Acuerdo mediante el cual se declaran como libres de las especies de Brucella spp los municipios que conforman la zona norte de Sonora

Fecha de disposición26 Noviembre 2003
Fecha de publicación26 Noviembre 2003
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se declaran como libres de las especies de Brucella spp los municipios que conforman la zona norte de Sonora.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

JAVIER BERNARDO USABIAGA ARROYO, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 y 35 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 3o., 4o. fracción IV, y 14 de la Ley Federal de Sanidad Animal; 6o. fracción XXII, 49 fracciones II, IV, V, VI y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y lo establecido en el punto 6.4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la Brucelosis de los Animales, y

CONSIDERANDO

Que es facultad de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, declarar zonas libres de enfermedades y plagas que afectan a los animales.

Que por acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 1996, se estableció en el territorio nacional con carácter obligatorio, la Campaña Nacional contra la Brucelosis en los Animales, estableciendo los procedimientos, actividades, criterios, estrategias y técnicas operativas para su prevención, control y erradicación.

Que desde 1998, no se ha detectado la presencia de las especies de Brucella spp que forman colonias lisas y causan la brucelosis bovina y que el Gobierno Federal, en coordinación con el Gobierno Estatal de Sonora, así como con los ganaderos de esa entidad federativa, han desarrollado y ejecutado acciones para el diagnóstico, control, erradicación y vigilancia epidemiológica tanto activa como pasiva, cuyos resultados es posible evaluar de conformidad con los objetivos y procedimientos que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-041-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la Brucelosis de los Animales.

Que de acuerdo con los datos técnicos de las acciones sanitarias realizadas, se confirma que se ha llevado a cabo una efectiva vigilancia epidemiológica y actividades de control, mediante la toma de muestras de sueros, procedentes de 100% de los rastros que sacrifican bovinos en Sonora, así como de explotaciones ganaderas, procesadas en diversos laboratorios de diagnóstico autorizados por...

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