Convocatoria dirigida a personas de comunidades indígenas que habitan en municipios de Alta y Muy Alta Marginación para presentar proyectos de Cohesión Social y Desarrollo Comunitario (CS), dentro del Programa de Coinversión Social.

Fecha de disposición24 Octubre 2019
Fecha de publicación24 Octubre 2019
EmisorSECRETARIA DE BIENESTAR
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar.- Instituto Nacional de Desarrollo Social. CONVOCATORIA DIRIGIDA A PERSONAS DE COMUNIDADES INDÍGENAS QUE HABITAN EN MUNICIPIOS DE ALTA Y MUY ALTA MARGINACIÓN PARA PRESENTAR PROYECTOS DE COHESIÓN SOCIAL Y DESARROLLO COMUNITARIO (CS), DENTRO DEL PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL.

La Secretaría de Bienestar, por conducto del Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 41 del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar, y en los numerales 3.3, 3.4, 3.5.1, 3.5.2. y 4.2.1, de las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de octubre de dos mil diecinueve, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el Artículo 1o., que en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la Constitución establece y queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Asimismo, en el artículo 25, se establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Adicionalmente, señala en el artículo 26 inciso A, que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

Que, en el marco de protección de los Derechos Humanos, diversas reformas constitucionales han consolidado los derechos sociales, tales como el acceso a la educación pública y a la salud, la igualdad, la protección a niñas, niños y adolescentes haciendo prevalecer el interés superior del menor, el derecho a la alimentación y a la vivienda digna, la protección de los derechos indígenas, el derecho a la cultura, a un medio ambiente sano y acceso al agua, entre otros.

Que la Ley General de Desarrollo Social establece en su artículo 6 que son derechos para el desarrollo social la educación, salud, alimentación, vivienda, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Que, en el 2007, la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) definió la "cohesión social" como la interacción entre los mecanismos de inclusión y exclusión social, así como las respuestas, percepciones y disposiciones en que la ciudadanía actúa frente al modo en que éstos operan. Por otra parte, el mismo organismo internacional en el 2010 replantea el concepto para definirlo como: "la capacidad de las instituciones para reducir de modo sustentable las brechas sociales con apoyo ciudadano".

Que el 25 de septiembre de 2015 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, aprobó un conjunto de objetivos globales para erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) plantean la consecución de un conjunto de metas vinculadas con la adopción de una nueva agenda de desarrollo, cimentada en la colaboración entre distintos actores sociales y políticos, aprovechar el impulso generado por los Objetivos de Desarrollo del Milenio y continuar con un ambicioso programa de desarrollo para después de 2015.

Que el objetivo general del Programa de Coinversión Social (PCS), es contribuir al bienestar social de las personas que habitan en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el desarrollo de proyectos de cohesión social, por lo que con base en las anteriores consideraciones se emite la siguiente:

CONVOCATORIA

Cohesión Social y Desarrollo Comunitario (CS)

Dirigida a comunidades de municipios indígenas para la presentación de proyectos de acuerdo con los siguientes términos:

  1. Objetivos.

    General

    Propiciar la cohesión social y el desarrollo comunitario en localidades indígenas en municipios de alta y muy alta marginación, por medio de proyectos que promuevan, la participación y la solidaridad comunitaria con perspectiva de género, Derechos Humanos y sustentabilidad.

    Específicos

    1. Fortalecer la inclusión e integración social, mediante acciones que fomenten la corresponsabilidad comunitaria, el respeto y ejercicio de los Derechos Humanos, la igualdad y equidad de género, así como el rechazo a toda forma de discriminación.

    2. Impulsar el desarrollo económico y productivo de las comunidades, mediante acciones y estrategias sustentables y sostenibles, el desarrollo de capacidades en cadenas de valor, así como la aplicación de innovaciones tecnológicas, que promuevan la cohesión territorial como el acceso a ingresos para contrarrestar las desigualdades y que permitan a las personas mejorar sus condiciones de vida.

    3. Fomentar la organización y participación social para la apropiación de los espacios públicos, mediante su mantenimiento, rehabilitación y/o equipamiento, que propicien una mejor convivencia comunitaria.

  2. Características de los proyectos.

    II.1. Los proyectos que se presenten deberán enmarcarse en alguna de las siguientes vertientes, descritas en el numeral 3.5.1 de las Reglas de Operación del PCS.

    · Inclusión e Integración Social: Proyectos que contribuyan a la inclusión e integración de los municipios indígenas con alta y muy alta marginación por medio de acciones encaminadas a promover la participación, la organización, la articulación y construcción de redes de apoyo personales, familiares, comunitarias a fin de construir relaciones incluyentes, no-violentas y solidarias; que prevengan las adicciones y conductas antisociales, así como el fomento del ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales en condiciones de igualdad y no-discriminación.

    · Desarrollo comunitario: Proyectos que contribuyan al proceso de relación social entre integrantes de personas que comparten un mismo territorio o localidad y buscan mejorar su vida en los ámbitos económico, cultural y social, cuidando su medio ambiente, por medio de la...

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