Decreto por el que se convoca a las Cámaras del Congreso de la Unión a un Periodo de Sesiones Extraordinarias, durante el Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la Quincuagésima Séptima Legislatura

Fecha de disposición27 Mayo 1999
Fecha de publicación27 Mayo 1999
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se convoca a las Cámaras del Congreso de la Unión a un Periodo de Sesiones Extraordinarias, durante el Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la Quincuagésima Séptima Legislatura.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

"LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 67, 79 FRACCION IV, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; EN LOS ARTICULOS 4, 5, 24 Y 69 DE LA LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y EN LOS ARTICULOS 27, 28 Y 35 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,

DECRETA:

ARTICULO 1

Se convoca a las Cámaras del Congreso de la Unión a un Período de Sesiones Extraordinarias, durante el Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la Quincuagésima Séptima Legislatura.

ARTICULO 2

La sesión de Congreso General para la apertura del Período Extraordinario de Sesiones, se celebrará el día 31 de mayo de 1999, a las 12:00 horas; y la correspondiente sesión de clausura se verificará cuando se hubieren agotado los asuntos a que se refiere el Artículo 3 de este decreto.

ARTICULO 3

En este Período de Sesiones Extraordinarias, ambas Cámaras del Congreso de la Unión sólo se ocuparán de los siguientes asuntos:

  1. Reformas relativas al Banco de México.

  2. Reformas relativas a la regulación y supervisión del sistema financiero.

  3. Reformas en materia electoral.

  4. Reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

  5. Reformas al Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  6. Reformas al Apartado B del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO 4

Las Cámaras del Congreso de la Unión celebrarán sus sesiones de instalación el día 31 de mayo de 1999 a las 10:00 horas y elegirán a sus mesas directivas en los términos de los artículos 24 y 69 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO 5

Dentro del período de sesiones extraordinarias, materia del...

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