DECRETO por el que se expropian a favor del Departamento del Distrito Federal los predios en los que se encuentra asentada la colonia Santo Domingo de los Reyes, localizada en la Delegación Coyoacán, D.F., para la regularización de la tenencia de la tierra. (Segunda publicación)

Fecha de disposición24 Octubre 1994
Fecha de publicación24 Octubre 1994
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se expropian a favor del Departamento del Distrito Federal los predios en los que se encuentra asentada la colonia Santo Domingo de los Reyes, localizada en la Delegación Coyoacán, D.F., para la regularización de la tenencia de la tierra. (Segunda publicación) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I, del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, párrafos segundo y tercero, fracción VI, párrafo segundo, y párrafo segundo del artículo Quinto Transitorio, del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de octubre de 1993, por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la propia Constitución; 14 y 63 de la Ley General de Bienes Nacionales; 1o., fracción XII, 2o., 3o., 4o., 10, 19, 20 y 21 de la Ley de Expropiación; 3o., fracciones I y XVI, 4o., 5o., fracciones II y IV, 6o., 7o., fracciones I y XI, 13, fracciones VIII y IX, 32, fracción VI y 45 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 1, 2 fracción II, 3 fracciones III, VIII, X y XI, 5, 6 fracciones I, II, VI y XI, 13, 14, 15, 17 fracción IV, 18, 20, 22 y 28 de la Ley del Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 20 de la Ley Federal de Vivienda; 5o., 31, 32 y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 18, fracción XII, y 20, fracciones I, VII y VIII, de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que al suroeste de la Delegación Coyoacán, Distrito Federal, en la zona conocida como los Pedregales, se localiza la colonia "Santo Domingo de los Reyes", con una superficie de 2'249,155.22 metros cuadrados, integrada por 226 manzanas con 8,338 lotes de terreno, cuya descripción perimetral es la siguiente: al norte, colinda con la colonia Pedregal de San Francisco; al noreste, colinda con las colonias Niño de Jesús y Los Reyes; al noroeste, colinda con las colonias Copilco el Alto y M. Romero de Terreros; al sureste, colinda con la colonia Ajusco, y al suroeste, colinda con la Ciudad Universitaria; Que el 27 de noviembre de 1971, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Presidencial de confirmación y titulación de bienes comunales del poblado "Pedregal de Santo Domingo los Reyes", Delegación Coyoacán, Distrito Federal, la que afectó una gran parte de los terrenos en los que se encuentra la colonia mencionada en el párrafo anterior; Que en contra de dicha resolución presidencial, cinco propietarios interpusieron juicios de amparo, en los que se otorgó el amparo y protección de la justicia federal en favor de los quejosos respecto de una superficie aproximada de 1'290,000.00 metros cuadrados, sobre la que quedó insubsistente la citada resolución presidencial de confirmación y titulación de bienes comunales; Que por Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 1971, se expropió en favor del Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad Rural y de la Vivienda Popular (INDECO), la superficie total que pertenecía al poblado "Pedregal de Santo Domingo los Reyes", con la finalidad de destinarla al desarrollo de programas de habitación popular; Que el núcleo de población comunal denominado "Pedregal de Santo Domingo los Reyes", promovió juicios de amparo respecto del Decreto expropiatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 1971, en los que se concedió a la comunidad quejosa la protección de la Justicia de la Unión, por lo que con el objeto de dar cumplimiento a las ejecutorias de amparo, la Secretaría de la Reforma Agraria y el Departamento del Distrito Federal celebraron convenio con la comunidad del Pedregal de "Santo Domingo los Reyes", por el que este núcleo agrario manifestó su plena conformidad para que la Secretaría de la Reforma Agraria diera por concluidos totalmente los expedientes agrarios, así como para que el Departamento del Distrito Federal realizara las gestiones legales procedentes, inclusive la expropiación de los terrenos para lograr la regularización y mejoramiento de la colonia "Santo Domingo de los Reyes"; Que el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad Rural y de la Vivienda Popular (INDECO), en ejecución de dicho Decreto Expropiatorio, procedió a otorgar certificados de derechos posesorios sobre los lotes de la colonia "Santo Domingo de los Reyes"; Que en el año de 1973, se constituyó el Fideicomiso de Interés Social para el Desarrollo Urbano del Distrito Federal (FIDEURBE), quedando integrados a su patrimonio, entre otros...

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