Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 70-21-18.777 hectáreas de temporal de uso común, riego y temporal de uso parcelado, del ejido Tlapa, Municipio de Tlapa de Comonfort, Gro.

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 13, 29 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 93, fracción VIII, y 94 de la Ley Agraria, y 1 °, fracción VI, de la Ley de Expropiación, y

RESULTANDO

PRIMERO.- Que por oficio número 50214 de 8 de agosto de 2003, la Secretaría de la Defensa Nacional solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria, hoy Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la expropiación de 70-84-79 hectáreas, de terrenos pertenecientes al ejido denominado "TLAPA", municipio de Tlapa de Comonfort, estado de Guerrero, para destinarlos a la construcción de instalaciones militares para el desarrollo de actividades castrenses en general y adiestramiento del personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, conforme a lo establecido en el artículo 93, fracciones I y VIII, y 94 de la Ley Agraria, en relación con el artículo 1 °, fracciones I y VI de la Ley de Expropiación, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley.

SEGUNDO.- Que el expediente fue registrado con el número 13001/SEDENA. El núcleo agrario fue notificado de la instauración del procedimiento expropiatorio a través de los integrantes del Comisariado Ejidal, mediante cédula de notificación número 0001789 de 10 de mayo de 2016, recibida el 11 del mismo mes y año, sin que hayan manifestado inconformidad al respecto, y a los ejidatarios afectados que se listan a continuación:

No.
Nombre
Parcela
No.
No. de Cédula de
Notificación
Fecha de
Notificación
Fecha de
Recibida
1.
Delfino Maldonado Cid
17
0001785
10/05/2016
11/05/2016
2.
Dolores Pacheco de Jesús
82
0001786
10/05/2016
11/05/2016
3.
Efraín Bazán Merlín
83
0001791
10/05/2016
11/05/2016
4.
Georgina Escamilla Cortéz o Georgina Escamilla Cortes
84
0001787
10/05/2016
11/05/2016

Iniciado el procedimiento relativo a los trabajos técnicos e informativos, se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 70-21-18.777 hectáreas, de las cuales 64-65-23.360 hectáreas son de temporal de uso común y 5-55-95.417 hectáreas de uso parcelado de las cuales 3-28-75.055 hectáreas son de riego y 2-27-20.362 de temporal, resultando afectadas las siguientes parcelas:

No.
Nombre
Parcela
No.
Superficie y Calidad
Riego
Temporal
1.
Delfino Maldonado Cid
17
0-04-21.487
2.
Dolores Pacheco de Jesús
82
3-24-53.568
3.
Efraín Bazán Merlín
83
2-09-51.458
4.
Georgina Escamilla Cortéz o Georgina Escamilla Cortes
84
0-17-68.904
Uso parcelado
3-28-75.055
2-27-20.362
Uso común
64-65-23.360
Total
70-21-18.777

TERCERO.- Que la superficie que se expropia se encuentra ocupada por la Secretaría de la Defensa Nacional con las instalaciones militares para el desarrollo de actividades castrenses en general y adiestramiento del personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, por tanto, la citada superficie no es susceptible de labores agrícolas, por lo que resulta procedente tramitar el presente instrumento, a fin de

regularizar la situación jurídica imperante y, en consecuencia, el núcleo agrario y ejidatarios afectados se encuentren en aptitud de recibir el pago de la indemnización correspondiente.

CUARTO.- Que terminados los trabajos técnicos e informativos mencionados en el resultando segundo y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de 5 de octubre de 1961, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre del mismo año y ejecutada el 15 de mayo de 1962, se concedió por concepto de dotación de tierras al ejido denominado "TLAPA", municipio de Tlapa, estado de Guerrero, una superficie de 963-00-00 hectáreas, para beneficiar a 15 campesinos capacitados en materia agraria, más la parcela escolar; por Resolución Presidencial de 16 de noviembre de 1981, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 1982, se concedió por concepto de ampliación de ejidos al núcleo agrario denominado "TLAPA", municipio de Tlapa de Comonfort, estado de Guerrero, una superficie de 156-80-00 hectáreas, para los usos colectivos de 50 campesinos capacitados en materia agraria y la unidad agrícola industrial para la mujer, ejecutándose dicha Resolución en forma parcial el 1 de julio de 1992, entregándose una superficie de 112-00-00 hectáreas; por Decreto del Ejecutivo Federal de 29 de noviembre de 1991, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre del mismo año, se expropió al ejido denominado "TLAPA", municipio de Tlapa de Comonfort, estado de Guerrero, una superficie de 9-64-80 hectáreas, a favor de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para destinarse a la construcción de la carretera...

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