Declaratoria de Desastre Natural por la presencia de lluvia severa, inundación pluvial e inundación fluvial ocurridas del 30 de julio al 1 de agosto de 2020 en 13 municipios del Estado de Durango.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. DAVID EDUARDO LEÓN ROMERO, Coordinador Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 y 30 Bis fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62, 63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 102 y 103 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 22 fracciones II, V y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 6 fracción II, incisos c), d) y e), 7, 8, 9 y 10 del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales" (Reglas Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010; así como el numeral 4 primer párrafo y demás relativos aplicables de los "Lineamientos de Operación específicos del Fondo de Desastres Naturales" (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno de México el día 31 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO

Que mediante oficio número TPE/080/2020 de fecha 4 de agosto de 2020, en cumplimiento al artículo 7 de las Reglas Generales, el Gobernador del Estado de Durango, Lic. José Rosas Aispuro Torres, solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural perturbador que acaeció en los municipios de Cuencamé, Durango, Guadalupe Victoria, Mezquital, Otáez, Pánuco de Coronado, Peñón Blanco, Rodeo, San Bernardo, San Dimas, San Juan del Río, Tamazula y Tepehuanes de dicha Entidad Federativa, descrito como lluvia severa, inundación fluvial e inundación pluvial del 30 de julio al 1 de agosto de 2020.

Que con oficio BOO.8.-305, de fecha 6 de agosto de 2020, la CONAGUA emitió su opinión técnica en atención al similar TPE/080/2020 señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de lluvia severa el día 31 de julio de 2020, para el municipio de Pánuco de Coronado; por inundación fluvial los días 31 de julio y 1 de agosto de 2020, para los municipios de Guadalupe Victoria, Mezquital, Otáez, Peñón Blanco, Rodeo, San Bernardo, San Dimas, San Juan del Río, Tamazula y Tepehuanes; por inundación pluvial, los días 31 de julio y 1 de agosto de 2020, para el municipio de Cuencamé; y por lluvia severa el...

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