Cuarta Modificación respecto del Título de Concesión otorgado en favor de la empresa Calizas Industriales del Carmen, S.A. de C.V., para usar y aprovechar bienes de dominio público de la Federación, consistentes en una zona federal marítima para la operación de una terminal portuaria de altura de uso particular, para la carga, almacenamiento, manejo y distribución de materiales pétreos, localizada a la altura del km. 282+600 carretera Chetumal-Cancún, dentro del recinto portuario de Punta Venado, Municipio de Cozumel, en el Estado de Quintana Roo

Fecha de disposición25 Agosto 2015
Fecha de publicación25 Agosto 2015
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. CUARTA MODIFICACIÓN QUE OTORGA EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, EL LIC. GERARDO RUÍZ ESPARZA, RESPECTO DEL TÍTULO DE CONCESIÓN DE FECHA 21 DE ABRIL DE 1987, OTORGADO A FAVOR DE LA EMPRESA "CALIZAS INDUSTRIALES DEL CARMEN, S.A. DE C.V., POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL, EL LIC. ERNESTO ENRÍQUEZ CASTILLO, EN LO SUCESIVO "LA SECRETARÍA" Y "LA CONCESIONARIA", RESPECTIVAMENTE, PARA USAR Y APROVECHAR BIENES DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, CONSISTENTES EN UNA ZONA FEDERAL MARÍTIMA PARA LA OPERACIÓN DE UNA TERMINAL PORTUARIA DE ALTURA DE USO PARTICULAR, PARA LA CARGA, ALMACENAMIENTO, MANEJO Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIALES PÉTREOS, LOCALIZADA A LA ALTURA DEL KM. 282+600 CARRETERA CHETUMAL-CANCÚN, DENTRO DEL RECINTO PORTUARIO DE PUNTA VENADO, MUNICIPIO DE COZUMEL, EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Constitución.- "La Concesionaria" acreditó ante "La Secretaría" estar constituida conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles, según consta en la copia certificada de la Escritura Pública No. 984 de fecha 4 de marzo de 1986, otorgada ante la fe del Notario Público No. 4 de Cozumel, Quintana Roo, Lic. Bello Melchor Rodríguez Carrillo, cuyo testimonio se inscribió el 26 de mayo de 1986, con el número 160, a fojas 648-651, Tomo XIX, Sección IV del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Chetumal, Quintana Roo y estar inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave CIC8603049N7, documento que se agrega como Anexo Uno.

  2. Representante Legal.- El C. Ernesto Enríquez Castillo, acreditó su personalidad jurídica como representante legal de "La Concesionaria", quien cuenta con poder legal para actos de administración, sustentando la capacidad y facultades necesarias para aceptar y suscribir en nombre de su representada, el presente instrumento, como aparece en la copia certificada de la Escritura Pública No. 16,710 de fecha 20 de junio de 2014, otorgada ante la fe del Notario Público No. 34 de la ciudad de Playa del Carmen, Estado de Quintana Roo, Lic. Juan Abundio Martínez Martínez, escritura que se agrega como Anexo Dos.

  3. Domicilio.- "La Concesionaria" señala como su domicilio, el ubicado en Km. 282+600, Carretera Chetumal-Cancún, en el sitio denominado Punta Venado, jurisdicción de la Capitanía de Playa del Carmen, Municipio de Solidaridad, C.P. 77710, Quintana Roo, y en el área concesionada.

  4. Título de Concesión.- El día 21 de abril de 1987, la empresa Calizas Industriales del Carmen, S.A. de C.V., obtuvo de "La Secretaría" un Título de Concesión para construir y usar las obras e instalaciones de una terminal marítima y destinarlas para maniobras de carga de materiales pétreos de tipo calcáreo, a la altura del km 282+600 de la carretera Chetumal Cancún, en el sitio denominado "Punta Venado", jurisdicción de la capitanía de Playa del Carmen, en el Estado de Quintana Roo, con una vigencia de 20 (veinte) años, contados a partir de la fecha de su otorgamiento, documento que se agrega como Anexo Tres.

  5. Modificaciones a La Concesión.- El 30 de septiembre de 1994 "La Secretaría" otorgó a favor de "La Concesionaria" modificación al Título de Concesión de 21 de abril de 1987 y sus modificaciones de 13 de agosto de 1993 y 7 de junio de 1994, para construir, operar y explotar una terminal portuaria de carga de uso particular para el manejo de materiales pétreos, y el uso y aprovechamiento de una zona federal de 84,674.42 m2 con 609.83 m de frente de agua dentro del recinto portuario, integrada por 45,698.67 m2 de zona federal terrestre; y 38,975.75 m2 de zona federal marítima, localizada en el Km. 282+600, Carretera Chetumal-Cancún, Quintana Roo, para la construcción, operación y explotación de una terminal portuaria de uso público para transbordadores, cruceros turísticos y embarcaciones de pasajeros, así como para realizar cambio de geometría en la dársena, a través de obras de dragado y modificó la vigencia a 30 (treinta) años, documentos que se agregan como Anexo Cuatro.

  6. Solicitud de Modificación de concesión y escritos complementarios.- Mediante escritos de 3 de

    abril, 8 de mayo, 3 de agosto, 21 de octubre de 2009, 2 de agosto de 2013, 12 de septiembre y 7 de noviembre de 2014 "La Concesionaria" solicitó a "La Secretaría", una modificación al Título de Concesión a que se alude en el Antecedente V, para que entre otras cosas, la SCT otorgue un periodo adicional de hasta 13 (trece) años, que sumado al remanente del plazo de la concesión, resulte en un periodo de vigencia total de 50 (cincuenta) años, así como el otorgamiento de una modificación de concesión para el uso, aprovechamiento y explotación de una Terminal Portuaria de Altura, de uso Particular, para ser destinada a los propios fines de "La Concesionaria" para el manejo de materiales pétreos, así como para fines de terceros mediante contrato, siempre y cuando los servicios y la carga de que se trate sean de naturaleza similar a los autorizados originalmente para la terminal, a ubicarse en el predio conocido como Punta Venado, Municipio de Cozumel, en el Estado de Quintana Roo a que se alude en el Antecedente V, documentos todos ellos que se agregan como Anexo Cinco.

  7. Exclusión de áreas.- En relación con la solicitud de modificación de concesión referida en el numeral VI anterior, "La Concesionaria" acordó excluir de la concesión el área de la terminal de uso público, por lo que las obras e instalaciones adheridas de manera permanente a la terminal de uso público pasan al dominio de la Nación, sin costo alguno y libres de todo gravamen, en términos de lo previsto en el artículo 36 de la Ley de Puertos, conforme al plano DGP-T-03 de noviembre de 2014, mismo que se agrega como Anexo Seis.

  8. Renuncia.- Para efectos de la reestructura mencionada en el numeral anterior, en escrito de fecha 8 de mayo de 2009, "La Concesionaria" renunció a sus derechos y obligaciones derivados del título de la concesión original a que se hace referencia en el punto IV anterior, única y exclusivamente con respecto al área de la terminal de uso público referida en dicho numeral IV anterior, en virtud del documento cuya copia se agrega como Anexo Siete, por lo cual, dicha renuncia parcial de la concesión original resultó en que las obras e instalaciones adheridas permanentemente a la terminal de uso público pasarán al dominio de la Nación, sin costo alguno y libres de todo gravamen, en términos de lo previsto en el artículo 36 de la Ley de Puertos y formarán parte del Título de Concesión otorgado a la Administración Portuaria Integral de Quintana Roo, S.A. de C.V.

  9. Justificación para el otorgamiento de la Cuarta Modificación del Título de Concesión.- A efecto de otorgar la modificación al Título de Concesión al que se alude en el Antecedente VI, será necesario tomar en consideración que:

    1. La Dirección de Obras Marítimas y Dragado, adscrita a la Dirección General de Puertos, aprobó el Plano No. DGP-T-02 de noviembre de 2014, para continuar operando la Terminal Portuaria de Altura de uso Particular, describiendo las instalaciones de la Terminal como a continuación se indica:

      CUADRO RESUMEN DE ÁREAS
      ÁREA
      METROS CUADRADOS
      POLÍGONO "A" ÁREA DE TIERRA TERMINAL PRIVADA
      19,850.655 m²
      POLÍGONO "B" ZONA FEDERAL MARÍTIMA TERMINAL PRIVADA
      POLÍGONO "E" ÁREA DE USO COMÚN
      78,852.380 m2
      21,360.357 m2
      TOTAL POLIGONAL TERMINAL PRIVADA
      120,063.392 m²

      Plano que se agrega como Anexo Ocho.

    2. La Dirección de Finanzas y Operación Portuaria, dependiente también de la Dirección General de Puertos, manifestó por conducto del oficio No. 7.3.0.2.214.2013 de fecha 25 de octubre de 2013, en el que consiste "que con la información proporcionada por el concesionario, se justifica la ampliación solicitada. Así mismo habría que añadir que en los flujos financieros presentados a la autoridad portuaria, se afirma que se canalizan inversiones por $84.5 millones de pesos en el plazo de la ampliación, que se agregan al beneficio de la economía regional por el pago de sueldos, salarios y prestaciones a los empleados, además de los pagos por la concesión y la derrama natural del negocio".

      Instrumento que se incluye como Anexo Nueve.

  10. Autorización del otorgamiento de la Cuarta Modificación al Título de Concesión.- Con base en el análisis de la documentación e información detallada en los Antecedentes VI, VII, VIII y IX del presente instrumento y sus correspondientes Anexos Cinco, Seis, Siete, Ocho y Nueve, esta Secretaría por conducto de la Dirección General de Puertos, ha resuelto autorizar el otorgamiento de la Cuarta Modificación del Título de Concesión a que se alude en Antecedente VI, para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación de una Terminal Portuaria de Altura de uso Particular por un periodo adicional de 13 (trece) años contados a partir del 30 de septiembre de 2024 hasta el día 20 de abril de 2037.

  11. Justificación y Autorización de la modificación íntegra del Título de Concesión.- Con la finalidad de actualizar el Título de Concesión a que se alude en el Antecedente IV, y a efecto de dar debido cumplimiento a la legislación vigente, se autoriza la incorporación en el presente instrumento, de todas aquellas condiciones necesarias tendientes a la ejecución de su objeto.

  12. Aprovechamientos.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante oficio número 349-B-331 de fecha 22 de octubre de 2014, emitido por el Jefe de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios y publicado en el Diario Oficial de la Federación el día...

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