Decreto que reforma y adiciona el Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial   

Fecha de disposición07 Septiembre 2007
Fecha de publicación07 Septiembre 2007
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

DECRETO que reforma y adiciona el Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la Rep˙blica.

††FELIPE DE JES⁄S CALDER”N HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artÌculo 89, fracciÛn I, de la ConstituciÛn PolÌtica de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artÌculos 13 y 34 de la Ley Org·nica de la AdministraciÛn P˙blica Federal; 6 de la Ley de la Propiedad Industrial; 2 y 234 de la Ley Federal del Derecho de Autor, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA EL REGLAMENTO DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

††ARTÕCULO ⁄NICO.- Se reforman los artÌculos 2o., fracciÛn III; 3o., fracciones IV y V, incisos a), subinciso ii), b), subincisos, i) y ii) y c), subinciso iv); 4o., p·rrafo segundo; 5o.; 6o.; la denominaciÛn del CapÌtulo II; 7o., primer p·rrafo; 8o., fracciones I, II, III, V, VI y VII; 10, fracciÛn VIII; 14, fracciones XI y XII; 20 y 21, p·rrafo segundo y tercero, y se adicionan los artÌculos 3o., fracciÛn V, incisos a), subinciso iii); b), subincisos iii) y iv); c), subinciso v) y g) subinciso v); un CapÌtulo I BIS, que comprende el artÌculo 6o. BIS; 8o., con las fracciones VIII a X; 10 BIS, y 14, con las fracciones XIII a XX del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para quedar como sigue:

††ìARTÕCULO 2o.- ...

††I a II. ...

††III.†SecretarÌa, la SecretarÌa de EconomÌa, y

††IV.†...

††ARTÕCULO 3o.- ...

††I a III. ...

††IV.†Coordinaciones de:

††a)†PlaneaciÛn EstratÈgica

i)†SubdirecciÛn Divisional de PlaneaciÛn;

ii)†SubdirecciÛn Divisional de EvaluaciÛn

-†CoordinaciÛn Departamental de IntegraciÛn Documental y EstadÌstica;

††b)†Proyectos Especiales

††V.†...

††a)†...

i)†...

ii)†SubdirecciÛn Divisional de Examen de Fondo de Patentes ¡reas BiotecnolÛgica, FarmacÈutica y QuÌmica;

-†CoordinaciÛn Departamental de Examen de Fondo ¡rea QuÌmica;

-†CoordinaciÛn Departamental de Examen de Fondo ¡rea BiotecnolÛgica;

-†CoordinaciÛn Departamental de Examen de Fondo ¡rea FarmacÈutica;

-†CoordinaciÛn Departamental de Calidad y Opiniones TÈcnicas;

iii)†SubdirecciÛn Divisional de Examen de Fondo de Patentes ¡reas Mec·nica, ElÈctrica y de Registros de DiseÒos Industriales y Modelos de Utilidad;

-†CoordinaciÛn Departamental de Examen de Fondo ¡rea Mec·nica;

-†CoordinaciÛn Departamental de Examen de Fondo ¡rea ElÈctrica;

-†CoordinaciÛn Departamental de Examen ¡rea DiseÒos Industriales y Modelos de Utilidad;

††b)†...

i)†SubdirecciÛn Divisional de Procesamiento Administrativo de Marcas;

-†CoordinaciÛn Departamental de RecepciÛn y Control de Documentos;

-†CoordinaciÛn Departamental de Archivo de Marcas;

ii)†SubdirecciÛn Divisional de Examen de Signos Distintivos A;

-†CoordinaciÛn Departamental de Examen de Marcas A;

-†CoordinaciÛn Departamental de Examen de Marcas B;

iii)†SubdirecciÛn Divisional de Examen de Signos Distintivos B;

-†CoordinaciÛn Departamental de Examen de Marcas C;

-†CoordinaciÛn Departamental de Examen de Marcas D;

iv)†SubdirecciÛn Divisional de Servicios Legales, Registrales e Indicaciones Geogr·ficas;

-†CoordinaciÛn Departamental de Resoluciones JurÌdicas de Signos Distintivos;

-†CoordinaciÛn Departamental de ConservaciÛn de Derechos;

††c)†...

i) a iii) ...

iv)†SubdirecciÛn Divisional de Cumplimiento de Ejecutorias;

-†CoordinaciÛn Departamental de Cumplimiento de Ejecutorias;

-†CoordinaciÛn Departamental de Recursos de RevisiÛn;

v)†SubdirecciÛn Divisional de Marcas Notorias; InvestigaciÛn; Control y Procesamiento de Documentos;

-†CoordinaciÛn Departamental de Resoluciones de Marcas Notorias;

-†CoordinaciÛn Departamental de Procesamiento de Documentos;

-†CoordinaciÛn Departamental de Inteligencia y vÌnculo con Autoridades Federales, de las Entidades Federativas y Municipales;

††d) a f) ...

††g)†...

i) a iv) ...

v)†Titular de la Oficina Regional Centro;

-†CoordinaciÛn Departamental de Marcas y ProtecciÛn a la Propiedad Industrial;

-†CoordinaciÛn Departamental de Invenciones y Servicios de InformaciÛn TecnolÛgica;

-†CoordinaciÛn Departamental de PromociÛn;

††h) a i) ...

††VI.†...

††ARTÕCULO 4o.- ...

††Adem·s de lo previsto en el p·rrafo anterior, para el mejor desempeÒo de las funciones del Instituto, los Directores Generales Adjuntos, Coordinadores, Directores Divisionales, Subdirectores Divisionales y Coordinadores Departamentales a que se refiere el artÌculo 3o. de este Reglamento, ejercer·n las facultades que les sean delegadas por el Director General en los tÈrminos de las disposiciones aplicables.

††...

††ARTÕCULO 5o.- Sin perjuicio de lo dispuesto por el artÌculo 3o. de este Reglamento, la adscripciÛn y organizaciÛn interna de las ·reas administrativas del Instituto se establecer· en el Estatuto.

††ARTÕCULO 6o.- En los casos de ausencia temporal, impedimento o excusa del Director General, ser· suplido en el orden siguiente: por los Directores Generales Adjuntos de Propiedad Industrial; de los Servicios de Apoyo; los Directores Divisionales de Asuntos JurÌdicos, y de AdministraciÛn o, por el Coordinador de PlaneaciÛn EstratÈgica.

††La ausencia temporal, impedimento o excusa de los Directores Generales Adjuntos se suplir· por el Director Divisional al cual corresponda el asunto. La ausencia temporal, impedimento o excusa de los Coordinadores y Directores Divisionales ser·n suplidas por el Subdirector Divisional al que corresponda el despacho del asunto de que se trate, y de no existir, por el servidor p˙blico que designe el Coordinador o Director Divisional. La ausencia temporal, impedimento o excusa de los Subdirectores Divisionales ser·n suplidas por el Coordinador Departamental al que corresponda el despacho del asunto de que se trate, y de no existir, por el servidor p˙blico que designe el Coordinador o Director Divisional.

CAPÕTULO I BIS

DEL DIRECTOR GENERAL

††ARTÕCULO 6o. BIS.- El Director General tendr·, adem·s de las facultades que le otorgan los artÌculos 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 6o. de la Ley y...

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