Decreto por el que se crea el Consejo Consultivo de Desarrollo Social

EmisorSecretaría de Desarrollo Social

DECRETO por el que se crea el Consejo Consultivo de Desarrollo Social.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; con fundamento en los artículos 55, 56, 57, 58, 59 y 60 de la Ley General de Desarrollo Social, y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, establece como objetivo de la política social mejorar la calidad de vida de los mexicanos, así como ampliar la capacidad de respuesta confiable y oportuna del Estado, creando condiciones institucionales que permitan atender las diferentes necesidades sociales;

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal le otorga a la Secretaría de Desarrollo Social competencia para formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza, en particular, la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda, procurando y fomentando la participación y concertación con los sectores social y privado;

Que la Ley General de Desarrollo Social establece el Consejo Consultivo de Desarrollo Social, como el órgano consultivo de la Secretaría de Desarrollo Social, de participación ciudadana y conformación plural, previendo dicho ordenamiento el objeto, forma de integración, así como funciones del citado Consejo, y

Que conforme a la Ley General de Desarrollo Social, el Consejo Consultivo de Desarrollo Social tiene entre otras funciones, emitir opiniones, propuestas, recomendaciones, estudios y promociones tendientes a apoyar a la Secretaría de Desarrollo Social sobre la aplicación y orientación de la Política Nacional de Desarrollo Social, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTÍCULO 1o

El Consejo Consultivo de Desarrollo Social es el órgano consultivo de la Secretaría de Desarrollo Social, de participación ciudadana y conformación plural, que tendrá por objeto analizar y proponer programas y acciones que incidan en el cumplimiento de la Política Nacional de Desarrollo Social y tendrá las funciones que establece el artículo 56 de la Ley General de Desarrollo Social.

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