Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto de los inmuebles federales que se señalan.

Fecha de disposición14 Octubre 2019
Fecha de publicación14 Octubre 2019
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Folio: DSRDPF/AR/005/2019 al DSRDPF/AR/010/2019. DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, RESPECTO DE LOS INMUEBLES FEDERALES, QUE SE SEÑALAN.

Alan Daniel Cruz Porchini, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 27 fracción II, 130, Decimoséptimo transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 2, 17, 26 y 31 fracción XXIX y XXX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción III, 4, 6 fracción V, 13, 29, fracción IV, 42, fracción V, 48, 78, 79 y 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 2°, Apartado D, fracción VI y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3 fracción X, 4 fracción I, inciso e), 5, 6 fracción XXXIII y 7; 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y ARTÍCULO PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por la Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo de 2017, y

C O N S I D E R A N D O

  1. - Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada, teniendo la Nación en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público;

  2. - Que la fracción II del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, antes de las reformas del 28 de enero de 1992, establece que "los templos destinados al culto público son propiedad de la Nación, representada por el Gobierno Federal, quien determinará los que deben continuar destinados a su objeto. Los templos que en lo sucesivo se erigieren para el culto público, serán propiedad de la Nación"; en este sentido el artículo Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vigente, establece que estos bienes propiedad de la Nación mantendrán su actual situación jurídica.

  3. - Que de acuerdo a los artículos 1°, 2º, 3° y 4° de la Ley de Nacionalización de Bienes, Reglamentaria de la fracción II del Artículo 27 Constitucional, señala cuales son los bienes propiedad de la Nación, representada por el Gobierno Federal.

  4. - Que, por su parte, el artículo 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales disponen que están sujetos al régimen de dominio público de la Federación los inmuebles nacionalizados a que se refiere el Artículo Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo aquéllos respecto de los cuales, a la fecha de entrada en vigor del presente ordenamiento, aún no se hubiere expedido la resolución judicial o la declaración administrativa correspondiente.

  5. - Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de su órgano administrativo desconcentrado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ha tenido la administración de los inmuebles federales identificados con los números de Registro Federal Inmobiliarios 19-562-9, 15-14084-0, 30-16601-8, 8-8907-7, 8-8912-0 y 8-8915-7 y bajo el uso de la Asociación Religiosa denominada El Concilio Nacional de las Asambleas de Dios, A.R., con número de Registro SGAR164/93, con la ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, descritos en el cuadro siguiente:

    No.
    DSRDPF/A
    R
    RFI
    Denominación ubicación y
    superficie
    Orientación
    Colindancia
    Medidas
    Metros
    005/2019
    19-562-9
    "Templo Bethania"
    Ubicado en Huasteca No. 292,
    Colonia La Fama, C.P. 66100,
    Municipio Santa Catarina,
    Estado de Nuevo León.
    Superficie de 383.16 metros
    cuadrados.
    NORTE
    Lotes 288, 266 y 280
    40.0400
    SUR
    Lote 17
    17.8000
    ESTE
    Calle Huasteca
    16.0000
    OESTE
    Lote 935
    34.7500
    006/2019
    15-14084-0
    "Templo Roca de la
    Eternidad"
    Ubicado en calle Petunias s/n
    (lote 19, manzana 48, zona 4,
    Poblado de San Francisco
    Chilpan III), Colonia Ampliación
    San Marcos, Tultitlán, Estado
    de México.
    Superficie de 200.00 metros
    cuadrados.
    NORTE
    Calle Petunias
    10.00
    SUR
    Lote s/n
    10.00
    ESTE
    Lote s/n
    20.00
    OESTE
    Lote s/n
    20.00
    007/2019
    30-16601-8
    "Templo Smirna"
    Ubicado en Calle Primera de
    Bello No. 1 A, Colonia Centro,
    C.P. 91500, Municipio de
    Coatepec, Estado de Veracruz
    de Ignacio de la Llave.
    Superficie de 612.00 metros
    cuadrados.
    NORTE
    Calle Primera de Bello
    9.0000
    SUR
    Río de los Pintores
    9.0000
    ESTE
    Propiedad de Francisca
    Rodríguez
    68.0000
    OESTE
    Lote de Tobias García
    68.00

    008/2019
    8-8907-7
    "La Hermosa"
    Ubicado en Avenida Juventino
    Rosas N° 820 (lote 8, manzana
    29), Sector 7, C.P. 31830,
    Municipio de Ascensión,
    Chihuahua Superficie de
    486.62 metros cuadrados.
    NORTE
    Griselda Loya
    42.5000
    SUR
    María Anita Apodaca
    42.5000
    ESTE
    Avenida Juventino Rosas
    11.4500
    OESTE
    Juana Quezada
    11.4500
    009/2019
    8-8912-0
    "Getsemaní"
    Ubicado en calle Corregidora s/
    n (lote C, manzana 27), colonia
    Guadalupe Victoria, C.P.
    31831, Municipio de
    Ascensión, Chihuahua
    Superficie de 2000.00 metros
    cuadrados.
    NORTE
    Lote B Guadalupe Victoria
    50.0000
    SUR
    Lote D 20 de noviembre
    50.0000
    ESTE
    Calle Independencia
    40.0000
    OESTE
    Lote H Corregidora
    40.0000
    010/2019
    8-8915-7
    "Templo Pueblo de Sión"
    ...

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