Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-023-RECNAT-2000, Que establece las especificaciones técnicas que deberá contener la cartografía y la clasificación para la elaboración de los inventarios de suelos

Fecha de disposición06 Octubre 2000
Fecha de publicación06 Octubre 2000
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-023-RECNAT-2000, Que establece las especificaciones técnicas que deberá contener la cartografía y la clasificación para la elaboración de los inventarios de suelos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.

El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Conservación, Protección, Restauración y Aprovechamiento de los Recursos Forestales y de Suelos y de Costas, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como en el artículo 33 de su Reglamento, ordena la publicación del siguiente Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-023-RECNAT-2000, Que establece las especificaciones técnicas que deberá contener la cartografía y la clasificación para la elaboración de los inventarios de suelos.

El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Conservación, Protección, Restauración y Aprovechamiento de los Recursos Forestales y de Suelos y de Costas en sesión celebrada el 7 de agosto de 2000, y se publica para consulta pública de conformidad con el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a efecto de que los interesados dentro de los sesenta días naturales siguientes a la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten sus comentarios ante el citado Comité, sito en avenida Periférico Sur número 4209, 1er. piso, colonia Jardines en la Montaña, código postal 14210, Delegación Tlalpan.

Durante el plazo antes mencionado, los estudios que sirvieron de base, así como la Manifestación de Impacto Regulatorio del Proyecto de Norma, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité.

PREFACIO

En la elaboración del proyecto de Norma Oficial Mexicana, participaron representantes de las dependencias e instituciones siguientes:

Por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, la Dirección General de Geografía.

Por el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias, la División Agrícola.

Por la Universidad Nacional Autónoma de México, el Instituto de Geografía y Geología.

Por la Universidad Autónoma de Chapingo, el Departamento de Suelos y sus Centros Regionales.

Por la Universidad Autónoma José Antonio Narro el Departamento de Suelos de Saltillo y de La Laguna.

El Colegio de Postgraduados de Chapingo.

El Instituto Mexicano de la Transformación del Agua y Suelo.

NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-023-RECNAT- 2000, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS QUE DEBERA CONTENER LA CARTOGRAFIA Y LA CLASIFICACION PARA LA ELABORACION DE LOS INVENTARIOS DE SUELOS

JULIA CARABIAS LILLO, Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 32 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. fracciones II, V y VII, 4o., 5o. fracciones III, V, XI y XVII, 6o., 36 fracción V, 37 y 37 Bis y 98 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 5o. del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental; 1o. fracción X, 5o. fracciones I, III, IX y XVIII, 9o., 10 y 44 de la Ley Forestal; 1o., 9o., 10, 11 y 12 de su Reglamento y 38, 39 fracción V, 40 fracciones X y XVIII, 45, 46 fracción II, y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-023-RECNAT-2000, Que establece las especificaciones técnicas que deberá contener la cartografía y la clasificación para la elaboración de los inventarios de suelos.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Especificaciones de los procedimientos cartográficos

  6. Grado de concordancia con normas y recomendaciones internacionales

  7. Bibliografía

  8. Observancia de la norma

  9. Introducción

    0.1 Que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, establece que la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, requieren previamente la autorización de la Secretaría, en materia de impacto ambiental.

    0.2 Que es competencia de la Secretaría la formulación, aplicación y vigilancia de la política ambiental en el territorio nacional, siendo una de sus prioridades el Inventario Nacional de Recursos Naturales.

    0.3 Que los estudios oficiales e inventarios de suelos han estado a cargo de diferentes dependencias e instituciones públicas, y la información edafológica generada, está dispersa e incompleta para su integración en una base de información nacional para su óptimo manejo.

    0.4 Que se ha evaluado el recurso con diferentes métodos, propiciando que la información no sea factible de integrar cabalmente debido a la heterogeneidad de sus escalas, formatos y procedimientos de elaboración.

    0.5 Que la información cartográfica de los suelos es general y está incompleta, teniendo aproximadamente 20 años de antigüedad, y consecuentemente su información contenida es una referencia poco detallada en las aplicaciones actuales.

    0.6 Que existe un gran interés entre dependencias, instituciones y usuarios del recurso suelo en la integración de la información, en un inventario completo, confiable y accesible, que determine la planeación, actividades productivas sobre una base cartográfica sólida de los recursos edáficos, sin permitir que se deterioren y degraden.

  10. Objetivo y campo de aplicación

    La presente Norma es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional, y tiene por objetivo . establecer las especificaciones técnicas que deberá contener la cartografía y la clasificación para la elaboración de los inventarios de suelos, que deben observar las personas físicas o morales que realicen inventarios y estudios en esta materia.

  11. Referencias

    Esta Norma se complementa con las siguientes normas oficiales mexicanas:

    Norma Oficial Mexicana NOM-001-ECOL-1996, Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1997.

    Norma Oficial Mexicana NOM-060-ECOL-1994, Que establece las especificaciones para mitigar los efectos adversos ocasionados en los suelos y cuerpos de agua por el aprovechamiento forestal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 1994.

    Norma Oficial Mexicana NOM-062-ECOL-1994, Que establece las especificaciones para mitigar los efectos adversos sobre la biodiversidad que se ocasionen por el cambio de uso del suelo de terrenos forestales a agropecuarios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 1994.

    Norma Oficial Mexicana NOM-083-ECOL-1996, Que establece las condiciones que deben reunir los sitios destinados a la disposición final de los residuos sólidos municipales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 1996.

  12. Definiciones

    Para los efectos de esta Norma, se entiende por:

    3.1 Area mínima cartografiable. Superficie menor que puede ser representada sobre un mapa, de acuerdo a criterios que dependen del tipo de levantamiento de suelos que se realice.

    3.2 Barrenación. Perforación vertical que se hace a un suelo, generalmente con una barrena de gusano, para identificar y diferenciar suelos con base en una clave preestablecida.

    3.3 Asociación de suelos. Agrupación de suelos distintos que ocurren en la misma posición del paisaje y representados por vecindad geográfica dentro de una unidad cartográfica.

    3.4 Cartografía de suelos. Proceso de mapeo mediante el cual se delimita y representa la distribución espacial de los suelos de una determinada área.

    3.5 Clasificación de suelos. Agrupamiento y sistematización de suelos en clases para su representación y manipulación adecuada; se reconocen dos tipos de clasificaciones de suelos, las taxonómicas y las técnicas o interpretativas.

    3.6 Clasificación taxonómica. Ordenamiento y agrupamiento sistemático de suelos en taxas que comparten características genéticas y morfológicas homogéneas para la denominación de los suelos de un área, con base en un sistema internacionalmente aceptado.

    3.7 Clasificación técnica o interpretativa de suelos. Agrupación de suelos previamente clasificados con un propósito específico tales como uso potencial, la clasificación por aptitud al riego, la clasificación por capacidad/fertilidad, etc.

    3.8 Compilación. Proceso de generalización de información cartográfica de...

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