Convenio de transferencia de recursos para la ejecución de subsidio, que celebran la Secretaría de Seguridad Pública y el Estado de Chiapas

Fecha de disposición24 Enero 2007
Fecha de publicación24 Enero 2007
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de transferencia de recursos para la ejecución de subsidio, que celebran la Secretaría de Seguridad Pública y el Estado de Chiapas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Seguridad Pública.- Sistema Nacional de Seguridad Pública.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LA EJECUCION DE SUBSIDIO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, A LA QUE EN ADELANTE SE DENOMINARA LA SECRETARIA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LIC. EDUARDO MEDINA MORA ICAZA, ASISTIDO POR EL LIC. RAFAEL IBARRA CONSEJO, OFICIAL MAYOR EN LA SECRETARIA, Y POR EL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA, AL QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA EL SECRETARIADO REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. MIGUEL ANGEL YUNES LINARES, A SU VEZ ASISTIDO POR EL C. JESUS VILLALOBOS LOPEZ, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, Y EL C. ELIAS SAAD GANEM, DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD PUBLICA, DE EL SECRETARIADO, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA, REPRESENTADA POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, EL C. PABLO SALAZAR MENDIGUCHIA, EN SU CARACTER DE TITULAR DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL, Y ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. ROGER GRAJALES GONZALEZ, POR EL SECRETARIO DE PLANEACION Y FINANZAS, EL C. JESUS EVELIO ROJAS MORALES, POR EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA, EL C. HORACIO SCHROEDER BEJARANO, POR EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO, EL C. CARLOS MARTINEZ MARTINEZ Y EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PUBLICA, EL C. JOSE MA. MORALES MEDINA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LAS CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 21, párrafo sexto que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en las respectivas competencias que la misma señala.

II. El Plan Nacional de Desarrollo 2000-2006, define entre sus estrategias en materia de seguridad pública, la de reestructurar íntegramente el Sistema Penitenciario, reformar los ordenamientos jurídicos que permitan su renovación, cambiar la concepción de los centros de reclusión para convertirlos en centros de trabajo, educación y deporte, combatir la corrupción en todas sus formas y mejorar las instalaciones.

III. De conformidad con los artículos 2 fracción XLIII, 51, 52, fracción IX, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006, 2 fracción LIII y 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las dependencias podrán otorgar subsidios a los gobiernos de las entidades federativas, sujetándose a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad, oportunidad y temporalidad.

IV. “LA SECRETARIA cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos de transferencia de recursos materia del presente Convenio.

V. “LA ENTIDAD FEDERATIVA tiene como objetivo rehabilitar la infraestructura y/o equipamiento penitenciario, mejorando e incrementando adecuadamente la capacidad instalada en los espacios del Sistema Penitenciario Estatal.

DECLARACIONES

I. Declara LA SECRETARIA:

  1. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal centralizada, según lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 30 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

  2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde desarrollar las políticas de seguridad y proponer la política criminal en el ámbito federal, que comprenda las normas, instrumentos y acciones para prevenir de manera eficaz la comisión de delitos.

  3. Que su Titular tiene las facultades suficientes y necesarias que le permitan suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 30 bis fracción XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y en el artículo 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2005.

    II. Declara EL SECRETARIADO:

  4. Que es un Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública con autonomía técnica y operativa, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o., fracción XXII inciso a), y 29 fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, y 1o. del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

  5. Que el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, fue designado por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, con fecha 30 de enero de 2006, en términos del artículo 14, de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y de conformidad con lo establecido en los artículos 29 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública y 8o. del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

  6. Que el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se encuentra facultado para suscribir este Convenio de conformidad con el artículo 17 fracción XI, de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y el artículo 9 fracción III, del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 2002.

  7. Que de conformidad con los artículos 5 fracciones IV, VIl y VIII, 11 fracción XVI, 14 fracciones I, VI, X, 17 fracciones IX, y 18 fracción I del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, este Convenio es también suscrito por la Directora General de la Academia Nacional de Seguridad Pública, el Director General de Infraestructura y Equipamiento de Seguridad Pública y el Director General de Administración y Finanzas de "EL SECRETARIADO".

    III. Declara LA ENTIDAD FEDERATIVA:

    1. Que en términos de los artículos 40, 43, y 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un Estado Libre y Soberano, que forma parte integrante de la Federación, según los principios de la Ley Fundamental. El Ejecutivo del Estado, es un Organo de Poder Público, que conforma y constituye el Gobierno del Estado de Chiapas, tal como se establece en los artículos, 2 y 14, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas.

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio el Gobernador de “LA ENTIDAD FEDERATIVA, en su carácter de Titular del Poder Ejecutivo, el cual está facultado para suscribirlo de conformidad con las atribuciones señaladas en los artículos 33, 42, 43 y 44 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; y 5 y 6, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal.

    3. Asimismo, los servidores públicos que suscriben el presente Convenio se encuentran facultados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, así como por los artículos 27, 28, 29, 41 fracción XX, 42 fracciones XVII y XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.

    4. Que el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública está facultado para participar en el presente Convenio, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 , 4, fracciones I, VIII y XIII, 5 y 8, fracciones I, III, XIV, XVIII y XIX, del Decreto de Creación del Consejo Estatal de Seguridad Pública, publicado en el Periódico Oficial número 094, de fecha 29 de mayo de 1996, y el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26, y 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; así como en los artículos 33, 42, 43 y 44 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; y los artículos 5, 6, 27, 28, 29, 41 fracción XX, 42 fracciones XVII y XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, y demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y sus anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos federales a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" para la ejecución de subsidio.

    La entrega de los recursos federales tiene por objeto aplicarlos al PROGRAMA EMERGENTE DE CENTROS PENITENCIARIOS, de conformidad con el presente instrumento jurídico y sus anexos.

    Para tales efectos, se coordinará con "LA SECRETARIA", para la aplicación que se dará a los recursos; los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD FEDERATIVA" y "LA SECRETARIA" y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

    Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo previsto en este instrumento, y a los anexos que forman parte integrante del mismo.

    SEGUNDA.- TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, "LA SECRETARIA" transferirá a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" recursos federales hasta por la cantidad de $9600,000.00 (nueve millones seiscientos mil pesos moneda nacional, 00/100) del Ramo 36 con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR