Criterio No. 03/2020 de aplicación general referente a la actualización del cuadro de competencias de bienes inmuebles federales de las dependencias administradoras y de la Secretaría de Relaciones Exteriores que se encuentren bajo su administración, atendiendo la regulación específica que señalan sus leyes respectivas.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Hacienda y Crédito Publico |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal.- Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria. CIRCULAR
A LAS DEPENDENCIAS, OFICINA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 y 3 fracción III, 4 y 5 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1 y 2 inciso D, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; artículos 1 fracción III y IV, 2 fracción II, VII y VIII, 26, 27, 28, 29 fracción I y 101 de la Ley General de Bienes Nacionales; 1 y 10 fracción I, II del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Primero, Cuarto fracción I, Décimo Cuarto y Décimo Quinto de las Normas de Organización y Funcionamiento del Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, hago de su conocimiento que el Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, en su (4ª/19) Cuarta Sesión Ordinaria del año 2019, celebrada el 05 de diciembre de 2019, aprobó el:
ACUERDO: (07/2019) CPIFP.- "Los integrantes del Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, aprueban la modificación al cuadro de competencias de las dependencias administradoras, por lo que se instruye a la Dirección de Política y Normatividad a realizar las gestiones conducentes para su publicación en el Diario Oficial de la Federación".
En consecuencia, la emisión del criterio de aplicación general siguiente:
CRITERIO No. 03/2020 DE APLICACIÓN GENERAL REFERENTE A LA ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO DE COMPETENCIAS DE BIENES INMUEBLES FEDERALES DE LAS DEPENDENCIAS ADMINISTRADORAS Y DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES QUE SE ENCUENTREN BAJO SU ADMINISTRACIÓN, ATENDIENDO LA REGULACIÓN ESPECÍFICA QUE SEÑALAN SUS LEYES RESPECTIVAS:
DEPENDENCIA ADMINISTRADORA | TIPO DE INMUEBLES FEDERALES | MARCO JURÍDICO | UNIDADES ADMINISTRATIVAS O ENTIDADES PARAESTATALES |
| *Inmuebles federales destinados a servicios públicos.
| Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
(Reglamento del INDAABIN art. 11).
| |
*Inmuebles federales puestos a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para efectos de aprovechamiento y eventual enajenación.
| Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
(Reglamento del INDAABIN art. 10 y 11).
| ||
*Inmuebles federales compartidos por varias instituciones públicas y puertos fronterizos.
| Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
(Reglamento del INDAABIN art. 10 y 11).
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*Inmuebles federales en uso de asociaciones religiosas.
| Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
(Reglamento del INDAABIN art. 11).
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DEPENDENCIA ADMINISTRADORA | TIPO DE INMUEBLES FEDERALES | MARCO JURÍDICO | UNIDADES ADMINISTRATIVAS O ENTIDADES PARAESTATALES |
| *Zona federal marítimo terrestre, playas marítimas y terrenos ganados al mar o a otros depósitos de aguas marinas.
| *Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar art. 5.
| *Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros.
(Reglamento Interior SEMARNAT art. 31).
|
| *Bienes nacionales inherentes.
| *Ley de Aguas Nacionales (art. 113).
| *Comisión Nacional del Agua.
(Reglamento Interior CONAGUA art. 13 y 24).
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| *Terrenos nacionales dentro de áreas naturales protegidas (reservas de la biósfera, parques nacionales, santuarios, áreas de protección de flora y/o fauna y los monumentos naturales).
| *Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (art. 63, último párrafo).
| Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
Comisión Nacional Forestal.
(Reglamento Interior SEMARNAT art. 33).
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DEPENDENCIA ADMINISTRADORA | TIPO DE INMUEBLES FEDERALES | MARCO JURÍDICO | UNIDADES ADMINISTRATIVAS O ENTIDADES PARAESTATALES |
| *Monumentos arqueológicos y terrenos de propiedad federal integrantes de la zona de monumentos.
| *Ley Federal sobre Monumentos, Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos (LFMZAAH arts. 3, 5 y 21).
*Ley Orgánica del INAH.
*Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.
| Instituto Nacional de Antropología e Historia.
*Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.
|
DEPENDENCIA ADMINISTRADORA | TIPO DE INMUEBLES FEDERALES | MARCO JURÍDICO | UNIDADES ADMINISTRATIVAS O ENTIDADES PARAESTATALES |
| *Islas de jurisdicción federal.
| *Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM arts. 27 párrafo cuarto, 42 fracciones II, III y IV y 48).
| *Unidad de Gobierno
(Reglamento Interior de SEGOB art. 12, fracción XIX).
|
| *Carreteras y puentes.
| *Ley de Vías Generales de Comunicación (arts. 3 y 8).
*Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (arts. 5, 6 y 8).
*Reglamento para el Aprovechamiento del Derecho de Vía de las Carreteras Federales y Zonas Aledañas (art. 5, 6 y 6-A).
| Dirección General de Carreteras
(Reglamento Interior SCT, art. 17).
|
*Autopistas de cuota.
| *Ley de Vías Generales de Comunicación (arts. 3 y 8).
*Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (art. 5,6 y 8).
| Dirección General de Desarrollo Carretero
(Reglamento Interior SCT, art. 20).
|
*Vías generales de comunicación ferroviaria.
| *Ley de Vías Generales de Comunicación (arts. 3 y 8).
*Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario (art. 6).
| Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal
(Reglamento Interior SCT. art. 23).
|
Nota: en el caso de los derechos de...
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