Respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-230-SSA1-2002, Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Requisitos sanitarios que deben cumplir con los sistemas de abastecimiento públicos y privados durante el manejo del agua. Procedimientos sanitarios para el muestreo, publicado el 1 de...
Fecha de disposición | 02 Junio 2005 |
Fecha de publicación | 02 Junio 2005 |
Emisor | SECRETARIA DE SALUD |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
RESPUESTA a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-230-SSA1-2002, Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Requisitos sanitarios que deben cumplir con los sistemas de abastecimiento públicos y privados durante el manejo del agua. Procedimientos sanitarios para el muestreo, publicado el 1 de agosto de 2003.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.
RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-230-SSA1-2002. SALUD AMBIENTAL. AGUA PARA USO Y CONSUMO HUMANO. REQUISITOS SANITARIOS QUE DEBEN CUMPLIR CON LOS SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO PUBLICOS Y PRIVADOS DURANTE EL MANEJO DEL AGUA. PROCEDIMIENTOS SANITARIOS PARA EL MUESTREO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 1 DE AGOSTO DE 2003.
ERNESTO ENRIQUEZ RUBIO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 fracciones XIV y XV, 13 Apartado A fracciones I, IV, V, IX y X, 17 bis, 116, 118 fracciones II, IV, V y VII, 119 fracción II, 122, 132, 194, 207, 393, 394, 395, 396 fracción I, 399 y demás aplicables de la Ley General de Salud; 47 fracciones II y III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 2 literal C fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 3 fracciones I inciso n y II, y 12 fracción III del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios ordena la publicación de la respuesta a los comentarios recibidos al proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-230-SSA1-2002. Salud Ambiental. Agua para uso y consumo humano. Requisitos sanitarios que deben cumplir con los sistemas de abastecimiento públicos y privados durante el manejo del agua. Procedimientos sanitarios para el muestreo:
Numeral y promovente | Respuesta |
Ing. Juan Serratos Título Propone incluir: ...se, entre que y deben... Propone sustituir con los sistemas... por:... que deben cumplir en los sistemas ... | Se acepta, quedando de la siguiente forma. Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-230-SSA1-2002, Salud Ambiental. Agua para uso y consumo humano. Requisitos sanitarios que se deben de cumplir en los sistemas de abastecimiento públicos y privados durante el manejo del agua. Procedimientos sanitarios para el muestreo. Esta corrección se hará en todos los casos en que aparezca el Título de la norma. |
Cámara Nacional de las Industrias de la Celulosa y de Papel, A.C. Referencias Señala que el documento carece de las referencias a las NMX sobre métodos de prueba para los parámetros de la norma. | En esta norma no se establecen métodos de prueba, no siendo necesario hacer referencia a éstos, por lo que el comentario no procede. |
Ing. Juan Serratos Definiciones 3.4.Bitácora Sugiere completar la definición de: bitácora.-libro foliado para registrar datos de las actividades de higiene y control sanitario, para un año de pozos, sistemas de abastecimiento, almacenamiento, potabilización, conducción de agua para uso y consumo humano . | El propósito de la definición es tener los elementos mínimos necesarios para que se comprenda el concepto de bitácora. El tiempo que se requiere conservarlas y los elementos a las que aplica, son parte de las especificaciones de la norma, por lo que la propuesta no procede. |
Ing. Juan Serratos 3.7 Cisterna Propone sustituir la palabra Depósito por la palabra recipiente (tanque o estanque). | Se acepta parcialmente, quedando de la siguiente manera: |
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