Declaratoria de libertad de terreno 01/2020.

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EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Minas. EDUARDO ENRIQUE FLORES MAGÓN Y LÓPEZ, Director General de Minas de la Secretaría de Economía, en términos de lo dispuesto por los artículos 27, párrafos cuarto y sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, 16 y 34, fracciones XXVII, XXVIII, XXIX y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 14, párrafos tercero y cuarto de la Ley Minera; 28 del Reglamento de la Ley Minera; así como 2 apartado A, fracción II, numeral 40, 3 y 56, fracción IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que en términos de lo establecido por el artículo 42 de la Ley Minera, las concesiones mineras podrán ser canceladas por término de vigencia, desistimiento del titular, sustitución con motivo de la expedición de nuevos títulos derivados de la reducción, división, identificación o unificación de superficie amparadas por concesiones mineras, la sanción impuesta mediante resolución administrativa con motivo de la comisión de alguna de las infracciones señaladas en el artículo 55 de la citada Ley o por resolución judicial que ordene su cancelación.

Que conforme a lo anterior, una vez cancelada una concesión minera, la Secretaría de Economía en términos de lo dispuesto por el artículo 56, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, formulará las declaratorias de libertad de terreno o de insubsistencia de las mismas y solicitará su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por conducto de la Dirección General de Minas.

Que en ejercicio de las atribuciones que me confieren las disposiciones jurídicas invocadas y con motivo de la cancelación de la concesión minera por desistimiento debidamente formulado por su titular, se expide la siguiente:

DECLARATORIA DE LIBERTAD DE TERRENO 01/2020

PRIMERO.- Se declara la libertad de terreno del lote minero que a continuación se detalla, derivada de la cancelación del mismo, decretada en términos del artículo 42, fracción II de la Ley Minera.

No.
Título
Expediente
Nombre
del Lote
Agencia
Superficie. Has.
...

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