Declaratoria de utilidad pública para la construcción del Libramiento de Ciudad Valles, tramo Ciudad Valles–Tampico, en los inmuebles con superficie total de 126,580.98 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Ciudad Valles, Estado de San Luis Potosí. (Segunda publicación)

Fecha de disposición16 Febrero 2015
Fecha de publicación16 Febrero 2015
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. GERARDO RUIZ ESPARZA, Secretario de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, fracción XII, 2 y 3 de la Ley de Expropiación; 1, 5 y 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; y 1, 3, 4 y 5, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y

CONSIDERANDO

Que es competencia del Ejecutivo Federal, llevar a cabo las estrategias contempladas en el Programa Nacional de Infraestructura, con lo cual se ha logrado que el país realice un programa de construcción, conservación y mantenimiento de caminos, coadyuvando con ello en la generación de empleos tanto directos como indirectos, beneficios sociales y desarrollo de las zonas donde se ubiquen, todo esto para completar la red de corredores troncales transversales y longitudinales que comunican a las principales ciudades, puertos, fronteras y centros turísticos del país, con caminos de altas especificaciones al desarrollo de ejes interregionales, pasando por la construcción de libramientos y proporcionando servicios de transporte a algunas de las comunidades más desprotegidas, así como reducir el índice de accidentes;

Que el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, está llevando a cabo la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción del Libramiento de Ciudad Valles, ubicados en el Municipio de Ciudad Valles, Estado de San Luis Potosí;

Que de conformidad con la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y la Ley de Expropiación, es de utilidad pública la construcción, conservación y mantenimiento de los caminos y puentes federales;

Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes llevó a cabo los estudios técnicos y proyectos conforme a los cuales se determinó que los terrenos que son objeto de la presente Declaratoria, ubicados en el Municipio de Ciudad Valles, Estado de San Luis Potosí, son los más apropiados e idóneos para la construcción, conservación y mantenimiento del Libramiento de Ciudad Valles, en virtud de que los mismos reúnen las características específicas que se requieren para este tipo de infraestructura;

Que el Libramiento de referencia será una vía general de comunicación, considerada como punto intermedio de conexión de las carreteras troncales 70 Tampico Barra de Navidad y 85 México Nuevo Laredo, con lo cual se calcula que tendrá un aforo diario de 6,382 vehículos por día, que a nivel nacional proporcionará una comunicación rápida, segura y económica de los puntos de desarrollo mercantil con los principales puertos y fronteras del país que importan y/o exportan materia prima y/o productos terminados, siendo prioritarias las zonas transversales que unen a las Ciudades de San Luis Potosí, Río Verde, Rayón, Ciudad Valles, Tamuín, Ébano, Estado de San Luis Potosí y Tampico Estado de Tamaulipas, con las regiones que conforman la zona longitudinal con Ciudad Mante, Estado de Tamaulipas, Ciudad Valles y Tamazunchale, Estado de San Luis Potosí;

Que la construcción del mencionado Libramiento será a nivel autopista por sus altas especificaciones y a nivel local proporcionará un tránsito rápido, seguro...

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