Decreto por el que se adiciona una fracción III Bis al artículo 23 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Gobernación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

SE ADICIONA UNA FRACCIÓN III BIS AL ARTÍCULO 23 DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

Artículo Único.-

Se adiciona una fracción III Bis al artículo 23 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para quedar como sigue:

Artículo 23.-

Los Visitadores Generales de la Comisión Nacional deberán reunir para su designación, los siguientes requisitos:

I.- y II.-...

III.- Tener título de Licenciado en Derecho expedido legalmente, y tener tres años de ejercicio profesional cuando menos;

III Bis.- Contar con experiencia mínima de tres años en materia de derechos humanos, y

IV.-...

Transitorio

Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 26 de abril de 2018.- Dip. Edgar Romo García, Presidente.- Sen. Ernesto Cordero Arroyo, Presidente.- Dip. Sofía Del Sagrario De León Maza, Secretaria.- Sen. Juan G. Flores Ramírez, Secretario.- Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR