Convocatoria para seleccionar un representante de las organizaciones de la sociedad civil y dos personas expertas académicas con conocimiento y trabajo relevante en materia de trata de personas, con la finalidad de integrarse como participantes a la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Fecha de disposición | 18 Agosto 2017 |
Fecha de publicación | 18 Agosto 2017 |
Emisor | SECRETARIA DE GOBERNACION |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
CONVOCATORIA para seleccionar un representante de las organizaciones de la sociedad civil y dos personas expertas académicas con conocimiento y trabajo relevante en materia de trata de personas, con la finalidad de integrarse como participantes a la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. MERCEDES PELÁEZ FERRUSCA, Secretaria Técnica de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 84 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; 40, fracción VII de su Reglamento; 14, 15, 16 y 17 del Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, y en términos del acuerdo ocho aprobado en la onceava sesión ordinaria de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (Comisión).
CONSIDERANDO
Que el artículo 84 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (Ley) establece el objeto de la Comisión, la cual deberá definir y coordinar la implementación de una Política de Estado en materia de Trata de Personas; impulsar y coordinar en toda la República Mexicana la vinculación interinstitucional para prevenir y sancionar los delitos objeto de la Ley; así como la inspección y vigilancia de los programas, acciones y tareas en la materia de Trata de Personas, y la evaluación, rendición de cuentas y transparencia, sin perjuicio de las atribuciones que en dichas materias correspondan a otras instancias;
Que el artículo 86 de la Ley, establece los participantes en las reuniones de la Comisión, entre los cuales, están los representantes de organizaciones de la sociedad civil, así como los expertos académicos con conocimiento y trabajo relevante sobre el tema de trata de personas;
Que el artículo 14 del Reglamento Interno de la Comisión, establece la selección de representantes de las organizaciones de la sociedad civil y con expertos académicos, los cuales deberán cumplir con los requisitos de la convocatoria que apruebe y publique la Comisión en el Diario Oficial de la Federación;
Que el artículo 17 del Reglamento Interno de la Comisión, establece que en caso de que algún representante de las organizaciones de la sociedad civil o experto académico decida retirarse, se abrirá nueva convocatoria, y
Que...
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