Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-I-60065- NYCE-2015, NMX-I-60335-2-25-NYCE-2015 y NMX-I-60335-2-82-NYCE-2015
Fecha de disposición | 22 Febrero 2016 |
Fecha de publicación | 22 Febrero 2016 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS, NMX-I-60065-NYCE-2015 (CANCELA A LA NMX-I-062-NYCE-2002), NMX-I-60335-2-25-NYCE-2015 y NMX-I-60335-2-82-NYCE-2015.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 21 fracciones I, IX, XI y XXI del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de las Normas Mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como Proyectos de Normas Mexicanas bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Normalización y Certificación Electrónica, S.C. (NYCE)", lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en Avenida Lomas de Sotelo número 1097, colonia Lomas de Sotelo, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11200, México, D.F., y/o al correo electrónico: nyce@nyce.org.mx., o consultarlo gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México.
Las presentes Normas Mexicanas NMX-I-60065-NYCE-2015, NMX-I-60335-2-25-NYCE-2015 y NMX-I-60335-2-82-NYCE-2015, entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
CLAVE O CÓDIGO | TÍTULO DE LA NORMA |
NMX-I-60065-NYCE-2015 | EQUIPO ELECTRÓNICO-APARATOS DE AUDIO, VIDEO Y APARATOS ELECTRÓNICOS ANÁLOGOS-REQUISITOS DE SEGURIDAD (CANCELA A LA NMX-I-062-NYCE-2002). |
Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana de seguridad se aplica a los aparatos electrónicos diseñados para alimentarse desde la RED ELÉCTRICA, desde un EQUIPO DE ALIMENTACIÓN, desde baterías o desde un ALIMENTADOR DE POTENCIA REMOTO y que se destinan para su uso en la recepción, generación, grabación o reproducción respectivamente de señales de audio, video y asociadas. También se aplica a aparatos diseñados para usarse exclusivamente en combinación con los mencionados anteriormente. Esta Norma Mexicana se aplica principalmente a aparatos destinados a uso doméstico y usos similares pero también pueden utilizarse en sitios públicos como colegios, teatros y lugares de culto y trabajo. Los EQUIPOS PROFESIONALES destinados a un uso como el descrito anteriormente, también están cubiertos por esta Norma Mexicana a menos que estén específicamente dentro del campo de aplicación de otras normas. Esta Norma Mexicana únicamente abarca aspectos de seguridad de los...
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