Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer los cupos de importación de vehículos automotores usados para empresas comerciales de autos usados

Fecha de disposición31 Diciembre 1999
Fecha de publicación31 Diciembre 1999
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO que modifica el diverso por el que se dan a conocer los cupos de importación de vehículos automotores usados para empresas comerciales de autos usados.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

HERMINIO BLANCO MENDOZA, Secretario de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en los artículos 5o. fracción V, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 26 al 36 de su Reglamento; 1 y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, y 1o., 2o. y 4o. segundo párrafo del Decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos automotores usados, por parte de empresas comerciales de autos usados, destinados a permanecer en la franja fronteriza norte del país, en los estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial del Estado de Sonora y en el municipio fronterizo de Cananea, Estado de Sonora, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 1 de julio de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos de importación de vehículos automotores usados para empresas comerciales de autos usados para el segundo semestre de 1999;

Que de conformidad con la Ley de Comercio Exterior, la forma en que la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial puede regular la entrada de productos usados al amparo del citado Decreto, es mediante un cupo de importación;

Que el número de vehículos a importar por cada empresa comercial de autos usados debe establecerse tomando en cuenta el equilibrio entre la oferta de vehículos nacionales nuevos y usados y la importación histórica de unidades usadas para el desarrollo de las actividades económicas de estas regiones;

Que para establecer el cupo, se ha tomado en cuenta el promedio mensual de importaciones de vehículos usados a estas regiones por empresa en el año de 1999;

Que el cupo debe permitir la mayor posibilidad de desarrollo de las actividades comerciales de las empresas comerciales de autos usados, sin afectar la oferta de vehículos nacionales nuevos ni constituirse en una práctica desleal de comercio internacional;

Que el mecanismo de asignación de cupo de vehículos automotores usados es un mecanismo transparente que propicia condiciones equitativas entre los beneficiarios y no constituye un obstáculo al comercio, además de contar con la...

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