Criterios de distribución del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) para el ejercicio fiscal 2019 y los resultados de su aplicación.

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EmisorSecretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. FRANCO GERARDO MARCELLO FABBRI VÁZQUEZ, Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 18, fracciones I, XVI y XXV de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 44 de la Ley de Coordinación Fiscal; 7, fracciones I y IX del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019; 5, fracción XII de los Estatutos de Organización y Funcionamiento del Consejo Nacional de Seguridad Pública, y en cumplimiento a lo dispuesto por el H. Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Acuerdo 02/III-SE/19 emitido en la Tercera Sesión Extraordinaria, celebrada el 24 de enero de 2019, mediante el cual aprobó los criterios de distribución, fórmulas y variables de los recursos provenientes del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) del ejercicio fiscal 2019, da a conocer los siguientes:

CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS ESTADOS Y DEL DISTRITO FEDERAL (FASP) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 Y LOS RESULTADOS DE SU APLICACIÓN

  1. Criterios de Distribución.

    Los criterios conforme a los cuales se distribuirán los recursos del FASP referidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para el ejercicio fiscal 2019, son los siguientes:

  2. Fortalecimiento de Capacidades Institucionales;

  3. Fortalecimiento Tecnológico y de Información;

  4. Sistema Penitenciario;

  5. Tamaño del Problema;

  6. Población, y

  7. Prevención.

  8. Ponderación de los Criterios de Distribución.

    Los recursos del FASP para el ejercicio fiscal 2019, se asignarán conforme a los anteriores criterios y ponderaciones siguientes:

  9. Veinticinco (25) por ciento para el criterio de Fortalecimiento de Capacidades Institucionales;

  10. Veinticinco (25) por ciento para el criterio de Fortalecimiento Tecnológico y de Información;

  11. Quince (15) por ciento para el criterio de Sistema Penitenciario;

  12. Quince (15) por ciento para el criterio de Tamaño del Problema;

  13. Quince (15) por ciento para el criterio de Población, y

  14. Cinco (5) por ciento para el criterio de Prevención.

  15. Fórmulas y Variables de Distribución.

    Los recursos del FASP para el ejercicio fiscal 2019 quedarán definidos mediante la siguiente fórmula:

    Donde:

    : Es el monto del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019.

    : Es el monto total nacional correspondiente al criterio de Fortalecimiento de Capacidades Institucionales.

    : Es el monto total nacional correspondiente al criterio de Fortalecimiento Tecnológico y de Información.

    : Es el monto total nacional correspondiente al criterio de Sistema Penitenciario.

    : Es el monto total nacional correspondiente al criterio de Tamaño del Problema.

    : Es el monto total nacional correspondiente al criterio de Población.

    : Es el monto total nacional correspondiente al criterio de Prevención.

    ______________________

    1 Porcentaje transferido a la Auditoría Superior de la Federación con el objeto de fortalecer el alcance, profundidad, calidad y seguimiento de las revisiones realizadas, dispuesto en el ARTÍCULO OCTAVO, del ACUERDO por el que se da a conocer a los gobiernos de las entidades federativas la distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal 2019, de los recursos correspondientes a los Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2019.

    2 Porcentaje transferido a la Auditoría Superior de la Federación con el objeto de fortalecer el alcance, profundidad, calidad y seguimiento de las revisiones realizadas, dispuesto en el ARTÍCULO OCTAVO, del ACUERDO por el que se da a conocer a los gobiernos de las entidades federativas la distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal 2019, de los...

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