Decreto por el que se modifica el diverso que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado el 26 de diciembre de 2013

Fecha de disposición26 Diciembre 2013
Fecha de publicación30 Diciembre 2015
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 39, fracción III del Código Fiscal de la Federación, y

CONSIDERANDO

Que mediante el "Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 2010, y reformado mediante los diversos "Decreto por el que se modifican los diversos por los que se otorgan diversos beneficios fiscales, publicados el 5 de noviembre de 2007 y el 26 de mayo de 2010", y el "Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa", publicados en el citado órgano de difusión oficial el 12 de octubre de 2011 y 26 de diciembre de 2013, respectivamente, se otorgó a las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (donatarias autorizadas), un estímulo fiscal consistente en el acreditamiento de una cantidad equivalente al monto del impuesto sobre la renta que, en su caso, se causara en términos del séptimo párrafo del artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente del 1 de mayo de 2010 al 31 de diciembre de 2013 y el cual únicamente se podía acreditar contra el impuesto que se debía pagar en términos del artículo citado, medida que está vigente hasta el 31 de diciembre de 2015;

Que dicho estímulo se otorgó con la finalidad de permitir a las citadas donatarias autorizadas contar con el tiempo suficiente para cumplir con sus obligaciones fiscales derivadas de las modificaciones al entonces artículo 93 (actual artículo 80) de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2009, mediante las cuales se estableció que las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos, no pagarían el gravamen de referencia, por actividades distintas a los fines...

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