Decreto Promulgatorio del Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Arabia Saudita en materia de Combate a la Delincuencia Transnacional, hecho en la ciudad de Riad, el diecisiete de enero de dos mil dieciséis.

Fecha de disposición30 Enero 2018
Fecha de publicación30 Enero 2018
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a sus habitantes, sabed:

El diecisiete de enero de dos mil dieciséis, en la ciudad de Riad, el Plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos, debidamente autorizado para tal efecto, firmó ad referéndum el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Arabia Saudita en materia de Combate a la Delincuencia Transnacional, cuyo texto en español consta en la copia certificada adjunta.

El Acuerdo mencionado fue aprobado por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el veintiséis de septiembre de dos mil diecisiete, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del diecisiete de noviembre del propio año.

Las notificaciones a que se refiere el artículo 12 del Acuerdo, fueron recibidas en la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, el veintiséis de octubre de dos mil dieciséis y el catorce de diciembre de dos mil diecisiete.

Por lo tanto, para su debida observancia, en cumplimiento de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, el veintinueve de enero de dos mil dieciocho.

TRANSITORIO Artículos 1 a 14

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.

EDUARDO PATRICIO PEÑA HALLER, CONSULTOR JURÍDICO ADJUNTO "A" DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 55 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES EN VIGOR,

CERTIFICA:

Que en los archivos de esta Secretaría obra el original correspondiente a México del Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Arabia Saudita en materia de Combate a la Delincuencia Transnacional, hecho en la ciudad de Riad, el diecisiete de enero de dos mil dieciséis, cuyo texto en español es el siguiente:

ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DEL REINO DE ARABIA SAUDITA EN MATERIA DE COMBATE A LA DELINCUENCIA TRANSNACIONAL

El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Arabia Saudita (en adelante denominados "las Partes Contratantes");

CONSIDERANDO sus lazos de amistad existentes;

DESEANDO desarrollar la cooperación mutua en materia de combate a la delincuencia transnacional;

RECONOCIENDO los beneficios potenciales mutuos que resultan de dicha cooperación;

REAFIRMANDO su respeto a los principios de derecho internacional y sus compromisos con los acuerdos internacionales vinculantes para las Partes Contratantes relacionados con el combate a la delincuencia transnacional;

Han acordado lo siguiente:

ARTÍCULO 1

ÁREAS DE COOPERACIÓN

Las Partes Contratantes cooperarán para combatir la delincuencia transnacional en todas sus formas, especialmente en las siguientes:

  1. Terrorismo, incluyendo su financiamiento y su apoyo;

  2. Homicidio y delitos contra la vida y la integridad física;

  3. Secuestro, toma de rehenes y sustracción de menores;

  4. Tráfico ilícito de estupefacientes, sustancias psicotrópicas, precursores químicos, químicos esenciales y productos o preparados que los contengan;

  5. Ciberdelitos, incluyendo los delitos informáticos y los delitos cometidos en las redes y sistemas informáticos, así como los delitos electrónicos relacionados con la protección de datos o sistemas de...

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