Declaratoria de Desastre Natural por la presencia de movimiento de ladera del 5 al 6 de noviembre de 2020, en 21 municipios del Estado de Chiapas.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. LAURA VELÁZQUEZ ALZÚA, Coordinadora Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 y 30 Bis fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62, 63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 102 y 103 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 22 fracciones II, V y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 6 fracción I, inciso e), 7, 8, 9 y 10 del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales" (Reglas Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010; así como el numeral 4 primer párrafo y demás relativos aplicables de los "Lineamientos de Operación específicos del Fondo de Desastres Naturales" (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno de México el día 31 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO

Que mediante oficio número SPC/486/2020 de fecha 9 de noviembre de 2020, en cumplimiento al artículo 7 de las Reglas Generales, el Secretario de Protección Civil del Estado de Chiapas, Dr. Luis Manuel García Moreno y de conformidad con el artículo 33 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, solicitó al Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED) la corroboración del fenómeno natural perturbador descrito como movimiento de ladera del 5 al 6 de noviembre de 2020, en los municipios de Amatenango de la Frontera, Bella Vista, Bochil, El Bosque, Chanal, Chapultenango, Ixhuatán, Ixtacomitán, Jitotol, Larráinzar, Mitontic, Ocozocoautla de Espinosa, Rayón, Siltepec, Sunuapa, Tapalapa, Tapilula, Tenejapa, Aldama, Santiago el Pinar y Rincón Chamula San Pedro de dicha Entidad Federativa.

Que con oficio E00-DG/1092/2020, de fecha 12 de noviembre de 2020, el CENAPRED emitió su opinión técnica en atención al similar SPC/486/2020 señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de movimiento de ladera del 5 al 6 de noviembre de 2020, para los municipios de Amatenango de la Frontera, Bella Vista, Bochil, El Bosque, Chanal, Chapultenango, Ixhuatán, Ixtacomitán, Jitotol, Larráinzar...

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