Decreto por el que el Instituto de Investigaciones Eléctricas se convierte en el Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias

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EmisorSecretaría de Energía

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 78 al 82 y Transitorio Octavo de la Ley de Transición Energética; 1, 3, fracción I, 31, 32 Bis, 33 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, este último artículo en relación con el Transitorio Segundo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de dicha Ley, publicado el 2 de enero de 2013 en el Diario Oficial de la Federación; 3, 14 y 15 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 47, 48 y 53 de la Ley de Ciencia y Tecnología, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, establece en su meta nacional México Próspero, el objetivo de impulsar y orientar un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural al mismo tiempo que genere riqueza, competitividad y empleo, así como la línea de acción para promover el uso y consumo de productos amigables con el medio ambiente y de tecnologías limpias, eficientes y de bajo carbono, así como diversas estrategias para implementar una política integral de desarrollo que vincule la sustentabilidad ambiental con costos y beneficios para la sociedad fortaleciendo la política nacional de cambio climático y cuidado al medio ambiente para transitar hacia una economía competitiva, sustentable, resiliente y de bajo carbono;

Que el referido Plan también prevé dentro de sus objetivos, el abastecer de energía al país con precios competitivos, calidad y eficiencia a lo largo de la cadena productiva, mediante la estrategia de asegurar el abastecimiento racional de energía eléctrica a lo largo del país, en la cual se plantea como línea de acción la promoción del uso eficiente de la energía, así como el aprovechamiento de fuentes renovables, mediante la adopción de nuevas tecnologías y la implementación de mejores prácticas;

Que el 1 de diciembre de 1975, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se crea el Instituto de Investigaciones Eléctricas como organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con carácter científico y tecnológico, modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 30 de octubre de 2001;

Que el 22 de noviembre de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se reconoce al Instituto de Investigaciones Eléctricas como Centro Público de Investigación;

Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, cuyo Transitorio Décimo Séptimo prevé, entre otros aspectos, que el Congreso de la Unión realizará las adecuaciones al marco jurídico, para establecer las bases en las que el Estado procurará la protección y cuidado del medio ambiente, en todos los procesos relacionados con la materia, mediante la incorporación de criterios y mejores prácticas en los temas de eficiencia en el uso de energía, disminución en la generación de gases y compuestos de efecto invernadero, eficiencia en el uso de recursos naturales, baja generación de residuos y emisiones, así como la menor huella de carbono en todos sus procesos;

Que el 24 de diciembre de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Transición Energética, la cual señala en su Transitorio Octavo que dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la misma, el Ejecutivo Federal a mi cargo emitirá el Decreto por el que el Instituto de Investigaciones Eléctricas se convertirá en el Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias como un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía de gestión, sectorizado en la Secretaría de Energía;

Que de conformidad con la citada Ley, el Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias tiene por objeto, entre otros, coordinar y realizar estudios y proyectos de investigación científica o tecnológica con instituciones académicas, de investigación, públicas o privadas, nacionales o extranjeras en materia de energía, promover y difundir criterios, metodologías y tecnologías para la prevención de la contaminación en la industria eléctrica, así como contribuir en la formación de especialistas e investigadores en las áreas de la industria eléctrica e industrias afines, y

Que por lo anterior y en cumplimiento a lo dispuesto en el Transitorio Octavo de la Ley de Transición Energética, he tenido a bien expedir el siguiente:

DECRETO

Artículo Primero

El Instituto de Investigaciones Eléctricas se convierte en el Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias, en lo sucesivo el Instituto, como un organismo público descentralizado.

El domicilio legal del Instituto estará ubicado en la Ciudad de Cuernavaca, Morelos.

Artículo Segundo

Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tendrá las facultades siguientes:

  1. Desarrollar nuevas tecnologías y procesos en materia de energías eléctrica, limpias y renovables; eficiencia energética; emisiones contaminantes generadas en la industria eléctrica; sustentabilidad; sistemas de transmisión, distribución y almacenamiento de energía, y sistemas asociados con la operación del sistema de información de transición energética;

  2. Llevar a cabo las actividades necesarias para implementar el desarrollo tecnológico propio al nivel de industrialización;

  3. Otorgar asistencia técnica a los usuarios de los procesos, equipos o productos que hayan resultado del desarrollo de su tecnología;

  4. Difundir los desarrollos...

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