Declaratoria de Desastre Natural por la presencia de movimiento de ladera del 5 al 7 de septiembre de 2020 en 3 municipios del Estado de Oaxaca.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. LAURA VELÁZQUEZ ALZÚA, Coordinadora Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 y 30 Bis fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62, 63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 102 y 103 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 22 fracciones II, V y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 6 fracción I, inciso e), 7, 8, 9 y 10 del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales" (Reglas Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010; así como el numeral 4 primer párrafo y demás relativos aplicables de los "Lineamientos de Operación específicos del Fondo de Desastres Naturales" (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno de México el día 31 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO

Que mediante oficio número 0630 de fecha 9 de septiembre de 2020, en cumplimiento al artículo 7 de las Reglas Generales, el Secretario General de Gobierno del Estado de Oaxaca, Lic. Héctor Anuar Mafud Mafud, solicitó al Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED) la corroboración del fenómeno natural perturbador que acaeció en los municipios de Concepción Pápalo, San Agustín Loxicha, San Ildefonso Villa Alta, San Juan Petlapa, San Mateo Cajonos, San Pedro Yólox, Santa Cruz Zenzontepec, Santiago Amoltepec, Totontepec Villa de Morelos de dicha Entidad Federativa, descrito como movimiento de ladera provocado por un canal de baja presión con alto potencial ciclónico y por la onda tropical número 34 del 5 al 7 de septiembre de 2020.

Que con oficio E00-DG/0861/2020, de fecha 11 de septiembre de 2020, el CENAPRED emitió su opinión técnica en atención al similar 0630 señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de movimiento de ladera del 5 al 7 de septiembre de 2020, en los municipios de San Agustín Loxicha, San Ildefonso Villa Alta y San Mateo Cajonos del Estado de Oaxaca.

Que con fecha 14 de septiembre de 2020 y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se llevó a cabo la correspondiente sesión de...

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