Convenio Hábitat de Coordinación Vertiente General, que tiene por objeto sentar las bases de la operación y ejecución de proyectos y acciones en el marco del Programa Hábitat, que celebran la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Oaxaca y el Municipio de Santa Lucía del Camino de dicha entidad federativa

Fecha de disposición17 Diciembre 2004
Fecha de publicación17 Diciembre 2004
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO Hábitat de Coordinación Vertiente General, que tiene por objeto sentar las bases de la operación y ejecución de proyectos y acciones en el marco del Programa Hábitat, que celebran la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Oaxaca y el Municipio de Santa Lucía del Camino de dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

CONVENIO HABITAT DE COORDINACION VERTIENTE GENERAL, QUE TIENE POR OBJETO SENTAR LAS BASES DE LA OPERACION Y EJECUCION DE PROYECTOS Y ACCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA HABITAT QUE CELEBRAN LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, REPRESENTADA POR EL DELEGADO EN EL ESTADO DE OAXACA, LIC. BERNARDO JESUS BARRAGAN SALAZAR; EL COORDINADOR GENERAL DEL COMITE ESTATAL DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DE OAXACA, ING. ADOLFO TOLEDO INFANZON Y EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE SANTA LUCIA DEL CAMINO, EL SEÑOR NICOLAS SEBASTIAN OLIVERA MARTINEZ, PARTES A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARA LA SEDESOL , EL ESTADO Y EL MUNICIPIO , RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, en su capítulo VIII de las Reglas de Operación para los Programas establece que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, suscribirá convenios de coordinación con los gobiernos estatales que impulsen el trabajo corresponsable en materia de superación de la pobreza y marginación y que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo.

  2. El Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano (Convenio Marco) tiene por objeto coordinar a los ejecutivos Federal y Estatal para vincular los programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo, el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial, así como vincular las acciones de los programas que se derivan del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 que lleva a cabo el Ejecutivo Federal, a través de sus dependencias y entidades, sean congruentes con la planeación del desarrollo integral del Estado.

    Por acuerdo de las partes el citado Convenio constituye la vía de coordinación entre las administraciones públicas Federal y Estatal, para la planeación y ejecución de los programas, proyectos, acciones, obras y servicios, así como para el ejercicio de los subsidios federales y recursos estatales que se convengan, este Convenio operará anualmente a través de la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación y anexos de ejecución, y cuando participen grupos sociales organizados se suscribirán convenios de concertación.

  3. En el marco del Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano, el Gobierno del Estado de Oaxaca suscribió con LA SEDESOL un Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de Subsidios del Programa Hábitat Vertiente General, donde se establece la participación que, en su caso, corresponde a EL Estado y a El Municipio y otras instancias participantes en la instrumentación del Programa, así como los instrumentos jurídicos, técnicos y operativos que se desprenden de las Reglas de Operación numeral 6.3, por lo que las instancias ejecutoras deberán suscribir el presente Convenio Hábitat de Coordinación y los anexos técnicos que procedan.

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 53, 55, 56 y 57 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004; 6, 8 y 43 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; el Acuerdo por el que se delegan facultades a los delegados de la Secretaría de Desarrollo Social publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2001; 1 fracción II, 3, 4, 6, 7, 28, 29, 30, 50, 51 y demás relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Federal; 1 fracción II, 3, 4, 5, 7, 8, 13, 30, 31, 51 y demás relativos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas...

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