Acuerdo por el que se adiciona, según corresponda, el anexo B o C, a los títulos de concesión para instalar, operar y explotar redes públicas de telecomunicaciones que comprenden los servicios de televisión y/o audio restringidos por microondas terrenal a través de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso determinado otorgadas...

Fecha de disposición18 Diciembre 2003
Fecha de publicación18 Diciembre 2003
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se adiciona, según corresponda, el anexo B o C, a los títulos de concesión para instalar, operar y explotar redes públicas de telecomunicaciones que comprenden los servicios de televisión y/o audio restringidos por microondas terrenal a través de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso determinado otorgadas a los concesionarios mediante el título respectivo, para incluir el servicio fijo de transmisión bidireccional de datos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

PEDRO CERISOLA Y WEBER, Secretario de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en los artículos 16 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 7, 10 fracción II, 11 fracciones I y II, 12, 14, 18, 19, 24, 25, 26, 27, y demás aplicables de la Ley Federal de Telecomunicaciones; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 1o., 3o., 4o. y 5o. fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

CONSIDERANDOS

Que el Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2001-2006 señala que la infraestructura con que cuentan la gran mayoría de los prestadores de los servicios de televisión restringida es apta, desde el punto de vista regulatorio y técnico, para ampliar y mejorar los servicios disponibles, en el marco del proceso de convergencia de las telecomunicaciones;

Que los avances registrados en el subsector de las telecomunicaciones en los últimos años, basados en la revolución tecnológica, la liberalización de los mercados y la globalización de las economías, se han significado tanto por su cada vez mayor presencia en diferentes ámbitos de la vida cotidiana, que transforman constantemente la forma en que millones de personas aprenden, trabajan, disfrutan del tiempo libre, como por la multiplicación de opciones antes inimaginables;

Que en este sentido, la industria de la televisión restringida es responsable, al igual que la autoridad, de hacer frente a la constante exigencia de usuarios que demandan alta calidad y bajos precios, y en especial ante el fenómeno de la integración y convergencia de las telecomunicaciones, la necesidad de disponer de mayor información y posibilidades de interactuar, rubros donde la transmisión de datos, en general, y el acceso a Internet, en particular, guardan sin lugar a dudas, absoluta preeminencia;

Que el Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2001-2006 señala, asimismo, que a través de sus redes, los concesionarios de televisión restringida gozan de importantes ventajas comparativas. Factores como el ancho de banda con que se opera y la cobertura geográfica que comprende las principales ciudades de la República, determinan condiciones favorables para impulsar inversiones destinadas a ofrecer también servicios adicionales, siendo la retribución, el maximizar el valor de su patrimonio y las posibilidades de la infraestructura que poseen, además de evitar la caída en el rezago y la obsolescencia;

Que de conformidad con el artículo 7 de la Ley Federal de...

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