Declaratoria de cancelación de las normas mexicanas NMX-J- 041-1965, NMX-J-076-1982, NMX-J-080-1965, NMX-J-086-1982, NMX-J-091-1982, NMX-J-113-1970, NMX-J-117-1982, NMX-J-120-1970, NMX-J-137-1982, NMX-J-153-1972, NMX-J-168-1980, NMX-J- 219-1976, NMX-J-223-1976, NMX-J-225-1976, NMX-J-233-1976, NMX-J-288-1981, NMX-J-299- 1993-SCFI y NMX-J-408-1980

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas. DECLARATORIA DE CANCELACIÓN DE LAS NORMAS MEXICANAS NMX-J-041-1965, NMX-J-076-1982, NMX-J-080-1965, NMX-J-086-1982, NMX-J-091-1982, NMX-J-113-1970, NMX-J-117-1982, NMX-J-120-1970, NMX-J-137-1982, NMX-J-153-1972, NMX-J-168-1980, NMX-J-219-1976, NMX-J-223-1976, NMX-J-225-1976-1976, NMX-J-233-1976, NMX-J-288-1981, NMX-J-299-1993-SCFI y NMX-J-408-1980.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, y 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 fracción V de su Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 22 fracciones I, IX, XI y XXI del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de cancelación de las normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que fueron elaboradas, aprobadas y publicadas como normas mexicanas bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado "Asociación de Normalización y Certificación, A.C.", lo cual se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.

La cancelación de las presentes Normas Mexicanas NMX-J-041-1965, NMX-J-076-1982, NMX-J-080-1965, NMX-J-086-1982, NMX-J-091-1982, NMX-J-113-1970, NMX-J-117-1982, NMX-J-120-1970, NMX-J-137-1982, NMX-J-153-1972, NMX-J-168-1980, NMX-J-219-1976, NMX-J-223-1976, NMX-J-225-1976-1976, NMX-J-233-1976, NMX-J-288-1981, NMX-J-299-1993-SCFI y NMX-J-408-1980 surtirá efecto al día siguiente de la publicación de esta declaratoria de cancelación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

MÉTODO DE PRUEBA PARA LA DETERMINACIÓN DE RESISTENCIA ELÉCTRICA Y RESISTIVIDAD EN MATERIALES METÁLICOS CONDUCTORES DE ELECTRICIDAD.
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma establece el método de prueba de que sea los puentes de Kelvin, Wheatstone y Hoopes para la determinación de la resistividad en materiales metálicos conectores de electricidad, las condiciones que deben cumplir sus especificaciones, alcance y campo de aplicación.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana no es equivalente (NEQ) con ninguna norma internacional.
CALENTADORES ELÉCTRICOS DE BIBERONES PARA BEBÉS
Objetivo y campo de aplicación
La presente Norma tiene por objeto establecer las características de seguridad y funcionamiento que deben cumplir los calentadores eléctricos de biberones, usados para calentar alimento para bebés a una temperatura predeterminada conteniendo alimento en un biberón y usando agua intercambiable como medio de calor.
Esta Norma no se aplica a los esterilizadores de comida para bebés, esterilizadores en seco o a presión de vapor para biberones.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana es no equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional.

INTERRUPTORES AUTOMOTRICES, PARA CAMBIO DE LUCES, ACCIONADOS CON EL PIE
Objetivo y campo de aplicación
Aplica al interruptor automotriz para cambio de luces, dispositivo que al ser accionado con el pie, conecta o desconecta al elemento que da la mayor intensidad luminosa. Esta clase de interruptor es apropiado para utilizarse en cualquier vehículo automotriz.

Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana es no equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional.
CONTACTO ELÉCTRICO ACCIDENTAL-MÉTODO DE PRUEBA
Objetivo y campo de aplicación
La presente Norma establece el procedimiento a seguir para el uso de probadores de contacto eléctrico accidental destinados a determinar la inaccesibilidad de partes bajo tensión de aparatos eléctricos y similares; previniendo la posibilidad de un contacto eléctrico accidental entre el aparato y quien lo utiliza. Comprende también la prueba contra inaccesibilidad de aquellos aparatos que contienen elementos calefactores con visible enrojecimiento y las partes que soportan tales elementos. Se aplica a aparatos cuya tensión nominal no exceda de 440 V.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana es no equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional.
FRAGILIDAD EN FRÍO DE MATERIALES TERMOPLÁSTICOS Y TERMOFIJOS MÉTODO DE PRUEBA
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma establece el método de prueba para determinar la temperatura a la cual presenta fallas de fragilidad bajo condiciones de impacto...

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