Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 25-73-83 hectáreas de terrenos de agostadero de uso común, del ejido Santa María Atzompa, municipio del mismo nombre, Oax.

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafos segundo y tercero de la propia Constitución; 13 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 93, fracción V, y 94 de la Ley Agraria, en relación con el artículo 6o., fracciones IV y V, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, y

RESULTANDO

PRIMERO.- Que el crecimiento desordenado de las poblaciones ubicadas en el municipio de Santa María Atzompa, estado de Oaxaca, ha provocado que sobre los terrenos del ejido denominado "SANTA MARÍA ATZOMPA", se hayan establecido asentamientos humanos irregulares, lo que ha dado lugar a inseguridad jurídica en la tenencia de la tierra para los ejidatarios y los poseedores de las construcciones asentadas en dichos predios ejidales, además de dificultar el acceso a los servicios públicos básicos para una subsistencia digna.

SEGUNDO.- Que para resolver la situación a que se refiere el resultando que antecede, por oficio número 1.0/052/2016 de 5 de abril de 2016, la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, hoy Instituto Nacional del Suelo Sustentable, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la expropiación de 39-65-85 hectáreas, de terrenos pertenecientes al ejido denominado "SANTA MARÍA ATZOMPA", municipio de Santa María Atzompa, estado de Oaxaca, para destinarlos a su regularización y titulación legal mediante la venta a los avecindados de los solares que ocupan, la venta de los lotes vacantes a los terceros que le soliciten un lote, así como la donación de las áreas necesarias para equipamiento, infraestructura y servicios urbanos y municipales en la zona, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción V y 94 de la Ley Agraria, en relación con el artículo 5o., fracciones IV y VI, de la entonces vigente Ley General de Asentamientos Humanos, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley.

TERCERO.- Que el expediente fue registrado con el número 13754/CORETT. El núcleo agrario fue notificado de la instauración del procedimiento expropiatorio a través de los integrantes del Comisariado Ejidal, mediante cédula de notificación de 7 de abril de 2017, recibida el 10 de mayo del mismo año, sin que hayan manifestado inconformidad al respecto.

Iniciado el procedimiento relativo a los trabajos técnicos e informativos, se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 25-73-83 hectáreas, de terrenos de agostadero de uso común.

CUARTO.- Que terminados los trabajos técnicos e informativos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de 10 de enero de 1929, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre del mismo año, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido denominado "SANTA MARÍA ATZOMPA", ex-Distrito del Centro, estado de Oaxaca, una superficie de 1,016-79-00 hectáreas, las que unidas a las 1,107-10-00 hectáreas que posee el poblado con carácter de comunal, hacen un total de 2,123-89-00 hectáreas, para beneficiar a 389 campesinos capacitados en materia agraria, ejecutándose dicha resolución en forma parcial el 23 de agosto de 1929, entregándose una superficie de 1,016-79-00 hectáreas, y en forma complementaria el 1o. y 11 de marzo de 2002, y su hoja aclaratoria de 26 de septiembre del mismo año, una superficie de 1,107-10-00 hectáreas; por Resolución Presidencial de 13 de noviembre de 1936, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de febrero de 1937, y ejecutada el 1o. de mayo del mismo...

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