Convenio para el otorgamiento de un subsidio para el fortalecimiento del sistema penitenciario, que celebran la Secretaría de Seguridad Pública y el Estado de Nuevo León

Fecha de disposición13 Octubre 2011
Fecha de publicación13 Octubre 2011
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO para el otorgamiento de un subsidio para el fortalecimiento del sistema penitenciario, que celebran la Secretaría de Seguridad Pública y el Estado de Nuevo León. CONVENIO PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA PENITENCIARIO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL INGENIERO GENARO GARCIA LUNA, ASISTIDO POR EL OFICIAL MAYOR DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, EL LICENCIADO SERGIO MONTAÑO FERNANDEZ; CON LA PARTICIPACION DEL MAESTRO JOSE PATRICIO PATIÑO ARIAS, SUBSECRETARIO DEL SISTEMA PENITENCIARIO FEDERAL DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, EN ADELANTE "LA SUBSECRETARIA"; POR EL ORGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO PREVENCION Y READAPTACION SOCIAL, EN ADELANTE "OADPRS", EL DOCTOR Y GENERAL EDUARDO ENRIQUE GOMEZ GARCIA, COMISIONADO DEL ORGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO PREVENCION Y READAPTACION SOCIAL; POR OTRA PARTE EL ESTADO DE NUEVO LEON, EN LO SUCESIVO DENOMINADO "LA ENTIDAD FEDERATIVA" REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, RODRIGO MEDINA DE LA CRUZ, CON LA ASISTENCIA DE LOS CC. SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, JAVIER TREVIÑO CANTU; SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO, ALFREDO GERARDO GARZA DE LA GARZA; SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA, LUIS CARLOS TREVIÑO BERCHELMANN; SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS, LOMBARDO VICTORIANO GUAJARDO GUAJARDO, Y CONTRALOR GENERAL DE LA CONTRALORIA Y TRANSPARENCIA GUBERNAMENTAL, JORGE MANJARREZ RIVERA, EL CUAL SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES
  1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 21, párrafo sexto, que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en las respectivas competencias que la misma señala. II. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2007, establece los cinco ejes de la política sobre los que se articula dicho Plan, entre los que se encuentra el de "Estado de Derecho y Seguridad" cuyo objetivo 6, "Fortalecer el sistema penitenciario para garantizar que se haga respetar la ley y se apoye la readaptación social de manera eficaz" establece que la ley y las instituciones no pueden quedar rebasadas por el fenómeno delictivo. Es deber del Gobierno Federal actuar eficazmente y sin titubeos para brindar la seguridad que demandan los mexicanos. III. De conformidad con los artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autoriza la ministración de los subsidios que con cargo a los presupuestos de las dependencias se otorguen los cuales deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad, oportunidad y temporalidad. IV. Por su parte, el Plan Estatal de Desarrollo Nuevo León 2010-2015 establece, como una de sus Estrategias la Seguridad Integral y dentro de sus Objetivos y Líneas de Acción en su punto 8.3.8, la Modernización del Sistema Penitenciario, el realizar una transformación a fondo del sistema penitenciario para que los centros de readaptación social cumplan adecuadamente sus propósitos, así como reforzar la vigilancia de los centros de internamiento y mejorar la infraestructura de los centros de internamiento. V. "LA SECRETARIA" cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos de otorgamiento de los subsidios materia del presente convenio. VI. Los recursos otorgados a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" por medio del presente instrumento, tienen como objetivo el fortalecimiento del sistema penitenciario. DECLARACIONES

  2. De "LA SECRETARIA" 1. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 26 y 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal a la cual le corresponde, entre otras funciones, desarrollar las políticas de seguridad y proponer la política criminal en el ámbito federal que comprenda las normas, instrumentos y acciones para prevenir de manera eficaz la comisión de delitos. 2. Que el C. Ingeniero Genaro García Luna fue designado Secretario de Seguridad Pública, mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2006, expedido por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. 3. Que el Secretario de Seguridad Pública está facultado para suscribir el presente instrumento, conforme a los artículos 30 bis, fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 7 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública. 4. Que el Oficial Mayor de acuerdo con el artículo 14, fracciones XIV y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública cuenta con facultades para suscribir el presente convenio. 5. Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 12, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, corresponde a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario Federal proponer políticas, estrategias y programas que garanticen el adecuado funcionamiento del sistema penitenciario. 6. Que el Mtro. José Patricio Patiño Arias, fue designado Subsecretario del Sistema Penitenciario Federal mediante nombramiento expedido por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos de fecha 1 de marzo de 2008. 7. Que conforme al acuerdo 04/2010 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Seguridad Pública, el "OADPRS" está adscrito a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario Federal. 8. Que "OADPRS" es un órgano desconcentrado de "LA SECRETARIA", con autonomía técnica y operativa, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 3, fracción XXIX, inciso c); 39, fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, y 1 del Reglamento del Organo Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social. 9. Que el Dr. y Gral. Eduardo Enrique Gómez García, fue nombrado Comisionado de Prevención y Readaptación Social de "LA SECRETARIA", por el C. Secretario de Seguridad Pública con fecha 1 de diciembre de 2008 y cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente convenio, en términos del artículo 8, fracción VII del Reglamento del Organo Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social. 10. Que el subsidio que se...

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