Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta, con diámetro exterior superior a 406.4 mm, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 7305.11.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la Rep...

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EmisorSecretaría de Economía

Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta, con diámetro exterior superior a 406.4 mm, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 7305.11.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Federal de Alemania, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION FINAL DE LA INVESTIGACION ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE TUBERIA DE ACERO AL CARBONO CON COSTURA LONGITUDINAL RECTA, CON DIAMETRO EXTERIOR SUPERIOR A 406.4 MM, MERCANCIA CLASIFICADA EN LA FRACCION ARANCELARIA 7305.11.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA.

Visto para resolver el expediente administrativo 05/06 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en adelante la Secretaría, se emite la presente Resolución final de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

Presentación de la solicitud

1. El 7 de febrero de 2006 por conducto de su representante legal, compareció la empresa Tubacero, S.A. de C.V. en adelante Tubacero, para solicitar el inicio de la investigación administrativa en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, en contra de las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta, de diámetro exterior mayor a 406.4 mm (en espesores desde 0.562 y hasta 1 pulgada) originarias de la República Federal de Alemania, independientemente del país de procedencia.

2. Tubacero argumentó que en el periodo comprendido de enero a octubre de 2005, dichas importaciones se efectuaron en volúmenes considerables y en condiciones de discriminación de precios, por lo que causaron daño importante o amenaza de daño importante a la industria nacional de la mercancía similar, lo cual se reflejó en efectos negativos en sus indicadores tales como producción, precios, ventas al mercado interno e utilización de capacidad instalada, empleo y utilidad de operación.

3. La Secretaría consideró apropiado establecer como periodo investigado del 1 de enero al 31 de diciembre de 2005, a efecto de que la información que sea proporcionada y analizada en el transcurso de la investigación sea lo más actualizada posible y permitía a la autoridad investigadora allegarse de los elementos suficientes para la determinación preliminar y definitiva de la práctica desleal de comercio internacional.

Solicitante

4. Tubacero es una empresa constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, con domicilio para oír y recibir notificaciones en avenida Lázaro Cárdenas 2400 Oriente, Unidad PD-11, colonia Valle Oriente, 66260, Garza García, Nuevo León. Su principal actividad consiste en la fabricación y venta de tubería de acero de diversos tipos.

5. Conforme a lo previsto en el artículo 40 de la Ley de Comercio Exterior, en adelante LCE, manifestó que durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de octubre de 2005, representó el 100 por ciento de la producción nacional de los productos idénticos o similares a los importados en condiciones de discriminación de precios y que causan daño importante a la rama de producción nacional. Para acreditar lo anterior presentó escrito de la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero, en adelante CANACERO, en el cual se hace contar que representa el 100 por ciento de la producción nacional.

Investigación relacionada

6. El 27 de mayo de 2005 la Secretaría publicó en el Diario Oficial de la Federación, en adelante DOF, la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta en diámetros exteriores mayores de 16 pulgadas y hasta 48 pulgadas (406.4 y hasta 1,219.2 mm) inclusive, con espesores de pared desde 0.188 y hasta 1.000 pulgadas (4.77 a 25.4 mm), inclusive en ambos extremos, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, mercancía clasificada en las fracciones arancelarias 7305.11.01 y 7305.12.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en adelante TIGIE. Mediante esta Resolución se impusieron a dichas importaciones cuotas compensatorias definitivas de 6.77 y 25.43 por ciento dependiendo de la empresa exportadora. Dicha investigación se distingue del presente procedimiento por el país de origen de las importaciones y porque tiene una cobertura más amplia de productos (en cuanto a espesores de pared, proceso de soldadura e incluso las fracciones arancelarias abarcadas).

Información sobre el producto

Descripción general del producto

7. La tubería objeto de esta investigación, incluida tanto la importada de la República Federal de Alemania como la de fabricación nacional, se produce principalmente conforme a la norma del American Petroleum Institute 5L, en adelante API 5L. Esta mercancía se usa fundamentalmente en obras de las industrias gasera, petrolera e hidráulica. Técnica y comercialmente se conoce como tubería de línea de acero al carbono con costura longitudinal recta, de gran diámetro, soldada mediante el proceso de arco sumergido (DSAW/SAW), en diámetros exteriores mayores de 16 y hasta 48 pulgadas.

Clasificación y régimen arancelario

8. La tubería objeto de esta investigación se clasifica en la fracción arancelaria 7305.11.01 de la TIGIE. La unidad de medida es el kilogramo, aunque las operaciones comerciales se realizan normalmente en metros lineales. Conforme a la nomenclatura arancelaria, en la fracción 7305.11.01 se clasifican los demás tubos (por ejemplo: soldados o remachados) de sección circular con diámetro exterior superior a 406.4 mm, de hierro o acero, tubos de los tipos utilizados en oleoductos o gasoductos: soldados longitudinalmente con arco sumergido, con espesor de pared inferior a 50.8 mm.

9. De conformidad con los periodos de desgravación establecidos en los tratados comerciales de los que los Estados Unidos Mexicanos son parte y los Decretos que establecieron la tasa aplicable a las mercancías importadas por la fracción arancelaria 7305.11.01 publicados el 31 de diciembre de 2003 y el 29 de diciembre de 2004, respectivamente, en 2004 y 2005 las importaciones de países con los que se tienen tratados comerciales (entre ellos, la Comunidad Europea, de la que la República Federal de Alemania forma parte) se sujetaron a un arancel ad valorem en el rango de cero a 5 por ciento dependiendo del país de que se trate. En el caso de las importaciones de Japón el arancel para 2005 se ubicó en 18 por ciento.

10. Las importaciones originarias de países con los cuales no se tienen tratados comerciales se sujetaron a un arancel ad valorem de 18 por ciento en 2004, el cual disminuyó a 15 por ciento, mediante decreto publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2004 y 10 por ciento conforme a lo establecido en el decreto publicado en el DOF el 29 de septiembre de 2006.

Proceso Productivo

11. De acuerdo con lo manifestado por Tubacero, la tubería objeto de investigación se fabrica principalmente en las dimensiones y especificaciones técnicas que establece la norma API 5L. Los insumos para la fabricación de esta tubería son la placa de acero en hoja o rollo baja en carbono, desde el grado A hasta el X-80, material fundente y alambre de acero para soldadura. Tubacero indicó que se fabrica mediante los métodos conocidos como UO y formado continuo, que, aunque distintos, son tecnológicamente competitivos entre sí y la utilización de uno u otro no aporta ventajas significativas de tiempo y costo. También se fabrica mediante el proceso denominado rolado piramidal.

12. A partir de los diagramas de fabricación por dichos métodos, que Tubacero aportó con su petición de inicio, así como de las aclaraciones que al respecto realizó en esta etapa final de esta investigación, se apreció que la producción de la tubería investigada mediante formado continuo se lleva a cabo de la siguiente manera: la placa de acero en hoja o bien el rollo de acero se prepara en las dimensiones requeridas, las cuales, mediante el proceso de formado continuo adquieren la forma cilíndrica. Se enfrían y cortan en las dimensiones requeridas. Posteriormente, los tubos se sueldan por resistencia eléctrica, para luego soldarse por arco sumergido tanto por el interior como por el exterior. Finalmente, la tubería se somete a diversas pruebas, después de las cuales se bisela y se somete a una inspección final para luego enviarse al almacén y área de embarque.

13. Por lo que se refiere al método de rolado piramidal la placa en hoja se prepara en las dimensiones necesarias y, después adquiere la forma cilíndrica por rolado piramidal. A continuación los tubos son punteados para después ser soldados mediante el proceso de arco sumergido. Finalmente, los tubos son sometidos a diversas pruebas, después de las cuales se envían al almacén y área de embarque. Tubacero indicó que el proceso denominado UO es idéntico al denominado rolado piramidal, excepto por la formación del tubo, puesto que ésta se efectúa mediante dos prensas: la primera le confiere la forma de U" y la segunda le confiere la forma de "O" que es su configuración final.

14. Europipe GMBH, en adelante Europipe, indicó que produce la tubería mediante dos procesos de prensado y uno llamado de expansión. Denominó los dos primeros U y O, respectivamente, y el tercero, UOE, donde E se refiere a expansión en frío del tubo que puede efectuarse también en el proceso derolado piramidal (TRB) para la producción de tubería si el estándar técnico aplicable así lo requiere. Fabrica pequeñas cantidades de tubería por este método. No aportó información más detallada de cada uno de...

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