Convenio Modificatorio al Convenio de Colaboración que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, la Coordinación Estatal para la Atención de los Pueblos Indígenas y el Municipio de Tampacán, San Luis Potosí, para coordinar acciones y recursos para la ejecución del Programa Organización Productiva para Mujeres ...

EmisorComisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Colaboración que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, la Coordinación Estatal para la Atención de los Pueblos Indígenas y el Municipio de Tampacán, San Luis Potosí, para coordinar acciones y recursos para la ejecución del Programa Organización Productiva para Mujeres Indígenas.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COLABORACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, EN LO SUCESIVO LA COMISION, REPRESENTADA POR EL C. MTRO. FRANCISCO JAVIER NORIEGA ARJONA DELEGADO EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, LA COORDINACION ESTATAL PARA LA ATENCION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, EN ADELANTE LA CEAPI REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA ANTROPOLOGA CECILIA E. MEADE MENDIZABAL, Y EL MUNICIPIO DE TAMPACAN, SAN LUIS POTOSI, EN LO SUCESIVO LA EJECUTORA REPRESENTADO POR EL C. PRESIDENTE MUNICIPAL PROFR. JAVIER ENRIQUE BUTRON RODRIGUEZ, POR LA C. ROSA CARMINA ROJAS SILVA EN SU CARACTER DE SINDICO MUNICIPAL E ING. RICARDO MARTIN MUÑOZ PIÑA EN SU CARACTER DE SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, MISMAS QUE CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA LAS PARTES, QUIENES COORDINARAN ACCIONES Y RECURSOS PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA ORGANIZACION PRODUCTIVA PARA MUJERES INDIGENAS, EN ADELANTE EL PROGRAMA, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

I. El Programa Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas 2001-2006 señala que uno de los grandes retos para el desarrollo de los pueblos indígenas es articular el crecimiento económico con el desarrollo social y que los recursos destinados a promover el desarrollo integral de los pueblos indígenas, asignados al Poder Ejecutivo Federal, a los Gobiernos Estatales y a los Municipios, sean distribuidos y ejercidos con un criterio más amplio al de costo beneficio que ha incidido en la falta de atención a las necesidades y demandas de la población indígena.

II. Que con fecha 28 de mayo de 2004 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Modificaciones a las Reglas de Operación del Programa Organización Productiva para Mujeres Indígenas.

III. Las Reglas de Operación de EL PROGRAMA precisan que las instancias ejecutoras podrán ser diversas dependencias y organismos federales, los gobiernos de los estados y municipios, con apego al perfil estipulado y con base en los factores y requisitos plasmados en dichas reglas de operación.

IV. Con fecha 20 de marzo...

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