Convocatoria dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) con domicilio fiscal en el Estado de Baja California Sur para presentar proyectos de Atención Alimentaria en Baja California Sur (AB), dentro del Programa de Coinversión Social.

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CONVOCATORIA dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) con domicilio fiscal en el Estado de Baja California Sur para presentar proyectos de Atención Alimentaria en Baja California Sur (AB), dentro del Programa de Coinversión Social. CONVOCATORIA DIRIGIDA A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL (OSC) CON DOMICILIO FISCAL EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR PARA PRESENTAR PROYECTOS DE ATENCIÓN ALIMENTARIA EN BAJA CALIFORNIA SUR (AB), DENTRO DEL PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL.

La Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), por conducto del Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 41 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y en los numerales 3.3, 3.4, 3.5.1, 3.5.2.1 y 4.2.1, de las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2017, y

CONSIDERANDO

Que el 5 de febrero de 1917, fue promulgada la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la primera en la historia en incluir los derechos sociales, marcando así un antecedente para el resto del mundo.

Que en el marco de protección de los derechos humanos, a través de diversas reformas constitucionales se han consolidado los derechos sociales, como el acceso a la educación pública y a la salud, la igualdad, la protección a los niños haciendo prevalecer el interés superior del menor, el derecho a la alimentación y a la vivienda digna, la protección de las comunidades indígenas, el derecho a la cultura, a un medio ambiente sano y acceso al agua, entre otros.

Que en cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente el Artículo 1o. Constitucional, que establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas (Protocolo de Palermo), la Convención de los Derechos del Niño, la Cuarta Conferencia Mundial de Naciones Unidas sobre la Mujer en Beijing y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Que la Ley General de Desarrollo Social establece en su artículo 6 que son derechos para el desarrollo social la educación, salud, alimentación, vivienda, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Que la totalidad de las actividades realizadas por los Actores Sociales, a través de proyectos presentados en esta convocatoria, quedan sujetas a lo dispuesto en la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil; de manera particular y en caso de presentarse alguna infracción se atenderá a lo establecido en el artículo 30 de la ley referida, así como en el artículo 64 de la Ley General de Desarrollo Social.

Que entre los ejes estratégicos del Gobierno de la República, para el periodo 2012-2018, se encuentran un México Incluyente y un México Próspero, a fin de cerrar las brechas de desigualdad social y lograr un crecimiento económico sólido y sostenido, por lo que es necesario articular entre sí las políticas económica, social y ambiental, basadas en una clara visión de desarrollo territorial con justicia social y mediante un enfoque de derechos humanos, que involucre a los sectores público, social y privado en estrategias conjuntas.

Que el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018 tiene como uno de sus propósitos generar esquemas de desarrollo comunitario con un mayor grado de participación social, que se constituyan en componentes de una estrategia sustentable de largo plazo. Asimismo, establece que existe un reconocimiento por parte de la sociedad acerca de que la conservación del capital natural y sus bienes y servicios ambientales, son un elemento clave para el desarrollo de los países y el nivel de bienestar de la población.

Por consiguiente, es fundamental actuar en la concreción de modelos de desarrollo territorial, tanto rurales como urbanos, que fomenten la protección, preservación y recuperación de los recursos naturales.

Que el PND propone transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente, ya que más de la mitad de la población en México vive desigualdades en sus derechos sociales, económicos, políticos, culturales, sexuales y reproductivos mediante prácticas discriminatorias y excluyentes, basadas en estereotipos de género y en la carencia de un enfoque de derechos. Por ello es fundamental generar estrategias integrales que subsanen tales condiciones, siendo una de ellas el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No

Discriminación contra las Mujeres (PROIGUALDAD 2013-2018).

Que según se establece en el Programa Sectorial de Desarrollo Social 2013-2018, dicho desarrollo debe contener un componente activo de participación social, ubicando a las personas como agentes de cambio y protagonistas en la materialización de sus derechos, a través de la organización comunitaria. Para tal fin, cuenta con el Objetivo 5: Fortalecer la participación social para impulsar el desarrollo comunitario a través de esquemas de inclusión productiva y cohesión social.

Que, mediante el fortalecimiento de las capacidades individuales y colectivas, la participación social y un enfoque de derechos, se incrementa el acceso de las personas a una mayor igualdad de oportunidades, para los grupos tradicionalmente marginados y excluidos del desarrollo que se ubican en zonas rurales y urbanas.

Que el Sistema Nacional de la Cruzada contra el Hambre es una estrategia de inclusión y bienestar social, que se implementa a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos de: Alcanzar cero hambre a partir de una alimentación y nutrición adecuada de las personas en pobreza multidimensional extrema y carencia de acceso a la alimentación; eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niñez; aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los/las y campesinos/as y pequeños/as productores/as agrícolas; minimizar las pérdidas post-cosecha y de alimentos durante su almacenamiento, transporte, distribución y comercialización, y promover la participación comunitaria para la erradicación del hambre.

Que la Comisión Mundial de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo definió el desarrollo sustentable como aquel que satisface las necesidades esenciales de la...

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