Declaratoria de cancelación de las Normas de Referencia que se indican.
Fecha de disposición | 28 Noviembre 2019 |
Fecha de publicación | 28 Noviembre 2019 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | UNICA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas. DECLARATORIA DE CANCELACIÓN DE LAS NORMAS DE REFERENCIA NRF-010-PEMEX-2014, ESPACIAMIENTOS MÍNIMOS Y CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE INSTALACIONES INDUSTRIALES, NRF-065-PEMEX-2014, RECUBRIMIENTO A PRUEBA DE FUEGO EN ESTRUCTURAS Y SOPORTES DE EQUIPOS, NRF-081-PEMEX-2014, MEDICIÓN ULTRASÓNICA DE HIDROCARBUROS EN FASE GASEOSA, NRF-104-PEMEX-2014, SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN INSTALACIONES DE PEMEX-EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, NRF-170-PEMEX-2014, TURBINAS DE VAPOR PARA SERVICIOS ESPECIALES, NRF-193-PEMEX-2014, CAMBIADORES DE PLACAS, NRF-205-PEMEX-2014, SISTEMA DE GAS Y FUEGO. TABLEROS DE SEGURIDAD, NRF-206-PEMEX-2014, TRATAMIENTOS INTEGRALES DEL AGUA DE TORRES DE ENFRIAMIENTO, NRF-306-PEMEX-2014, QUEMADORES DE ALTA EFICIENCIA Y BAJOS NOX, NRF-307-PEMEX-2014, HERRAMIENTA HIDRÁULICA PARA SEPARACIÓN DE BRIDAS Y CORTE DE TUERCAS, NRF-309-PEMEX-2014, ROPA DE PROTECCIÓN PERSONAL TIPO DESECHABLE CONTRA POLVOS, NRF-310-PEMEX-2014, ANALIZADOR DE METALES PORTÁTIL, NRF-316-PEMEX-2014, ANALIZADOR CONTINUO DE AZUFRE TOTAL DE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS, NRF-317-PEMEX-2014, ANALIZADOR CONTINUO TIPO ESPECTRÓMETRO PARA MEDICIÓN DE RON/MON, NRF-319-PEMEX-2014, INSTRUMENTO MEDIDOR DE FLUJO MÁSICO TIPO DISPERSIÓN TÉRMICA.
La Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, último párrafo y 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 36, fracciones I y IX del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Cancelación de las Normas de Referencia que se enlistan a continuación, mismas que se encuentran bajo el ámbito de competencia de Petróleos Mexicanos (PEMEX).
La cancelación de estas Normas de Referencia, surtirá efectos a partir del día siguiente de la publicación de esta Declaratoria de Cancelación en el Diario Oficial de la Federación.
CLAVE O CÓDIGO | TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA |
NRF-010-PEMEX-2014 | ESPACIAMIENTOS MÍNIMOS Y CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE INSTALACIONES INDUSTRIALES
|
Objetivo y campo de aplicación Establecer los espaciamientos mínimos y criterios para la distribución de equipos, plantas de proceso, unidades de servicios principales, edificios e infraestructura que formen parte de las instalaciones industriales terrestres donde existan peligros de incendio y/o explosión.
Esta NRF es de aplicación general y observancia obligatoria en proyectos que impliquen la contratación de los Servicios objeto de la misma, que lleven a cabo los centros de trabajo de PEMEX. Por lo que se debe incluir en los procedimientos de contratación por Licitación Pública, Invitación a cuando menos tres personas o Adjudicación directa; como parte de los requisitos que debe cumplir el Licitante o Contratista.
| |
Concordancia con normas internacionales No tiene concordancia.
| |
NRF-065-PEMEX-2014 | RECUBRIMIENTO A PRUEBA DE FUEGO EN ESTRUCTURAS Y SOPORTES DE EQUIPOS
|
Objetivo y campo de aplicación Establecer los requisitos para la adquisición y aplicación de Recubrimiento para Protección Pasiva Contra Fuego para proteger las estructuras y soportes metálicos en las instalaciones industriales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
Esta Norma de Referencia es de aplicación general y observancia obligatoria en la adquisición de los bienes objeto de la misma, que lleven a cabo los centros de trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Por lo que debe ser incluida en los procedimientos de contratación: licitación pública, invitación a cuando menos tres personas, o adjudicación directa, como parte de los requisitos que debe cumplir el proveedor, contratista o licitante.
|
Concordancia con normas internacionales La presente norma de referencia concuerda parcialmente con la norma de referencia NRF-072-PEMEX-2009 Muros Contra incendio.
| |
NRF-081-PEMEX-2014 | MEDICIÓN ULTRASÓNICA DE HIDROCARBUROS EN FASE GASEOSA
|
Objetivo y campo de aplicación Establecer las especificaciones que deben cumplir los tubos de medición ultrasónica, para su utilización en la medición de hidrocarburos en fase gaseosa.
Esta Norma de Referencia es de aplicación general y observancia obligatoria en la adquisición del tubo de medición ultrasónico, para aplicaciones de transferencia de custodia en la medición de flujo de hidrocarburos en fase gaseosa; que lleven a cabo los centros de trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Por lo que debe ser incluida en los procedimientos de contratación por: licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa; como parte de los requisitos que debe cumplir el proveedor, contratista o licitante.
| |
Concordancia con normas internacionales Esta Norma de Referencia no tiene concordancia con ninguna Norma Oficial Mexicana, Norma Mexicana o Norma Internacional.
| |
NRF-104-PEMEX-2014 | SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN INSTALACIONES DE PEMEX-EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN
|
Objetivo y campo de aplicación Establecer los requisitos técnicos y documentales que deben cumplir los sistemas de tratamiento de aguas residuales que se adquieran o arrienden con servicios de operación, mantenimiento y disposición de residuos en las instalaciones de PEMEX-Exploración y Producción, para cumplir con la Normatividad de los procesos administrativos y además lograr los parámetros y las concentraciones de contaminantes indicadas en la Normatividad Ambiental para prevenir, controlar y mitigar la contaminación del agua.
Esta Norma de Referencia es de aplicación general y observancia obligatoria para la adquisición o arrendamiento con servicios de operación, mantenimiento y disposición de residuos de los sistemas de tratamiento de aguas residuales, que lleven a cabo los centros de trabajo de PEMEX-Exploración y Producción, por lo que debe ser incluida en los procedimientos de contratación: licitación pública, invitación a cuando menos tres personas, o adjudicación directa y en los contratos como parte de los requisitos que debe cumplir el licitante, proveedor o contratista.
|
Concordancia con normas internacionales Esta Norma de Referencia no concuerda con ninguna Norma Mexicana o Internacional.
| |
NRF-170-PEMEX-2014 | TURBINAS DE VAPOR PARA SERVICIOS ESPECIALES
|
Objetivo y campo de aplicación Establecer los requisitos técnicos y documentales que deben cumplir las turbinas de vapor para servicio especial que se adquieran en las instalaciones industriales de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios.
Esta Norma de Referencia es de aplicación general y observancia obligatoria para la adquisición de los bienes objeto de la misma, que lleven a cabo los centros de trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Por lo que se debe incluir en los procedimientos de contratación: licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa, como parte de los requisitos que debe cumplir el proveedor, contratista o licitante.
|
Concordancia con normas internacionales Esta norma de referencia difiere parcialmente de la norma internacional ISO 10437/API 612:2005, en sus numerales: 6.1.1, 6.1.4, 6.1.5, 6.1.6b, 6.1.6e, 6.1.9, 6.1.13, 6.1.15, 6.1.16, 6.1.17, 6.1.18, 7.1.12, 7.1.15f, 7.2.3, 8.1.1, 8.1.4, 9.1.4, 9.2.5, 9.5.1, 9.6.1, 9.6.3, 9.6.6, 9.6.7, 10.3.6, 11.1.1, 11.1.6, 11.1.9, 11.1.15, 11.3.3b, 12.2.3, 12.2.13, 12.3.1.3, 12.3.4.1, 12.3.4.2, 12.4.3, 12.4.5, 12.4.8, 12.4.9, 12.5.1, 13, 15.1.2, 15.3.1.1, 15.3.1.9, 15.3.1.13, 15.3.2.1, 15.3.2.2, 15.3.2.3, 15.3.2.5, 15.3.2.7, 15.3.1, 15.5.2, 15.6.2, 15.7.1, 15.8.1, 15.8.5, 15.8.7, 15.9.3, 16.1.7, 16.1.8, 16.2.1.3, 16.2.2, 16.2.3.3, 16.2.3.4, 16.3.2, 16.3.3, 16.3.3.3e, 16.3.4.2, 16.3.4.3, 16.3.4.4, 16.3.4.5, 16.3.4.6, 16.3.4.7, 16.3.4.8, 16.3.4.9, 16.3.4.10, 16.3.4.11, 16.4.3j, 17.3.4.4 y no tiene concordancia con normas mexicanas.
| |
NRF-193-PEMEX-2014 | CAMBIADORES DE PLACAS
|
Objetivo y campo de aplicación Establecer los requerimientos técnicos y documentales para la adquisición o contratación del diseño, selección de materiales, fabricación, inspección, pruebas y embarque de Cambiadores de calor tipo placas, incluyendo las placas para sustitución y/o mantenimiento de equipos para las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
Esta norma es de aplicación general y observancia obligatoria en la adquisición o contratación de los servicios objeto de la misma, que lleven a cabo los centros de trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Por lo que, debe ser incluida en los procedimientos de contratación: Licitación Pública, invitación a cuando menos tres personas, o Adjudicación Directa, como parte de los requisitos que debe cumplir el proveedor, contratista o licitante.
| |
Concordancia con normas internacionales Esta norma coincide parcialmente con la norma internacional ISO 15547-1:2005, Petroleum, petrochemical and natural gas industries-Plate-type heat exchangers -Part 1: Plate-and-frame heat...
|
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba