Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-009/ 4248-11-ANCE-2015, NMX-J-010-ANCE-2015, NMX-J-169-ANCE-2015, NMX-J-248-ANCE-2015, NMX- J-308/2-ANCE-2015, NMX-J-565/2-12-ANCE-2015, NMX-J-597/1-ANCE-2015, NMX-J-614/1-ANCE- 2015 y NMX-J-673/23-ANCE-2015

Fecha de disposición02 Noviembre 2015
Fecha de publicación02 Noviembre 2015
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015, NMX-J-010-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-010-ANCE-2011), NMX-J-169-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-169-ANCE-2004), NMX-J-248-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-248-ANCE-2005), NMX-J-308/2-ANCE-2015, NMX-J-565/2-12-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-565/2-12-ANCE-2006), NMX-J-597/1-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-597/1-ANCE-2007), NMX-J-614/1-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-614/1-ANCE-2010) Y NMX-J-673/23-ANCE-2015.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 21 fracciones I, IX, XI y XXI del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como proyectos de normas mexicanas bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado "Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE)", lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en Lázaro Cárdenas No. 869, Fracc. 3, Esq. con Júpiter, Col. Nueva Industrial Vallejo, código postal 07700, México, D.F. y/o al correo electrónico: normalizacion@ance.org.mx, o consultarlo gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México.

Las normas mexicanas NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015, NMX-J-248-ANCE-2015, NMX-J-308/2-ANCE-2015, NMX-J-614/1-ANCE-2015 y NMX-J-673/23-ANCE-2015 entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.

Las normas mexicanas NMX-J-010-ANCE-2015, NMX-J-565/2-12-ANCE-2015 y NMX-J-597/1-ANCE-2015 entrarán en vigor 180 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.

La norma mexicana NMX-J-169-ANCE-2015 entrará en vigor 540 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.

CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA
NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015
PORTAFUSIBLES PARA BAJA TENSIÓN-PARTE 11: PORTAFUSIBLES PARA FUSIBLES BASE EDISON TIPO C Y TIPO S
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana aplica a los portafusibles y dispositivos para alojar fusibles a emplearse en circuitos eléctricos de acuerdo con la norma de instalaciones eléctricas.
Los requisitos de esta Norma Mexicana cubren:
a) Los portafusibles que se destinan para utilizarse con fusibles Tipo C y Tipo S, que se describen en la NMX-J-009/248-11-ANCE.
b) Dispositivos que se destinan para añadirse a portafusibles para fusibles base Edison, para rechazar fusibles con intervalos de mayor capacidad de corriente.
c) Dispositivos que se destinan para adaptar fusibles Tipo S para utilizarse en portafusibles para fusibles Tipo base Edison.
Esta Norma Mexicana establece las características, construcción, condiciones de operación, marcado y condiciones de prueba para los portafusibles para fusibles base Edison Tipo C y Tipo S.

Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana no coincide con ninguna Norma Internacional, por no existir esta última al momento de elaborar la Norma Mexicana.
Bibliografía
· NMX-J-009/248/11-ANCE-2006, Fusibles para baja tensión-Parte 11: Fusibles tipo tapón. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de julio de 2006.
· UL 4248-11 Ed.1, Fuseholders-Part 11: Type C (Edison Base) and type S plug fuse.
· CAN/CSA C22.2 No. 4248.11, Fuseholders-Part 11: Type C (Edison Base) and type S plug fuse.
NMX-J-010-ANCE-2015
CONDUCTORES-CONDUCTORES CON AISLAMIENTO TERMOPLÁSTICO PARA INSTALACIONES HASTA 600 V-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-J-010-ANCE-2011; NORMA REFERIDA EN LA NOM-063-SCFI-2001)
Objetivo y campo de aplicación
1.1 Esta Norma Mexicana establece las especificaciones para los conductores monoconductores y multiconductores con aislamiento termoplástico para 600 V, para utilizarse en instalaciones eléctricas.
1.2 Esta norma también establece los requisitos para los cables para bombas sumergibles, con o sin cubiertas.
Estos cables no se designan por alguna letra que los identifique.
1.3 Se establecen los requisitos para los cables multiconductores con aislamiento y cubierta termoplásticos para 600 V.
1.4 Los productos que se especifican en esta norma pueden tener aplicaciones que no se especifican en la norma de instalaciones eléctricas.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma no coincide con la Norma Internacional "IEC 60227-1, Polyvinyl chloride insulated cables of rated voltages up to and including 450/750 V-Part 1: General requirements, ed3.0 (2007-10)", no es posible concordar con la Norma Internacional por las razones siguientes:
a) Las áreas de la sección transversal en mm2 que se especifican en la Norma Mexicana son diferentes de las que se indican en la Norma Internacional, ya que el cable se destina para su utilización en instalaciones eléctricas en las que se conectan a equipos y dispositivos eléctricos, tales como: receptáculos, apagadores, interruptores termomagnéticos, cajas derivación, entre otros; cuyos medios de conexión internos son de dimensiones con valores acordes a las secciones transversales de los conductores que se especifican en este documento; por lo que esta Norma Mexicana garantiza compatibilidad mecánica con los productos y equipos arriba mencionados.
b) La Norma Internacional indica la tensión máxima de utilización, la cual es para fase a tierra de 450 V y entre fases de 750 V, en tanto que la tensión eléctrica máxima de utilización normalizada en baja tensión que se utiliza en México es de 480 V entre fases, por lo anterior en esta Norma Mexicana se indica 600 V como la tensión máxima de diseño del aislamiento de los conductores eléctricos. Especificar una tensión mayor, tal como lo indica la Norma Internacional, da como resultado un sobredimensionamiento de los conductores eléctricos y todo su equipo asociado, tal como soportería, canalizaciones, dispositivos de protección, entre otros; lo cual incrementa el costo por adquisición y mano de obra de las instalaciones eléctricas de manera innecesaria para los requerimientos técnicos de seguridad que establece la NOM-001-SEDE-2012.
Bibliografía
· IEC 60227-1 ed3.0 (2007-10), Polyvinyl chloride insulated cables of rated voltages up to and including 450/750 V-Part 1: General requirements.
· UL 83 Ed.15, Thermoplastic-insulated wires and cables.
· CSA C22.2 No. 75-08, Thermoplastic insulated wires and cables.

NMX-J-169-ANCE-2015
TRANSFORMADORES Y AUTOTRANSFORMADORES DE DISTRIBUCIÓN Y POTENCIA-MÉTODOS DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-J-169-ANCE-2004; NORMA REFERIDA EN LA NOM-002-SEDE-2010)
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana tiene por objeto establecer las pruebas y métodos de prueba para transformadores y autotransformadores de distribución y potencia, inmersos en líquido aislante.
En las normas de transformadores (especificaciones), se listan las pruebas y los tipos de prueba aplicables a los transformadores. La secuencia en que se presentan en esta Norma Mexicana es sólo una recomendación del orden en que pueden aplicarse las pruebas y puede modificarse de acuerdo con necesidades y aplicaciones particulares.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma no coincide con la Norma Internacional "IEC 60076-1, Power transformers-Part 1: General, ed3.0 (2011-04)", no es posible concordar con la Norma Internacional por las razones siguientes:
a) La presente Norma Mexicana, a diferencia de la Norma internacional, incluye los métodos de prueba de hermeticidad; prueba a circuitos de control, medición y fuerza; prueba de corriente de excitación monofásica a tensión reducida; prueba de presión negativa; prueba de humedad residual; prueba hidrostática; prueba de resistencia de aislamiento del núcleo a tierra; y prueba de cromatografía de gases.
b) Asimismo, difiere en los métodos de prueba de nivel de ruido audible, prueba de impulso, prueba de cortocircuito y prueba de impedancia de secuencia cero, debido a que la Norma Internacional permite el uso de otro método.
Los métodos de prueba que se incluyen en la presente Norma Mexicana reflejan las prácticas nacionales y son congruentes con la infraestructura nacional actual.
Bibliografía
· IEC 60076-1 ed3.0 (2011-04), Power transformers-Part 1: General.
· IEC 60137 ed6.0 (2008-07), Insulated bushings for alternating voltages above 1 000 V.
· IEEE C57.12.90-2010, Test code for liquid-immersed distribution, power, and regulating transformers.
NMX-J-248-ANCE-2015
AISLADORES PARA LÍNEAS AÉREAS-AISLADORES POLIMÉRICOS POSTE LÍNEA PARA SISTEMAS DE C.A. CON UNA TENSIÓN NOMINAL MAYOR QUE 1 000 V-DEFINICIONES, MÉTODOS DE PRUEBA Y...

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