Declaratoria de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida del 30 de enero al 3 de febrero de 2015, en 12 municipios del Estado de Durango

Fecha de disposición03 Febrero 2015
Fecha de publicación16 Febrero 2015
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3, fracción I del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales" (Reglas Generales); y 10 del "Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN" (LINEAMIENTOS), y

CONSIDERANDO

Que mediante oficio número TPE/010/15, recibido con fecha 4 de febrero de 2015 en la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), el Gobernador del Estado de Durango, C.P. Jorge Herrera Caldera, solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Canatlán, Canelas, Durango, Guanaceví, Mezquital, Ocampo, Otáez, Pueblo Nuevo, San Bernardo, San Dimas, Santiago Papasquiaro, Súchil, Tepehuanes, Topia y Vicente Guerrero de dicha Entidad Federativa, por las afectaciones ocasionadas por la 5ª tormenta invernal y los frentes fríos no. 32 y 33 que provocaron nevadas, lluvias severas y heladas severas, en el lapso comprendido del 30 de enero al 3 de febrero de 2015; ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.

Que mediante oficio número CNPC/0223/2015, de fecha 4 de febrero de 2015, la CNPC solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la opinión técnica correspondiente para que, en su caso, la propia CNPC estuviera en posibilidad de emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Durango solicitados en el oficio TPE/010/15 referido con anterioridad.

Que con oficio número B00.8.-070 de fecha 6 de febrero de 2015, la CONAGUA emitió opinión técnica en atención al oficio número CNPC/0223/2015, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de lluvia severa del 30 de enero al 3 de febrero de 2015, para los municipios de Canatlán, Durango, Guanaceví, Mezquital, Ocampo, Pueblo Nuevo, San Bernardo, San Dimas, Santiago Papasquiaro, Súchil, Tepehuanes y Vicente Guerrero del Estado de Durango.

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