Declaratoria de libertad de terreno número 01/2018.

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EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. CLAUDIA YOLANDA IBARRA PALAFOX, Directora General de Minas de la Secretaría de Economía, en términos de lo dispuesto por los artículos 34, fracciones XXVII, XXVIII y XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. y 14, párrafos tercero y cuarto de la Ley Minera; 28 del Reglamento de la Ley Minera; y con fundamento en los artículos 3, 32, fracción VII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que en términos de lo establecido por el artículo 42 de la Ley Minera, las concesiones mineras podrán ser canceladas por término de vigencia, desistimiento del titular, sustitución con motivo de la expedición de nuevos títulos derivados de la reducción, división, identificación o unificación de superficie amparadas por concesiones mineras, la sanción impuesta mediante resolución administrativa con motivo de la comisión de alguna de las infracciones señaladas en el artículo 55 de la citada Ley o por resolución judicial que ordene su cancelación.

Que conforme a lo anterior, una vez cancelada una concesión minera, la Secretaría de Economía en términos de lo dispuesto por el artículo 32, fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Minas adscrita a la Subsecretaría de Minería, formulará las declaratorias de libertad de terreno o de insubsistencia de las mismas y solicitará su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 28, párrafo segundo, del Reglamento de la Ley Minera previo a la emisión de la declaratoria de libertad de terrenos, la Secretaría de Economía deberá solicitar a las autoridades competentes de la Secretaría de Energía la información necesaria que le permita verificar si, dentro de la superficie en la que se emitirá la declaratoria, se realiza alguna de las actividades de exploración y extracción de petróleo y de los demás hidrocarburos o del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica en la superficie propuesta a liberar, objeto de la presente declaratoria, las cuales reportaron la no existencia de...

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