Decreto por el que se crea la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

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EmisorSecretaría de Comunicaciones y Transportes

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 25, 28, párrafos cuarto y quinto, de la propia Constitución; 13, 17 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2, fracción I, y 6 Bis de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, y

CONSIDERANDO

Que conforme a lo dispuesto por el artículo 28, párrafos cuarto y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los ferrocarriles son un área prioritaria para el desarrollo nacional en términos del artículo 25 del ordenamiento en mención y que el Estado al ejercer en ella su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 en su meta nacional México Próspero, establece como una de sus estrategias modernizar, ampliar y conservar la infraestructura de los diferentes modos de transporte, así como mejorar su actividad bajo criterios estratégicos y de eficiencia, y como línea de acción en el sector ferroviario, vigilar los programas de conservación y modernización de vías férreas y puentes para mantener en condiciones adecuadas de operación la infraestructura sobre la que circulan los trenes;

Que el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018 prevé como objetivo, contar con una infraestructura y una plataforma logística de transportes y comunicaciones modernas que fomenten una mayor competitividad, productividad y desarrollo económico y social;

Que el 26 de enero de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, el cual señala en los artículos 2, fracción I y Transitorio Segundo, la creación de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTÍCULO PRIMERO

Se crea la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con capacidad técnica, operativa y de gestión.

ARTÍCULO SEGUNDO

La Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario tendrá por objeto regular, promover, vigilar y verificar la...

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