Resolución que declara como terreno nacional el predio La Reserva, expediente número 733328, Municipio de Tula, Tamps

Fecha de disposición30 Enero 2002
Fecha de publicación30 Enero 2002
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución que declara como terreno nacional el predio La Reserva, expediente número 733328, Municipio de Tula, Tamps.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.- Subsecretaría de Ordenamiento de la Propiedad Rural.- Dirección General de Ordenamiento y Regularización.

RESOLUCION

Visto para resolver el expediente número 733328, y

RESULTANDOS

1o.- Que en la Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización, se encuentra el expediente número 733328, relativo al procedimiento de investigación, deslinde y levantamiento topográfico respecto del presunto terreno nacional denominado La Reserva , con una superficie de 04-93-90 (cuatro hectáreas, noventa y tres áreas, noventa centiáreas), localizado en el Municipio de Tula del Estado de Tamaulipas.

2o.- Que con fecha 27 de septiembre de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el aviso de deslinde con el propósito de realizar, conforme al procedimiento, las operaciones de deslinde que fueran necesarias.

3o.- Que como se desprende del dictamen técnico número 709659, de fecha 25 de agosto de 2000, emitido en sentido positivo, el predio en cuestión tiene las coordenadas de ubicación geográfica y colindancias siguientes:

De latitud Norte 22 grados, 49 minutos, 52 segundos; y de longitud Oeste 99 grados, 40 minutos, 55 segundos, y colindancias:

AL NORTE: Rosalío García

AL SUR: Isabel Torres y Lorenzo García

AL ESTE: Tomás Acuña

AL OESTE: Fidencio Torres

CONSIDERANDOS

  1. Esta Secretaría es competente para conocer y resolver sobre la procedencia o improcedencia de la resolución que declare o no el terreno como nacional en torno al predio objeto de los trabajos de deslinde, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 constitucional; 160 de la Ley Agraria; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 111, 112, 113 y 115 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, así como 4o., 5o. fracción XIX, 6o. y 12 fracciones I y II de su Reglamento Interior.

  2. Una vez revisados los trabajos de deslinde, a fin de verificar que éstos se desarrollaron con apego a las normas técnicas, habiéndose realizado los avisos, notificaciones y publicaciones que exigen los ordenamientos legales, según se acredita con la documentación que corre agregada a su expediente, se desprende que con fecha 25 de agosto de 2000 se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR