Criterios técnicos específicos para la prevención de sesgo potencial en instrumentos de evaluación educativa.

Fecha de disposición02 Mayo 2019
Fecha de publicación02 Mayo 2019
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.- México. CRITERIOS TÉCNICOS ESPECÍFICOS PARA LA PREVENCIÓN DE SESGO POTENCIAL EN INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN EDUCATIVA

Contenido

Introducción

Propósito

Alcance

Usuarios de los presentes criterios técnicos

Pasos en los que son aplicados los presentes criterios técnicos

Términos técnicos

Validez y sesgo

Detección y prevención del sesgo potencial

Grupos de interés

Criterios para la prevención de sesgo potencial

  1. Construir reactivos libres de lenguaje especializado o tecnicismos y usar lenguaje claro, accesible y familiar para toda la población.

  2. Construir reactivos libres de lenguaje, temas o denominaciones ofensivos para algún grupo de interés

  3. Construir reactivos libres de estereotipos sobre un grupo de interés

  4. Construir reactivos libres de situaciones en las que los grupos de interés no pueden ejercer sus derechos

  5. Construir reactivos libres de valoraciones o juicios sobre prácticas culturales particulares de algún grupo de interés

  6. Construir reactivos libres de elementos que puedan producir una respuesta emocional negativa

Acciones que se llevan a cabo para cumplir con los criterios

Medios de verificación

Bibliografía

Anexo: Descripción de los grupos de interés

Introducción

El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) tiene como tarea principal evaluar la calidad, el desempeño y los resultados del Sistema Educativo Nacional (SEN) en la educación básica y media superior, de conformidad con el artículo 3o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para cumplir con ella, debe diseñar y realizar mediciones de la calidad de los componentes, los procesos y los resultados del SEN, acorde con el artículo 25 de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. También debe expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federales y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les correspondan, de conformidad con el artículo 3o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación establece que todas las actividades que realice el INEE y las demás entidades integrantes del Sistema Nacional de Evaluación Educativa (SNEE) "se regirán conforme a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión", de conformidad con el artículo 2, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. También manda al INEE "considerar los contextos demográfico, social y económico de los agentes del Sistema Educativo Nacional, los recursos o insumos humanos, materiales y financieros destinados a éste y demás condiciones que intervengan en el proceso de enseñanza-aprendizaje", acorde con el artículo 8 de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Por otra parte, la Ley General del Servicio Profesional Docente, en su artículo 68, fracción VI, establece como derecho de quienes participen en el Servicio Profesional Docente "que durante el proceso de evaluación sea considerado el contexto regional y sociocultural".

La atención a la diversidad de contextos como requisito en las evaluaciones que realiza el INEE, es señalada en los artículos 67, 68, 69 y 70, del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. En adición a lo anterior, la Política Nacional de Evaluación de la Educación establece cinco principios para orientar la actuación institucional (INEE, 2015): a) la mejora educativa; b) la equidad; c) la justicia; d) la diversidad; y e) la participación.

El marco de referencia para poner en práctica los mandatos mencionados acerca de la calidad de los instrumentos de evaluación es el documento Criterios técnicos para el desarrollo, uso y mantenimiento de instrumentos de evaluación (INEE, 2017). Dicho documento, en su numeral 1.17, establece que en la planeación de un instrumento "es necesario verificar el contenido y el lenguaje utilizado en el instrumento y asegurarse que sea apropiado y respetuoso, así como libre de sesgo cultural y lingüístico. Este escrutinio es independiente a la verificación del contenido que se hace en la validación de reactivos y de los aspectos técnicos". Para tal fin, en el numeral 1.1 se establece la integración del Comité de sesgo, que tiene como función "vigilar que, durante el desarrollo de la evaluación, el instrumento, los materiales dirigidos a la persona que responde el instrumento y los materiales dirigidos a los usuarios de la evaluación no presenten información ofensiva, así como que su contenido no favorezca a algún sector de la población y esté libre de estereotipos de género o culturales".

Las formas específicas para prevenir el sesgo cultural y lingüístico y usar un lenguaje apropiado y respetuoso exceden el ámbito de los Criterios técnicos para el desarrollo, uso y mantenimiento de instrumentos de evaluación, por lo que es preciso ofrecer orientaciones particulares para asegurar que las evaluaciones que realiza y regula el INEE reconozcan la diversidad tanto de contextos como entre individuos. Para ello se ha elaborado el documento Criterios técnicos específicos de Diseño Universal de instrumentos de evaluación educativa (INEE, 2019), que ofrece orientaciones amplias para atender a la diversidad en la evaluación, así como el presente, que aborda la prevención del sesgo en los instrumentos de evaluación. La prevención del sesgo se realiza idealmente a través del Comité de sesgo, pero también puede llevarse a cabo mediante la acción de los comités de especificaciones, de elaboración de reactivos y tareas evaluativas y de validación.

Propósito

El propósito de este documento es favorecer la precisión en la labor del Comité de sesgo o los otros comités que pueden canalizar sus funciones (los de especificaciones, elaboración de reactivos y validación de reactivos), mediante un conjunto de criterios para identificar posibles factores de sesgo. De igual manera, pueden ser utilizados en los comités de especificaciones y de elaboración de reactivos o tareas evaluativas con el objetivo de prevenir posibles factores de sesgo desde las primeras etapas de construcción del instrumento. Se espera que estos referentes regulen la elaboración y revisión de los reactivos y tareas evaluativas para evitar la inclusión de elementos que puedan resultar en interpretaciones y decisiones injustas para determinados grupos de interés, así como la exclusión de reactivos útiles para la evaluación.

Estos criterios técnicos específicos deberán ser actualizados de manera continua para reflejar cambios que se presenten en la situación de la población de las evaluaciones, así como en el avance en el conocimiento y mejor comprensión de las fuentes de sesgo a partir de evidencia empírica.

Alcance

Los presentes criterios técnicos pretenden ser una guía para el desarrollo de instrumentos de evaluación de diferente orden (pruebas, cuestionarios o encuestas) que se elaboren dentro o fuera del instituto.

Estos criterios técnicos requieren ser validados y actualizados periódicamente en cuanto a su contenido conceptual y a los grupos de interés considerados, de manera que respondan a las problemáticas de estas poblaciones y a la configuración de la diversidad sociocultural del país.

Usuarios de los presentes criterios técnicos

Los criterios serán usados por los siguientes grupos colegiados:

· Comité de especificaciones. Tiene como función precisar y operacionalizar el objeto de medida del instrumento de evaluación, a partir de la redacción de especificaciones.

· Comité de elaboración de reactivos o tareas evaluativas. Su propósito es elaborar los reactivos o las tareas evaluativas a partir de las especificaciones previamente desarrolladas.

· Comité de validación. Tiene como función verificar que los reactivos o las tareas evaluativas del instrumento estén debidamente alineados con las especificaciones, que no presenten errores de contenido y que se redacten en un lenguaje apropiado para la población evaluada. Puede asumir las funciones del Comité de sesgo.

· Comité de sesgo. Su función consiste en vigilar en el diseño y el desarrollo de la evaluación, que el instrumento, los materiales dirigidos a la persona que responde el instrumento y los materiales

dirigidos a los usuarios de la evaluación no presenten información ofensiva, así como que su contenido no favorezca a algún sector de la población a costa de otro u otros y esté libre de estereotipos de género o culturales. Su trabajo debe permear a lo largo de las fases y pasos que aquí se describen y el organismo evaluador determinará específicamente los momentos en los que este cuerpo colegiado participará, así como las evidencias que sustentarán su participación de manera transversal.

Los criterios serán usados por el comité de especificaciones y el comité de elaboración de reactivos o tareas evaluativas como un referente para la realización de su tarea. Por otra parte, los comités de sesgo y de validación (si asume las funciones del de sesgo también) los usarán como lista de verificación para asegurar que se cumpla con cada uno de los criterios para la prevención de sesgo.

Pasos en los que son aplicados los presentes criterios técnicos

Los criterios se aplicarán durante los siguientes pasos (elementos de las fases) de construcción de un instrumento descritos en los Criterios técnicos para el desarrollo, uso y mantenimiento de instrumentos de evaluación del INEE (2017):

· 2.2 Capacitación de los comités académicos de diseño. Los Criterios técnicos específicos para la prevención de sesgo se utilizarán como material para la sensibilización de los cuerpos colegiados, con el fin de que desde el diseño eviten posibles fuentes de sesgo.

· 3.2 Capacitar al comité elaborador de reactivos o tareas evaluativas. La función de los Criterios técnicos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR