Convocatoria al trigésimo séptimo concurso interno de oposición para la designación de Magistrados de Circuito.

Fecha de disposición20 Septiembre 2018
Fecha de publicación20 Septiembre 2018
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SecciónPRIMERA. Poder Judicial

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno. CONVOCATORIA AL TRIGÉSIMO SÉPTIMO CONCURSO INTERNO DE OPOSICIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE MAGISTRADOS DE CIRCUITO.

El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 94, párrafo segundo, 97 y 100, párrafos primero, séptimo y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 68, 81, fracción II, 105, 106, 112, 114, 116 y 117, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y con base en el Acuerdo General del propio Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el procedimiento y lineamientos generales para acceder al cargo de magistrado de Circuito, mediante concursos internos de oposición, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diez de mayo de dos mil diecisiete, emite la siguiente:

CONVOCATORIA

Primero. Para los efectos de esta convocatoria se entenderá por:

  1. "Acuerdo General": Acuerdo General que establece el Procedimiento y Lineamientos Generales para acceder al cargo de magistrado de Circuito, mediante concursos internos de oposición, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diez de mayo de dos mil diecisiete.

  2. "Comisión": Comisión de Carrera Judicial.

  3. "Comité Técnico": Comité del concurso a que se refiere el artículo 116 de la Ley.

  4. "Comité Académico": Comité del Instituto de la Judicatura Federal.

  5. "Concurso": Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito.

  6. "Curso": Curso de inducción para magistrado de Circuito.

  7. "Consejo": Consejo de la Judicatura Federal.

  8. "Corte": Suprema Corte de Justicia de la Nación.

  9. "Instituto": Instituto de la Judicatura Federal.

  10. "Jurado": Jurado integrado en términos del artículo 117 de la Ley.

  11. "Ley": Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

  12. "Magistrado": magistrado de Circuito.

  13. "Página web del Instituto": la página web del Instituto (www.ijf.cjf.gob.mx.).

  14. "Pleno": Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

  15. "Secretaría": Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial.

  16. "Tribunal de Circuito": Tribunal Unitario o Colegiado de Circuito.

    Segundo. Fundamento del concurso. Se realizará en términos de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el procedimiento y lineamientos generales para acceder al cargo de magistrado de Circuito, mediante concursos internos de oposición.

    Tercero. Lugar y número de plazas. El concurso tendrá verificativo en la Ciudad de México y por ningún motivo podrá celebrarse en diversa sede.

    El concurso se llevará a cabo para cubrir 30 (treinta) plazas.

    Cuarto. Parámetros de evaluación y calificación final para resultar vencedor del concurso.

    Los parámetros para la evaluación final de los concursantes serán los siguientes:

  17. Hasta 45 puntos la calificación obtenida en el caso práctico.

  18. Hasta 45 puntos la que se obtenga en el examen oral.

  19. Hasta 10 puntos los factores de evaluación judicial.

    Para resultar vencedor en el concurso, los participantes deberán obtener cuando menos el 80% en cada una de las puntuaciones señaladas en las fracciones I y II de este numeral.

    Si en alguna de esas etapas el concursante obtiene menos del 80% de los puntos establecidos, no podrá resultar vencedor.

    La suma de la calificación del caso práctico, del examen oral y de los factores de evaluación no debe ser menor a 80 puntos.

    Los factores de evaluación sólo serán considerados si el concursante obtuvo el 80% en cada una de las puntuaciones señaladas en las fracciones I y II de este numeral y si en alguna de ellas obtiene menos de ese porcentaje no podrán ser tomados en cuenta.

    La calificación final para ser vencedor en el concurso será de 80 puntos como mínimo, que se obtendrá de la suma de los resultados obtenidos en el caso práctico, el examen oral y los factores de evaluación judicial.

    Quinto. Categoría a la que se dirige. Podrán participar en el concurso interno de oposición quienes ocupen el cargo de juez de Distrito, en funciones o comisionados, que al cierre del periodo de inscripción del concurso, cuenten con una antigüedad en el cargo de cuando menos cuatro años.

    Los jueces de Distrito ratificados al cierre del periodo de inscripción del concurso accederán directamente a la segunda etapa.

    Sexto. Requisitos que deben reunir los aspirantes. En el concurso participarán los jueces de Distrito que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Ser ciudadano mexicano por nacimiento.

    2. No tener otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.

    3. Ser mayor de treinta y cinco años.

    4. Gozar de buena reputación.

    5. No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año.

      Séptimo. Temario sobre el que versarán los exámenes. Comprenderá los temas que traten sobre las diversas materias competencia de los tribunales de Circuito, derivados de disposiciones constitucionales y legales nacionales y la jurisprudencia, así como de normas internacionales aplicables, al igual que los aspectos referentes a la función de magistrado, considerando las actividades administrativas que se desarrollan en el órgano jurisdiccional.

      Dicho temario será publicado en la página web del Instituto de la Judicatura Federal (www.ijf.cjf.gob.mx).

      Octavo. Lugar, plazo y documentos necesarios para la inscripción. Durante las fechas que comprenderán el inicio y conclusión del plazo para que los aspirantes ingresen a la página web del Instituto, accederán al módulo de inscripción mediante el uso de la firma electrónica (FIREL) y llenarán el formato de inscripción con los datos que se solicitan.

      Dentro de la página los interesados podrán acceder al manual del usuario que los guiará para llenar el formato.

      Los documentos que el aspirante deberá anexar durante el periodo de inscripción, son los siguientes:

      1. Acta de nacimiento.

      2. Las constancias de grado académico y cursos que no obren en el expediente personal de la Dirección General de Recursos Humanos.

      Corresponderá al Instituto verificar que las solicitudes contengan todos los datos y documentos requeridos.

      Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la conclusión del plazo de inscripción, ya con las constancias y, en su caso, las aclaraciones correspondientes, el Instituto elaborará el proyecto de lista de los aspirantes que cumplan los requisitos para ser aceptados en el concurso.

      La lista se enviará a la Comisión para su conocimiento y análisis, quien, a su vez, la remitirá al Pleno para su aprobación y orden de publicación.

      Noveno. De la incorporación de constancias adicionales al expediente del concursante. Cerrado el periodo de inscripción, y solamente en el caso de no haber contado con alguna de las constancias a que se refiere el artículo 14, fracción V, del Acuerdo General, el participante podrá anexarlas a su expediente electrónico, en un archivo y en formato PDF, dentro de los dos días hábiles siguientes.

      No se admitirá la presentación de solicitudes de inscripción enviados por vía distinta de la electrónica.

      Décimo. Facultad de revisar y verificar la autenticidad de la documentación. El Consejo tendrá la facultad de verificar en todo momento la información y documentación que los aspirantes proporcionen. De advertirse alguna anomalía, se estará a lo dispuesto en el artículo 50 del Acuerdo General.

      Decimoprimero. Abstención de los participantes de realizar gestiones. Publicada la convocatoria y durante el desarrollo del concurso, los participantes deben abstenerse de realizar trámites, entrevistas o gestiones personales con los integrantes del Pleno de la Corte o del Consejo, así como con los miembros del Comité Técnico o del Jurado y con el Director General del Instituto.

      Decimosegundo. Observaciones y objeciones. De conformidad con el artículo 25 del Acuerdo General, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al en que se publique en el Diario Oficial de la Federación la lista de los concursantes que pasan a la segunda etapa, cualquier persona podrá presentar ante el Instituto, por escrito y de manera respetuosa, las observaciones u objeciones respecto de los participantes incluidos, y acompañar, en su caso, los documentos que sustenten o corroboren sus afirmaciones.

      Con los escritos de observaciones u objeciones, que por su naturaleza tendrán un trato confidencial, se dará cuenta a la Comisión, la que, a su vez, los someterá a la consideración del Pleno para que determine lo conducente.

      Decimotercero. Publicación de la lista de los aspirantes aceptados al concurso. La lista de los aspirantes admitidos será publicada, para efectos de notificación, por una sola vez, el 11 de octubre de 2018, en el Diario Oficial de la Federación y, para mayor difusión, en el diario de circulación nacional que dé publicación a esta convocatoria, así como en la página web del Instituto.

      En el supuesto de que el número de participantes inscritos al concurso sea igual o menor al número de plazas vacantes, éstas se reducirán en la medida en que...

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