Decreto por el que se declara de utilidad pública la construcción, conservación y mantenimiento del Entronque Acceso al Puerto de Manzanillo en la carretera Libramiento Manzanillo y se expropia una superficie de 30,302.071 metros cuadrados

Fecha de disposición14 Noviembre 2012
Fecha de publicación14 Noviembre 2012
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo, de la propia Constitución; 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 143, fracción VII, de la Ley General de Bienes Nacionales; 1o., fracción XII, 2o., 3o., y 4o., de la Ley de Expropiación, en relación con el primer párrafo del artículo tercero transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley de Expropiación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2009; 36 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, está llevando a cabo la adquisición de los terrenos que ocupan el Entronque Acceso al Puerto de Manzanillo en la carretera Libramiento Manzanillo, ubicados en el Municipio de Manzanillo, Estado de Colima;

Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes llevó a cabo los estudios técnicos y proyectos conforme a los cuales se determinó que los terrenos que son objeto del presente Decreto, ubicados en el Municipio de Manzanillo, Estado de Colima, son los más apropiados para la construcción, conservación y mantenimiento de la obra a que se refiere el considerando que antecede, en virtud de que los mismos reunieron las características específicas que se requieren para este tipo de infraestructura;

Que el entronque de referencia es parte integrante de la carretera Libramiento Manzanillo, el cual contribuye a su modernización y permite enlazar la carretera federal ManzanilloCihuatlán y el Libramiento Manzanillo con las poblaciones de Manzanillo, Miramar, Santiago, Salahua y Tapeixtles. Asimismo, beneficia directamente las actividades agropecuarias, de pesca y turismo de los estados de Colima, Jalisco y Nayarit, facilita la incorporación y la salida de vehículos de una manera sencilla y segura a través de los carriles de aceleración y desaceleración que conforman el entronque y brinda seguridad al usuario en la elección de la carretera Libramiento Manzanillo o de la carretera federal, lo que justifica la utilidad pública para la adquisición de los terrenos que se mencionan en el considerando primero de este Decreto;

Que la autoridad integró el expediente de expropiación número 01/COL/2008, en el cual constan los elementos técnicos que justifican la idoneidad de los bienes materia de la presente expropiación para atender la causa de utilidad pública señalada en el artículo primero de este Decreto, entre otros, la selección de la ruta, estudios fotogramétricos, anteproyecto y proyecto constructivo de terracerías realizados sobre los terrenos que por su ubicación son indispensables para completar el derecho de vía de la mencionada carretera, así como las constancias relativas a la garantía de audiencia otorgada mediante la notificación de inicio del procedimiento expropiatorio, lo que se llevó a cabo mediante edictos publicados en...

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