del presente Instrumento Jurídico, el Ing. Rafael Pacchiano Alamán, Subsecretario de Gestión para la Protección Ambiental, quien de conformidad con lo previsto en los artículos 6, fracción XVII, y 9, fracciones IV y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio, así como para dar seguimiento al cumplimiento del mismo.

    1.5 Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Coordinación, señala como su domicilio oficial el ubicado en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines número 4209, Colonia Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Delegación Tlalpan, México, Distrito Federal.

  2. DE "EL DISTRITO FEDERAL":

    2.1 Que el Distrito Federal es una Entidad Federativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con lo previsto en los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 2 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y, 1 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

    2.2 Que el Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, en su carácter de Jefe de Gobierno del Distrito Federal, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122, párrafos primero, segundo y cuarto, y el Apartado C, Base Segunda de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, fracción II, 52 y 67, fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 5, 12 y 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6, fracción I, 8, fracciones VI y VII de la Ley Ambiental del Distrito Federal; y, 14 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

    2.3 Que la Secretaría del Medio Ambiente es una Dependencia integrante de la Administración Pública Centralizada del Gobierno del Distrito Federal, a quien corresponde la formulación, ejecución y evaluación de la política del Distrito Federal en materia ambiental y de recursos naturales, en términos de los artículos 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2 y 15, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y, 7, fracción IV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y que la M. en C. Tanya Müller García fue nombrada Secretaria del Medio Ambiente por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, el 5 de diciembre de 2012, encontrándose plenamente facultada para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, fracción IV, y 26, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6, fracción II, 7 y 9, fracción XXIII de la Ley Ambiental del Distrito Federal; y, 26, fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

    2.4 Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Coordinación señala como su domicilio, el ubicado en Plaza de la Constitución número 2, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06068, México, Distrito Federal.

  3. DE "EL...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR