Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-F-736/ 1-COFOCALEC-2012, NMX-F-736/2-COFOCALEC-2012 y NMX-F-741-COFOCALEC-2012
Fecha de disposición | 19 Junio 2012 |
Fecha de publicación | 19 Junio 2012 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS QUE SE INDICAN
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 54 y 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de la norma mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como proyecto de norma mexicana bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado "Consejo para el Fomento de la Calidad de la Leche y sus Derivados A.C." (COFOCALEC) y aprobada por el Comité Técnico Nacional de Normalización del COFOCALEC Sistema Producto Leche, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de la norma que se indica puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en calle Simón Bolívar número 446, 2o. piso, colonia Americana, código postal 44160, Guadalajara, Jalisco, o consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México.
Las presentes normas mexicanas entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
CLAVE O CODIGO | TITULO DE LA NORMA |
NMX-F-736/1-COFOCALEC-2012 | SISTEMA PRODUCTO LECHE-ALIMENTOS-LACTEOS-IDENTIFICACION DE PROTEINAS EN LECHE-PARTE 1: DETERMINACION DE LA COMPOSICION DE LAS PROTEINAS PROPIAS DE LA LECHE POR ELECTROFORESIS CAPILAR DE ZONA-METODO DE PRUEBA. |
Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece el procedimiento para separar e identificar a las principales proteínas de la leche mediante electroforesis capilar de zona y determinar su cumplimiento con los requisitos previstos de |
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